Inmobiliaria Moro Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 3.xxx.xxx-4 | 3.xxx.xxx-4 | - | - |
Héctor Miguel Alejandro Rojas Figueroa Socio 6.xxx.xxx-8 | 6.xxx.xxx-8 | - | - |
Administrateurs (3)
Héctor Miguel Alejandro Rojas Figueroa
Texte officiel de l’extrait
IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado y Notario Público Titular de 33º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica que por escritura pública con fecha 06 de Octubre de 2021, ante mi Notario Suplente Verónica Torrealba Costabal, don PAUL EDUARDO MORIAMEZ RIVAS, chileno, casado, ingeniero, cédula nacional de identidad número tres millones ochocientos treinta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y tres guion cuatro y don HÉCTOR MIGUEL ALEJANDRO ROJAS FIGUEROA, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos veintiséis mil quinientos cuarenta y tres guion ocho, ambos domiciliados en Ochagavía número once mil quinientos siete, comuna de El Bosque, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios, modificaron la sociedad INMOBILIARIA MORO LIMITADA ( en adelante la “Sociedad”) inscrita a fojas treinta y tres mil novecientos noventa y nueve número veintiún mil doscientos cuarenta y seis del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil catorce, modificando parcialmente el artículo sexto y reemplazando el artículo décimo primero de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: “Artículo Sexto: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá individual e indistintamente a don Héctor Miguel Alejandro Rojas Figueroa, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos veintiséis mil quinientos cuarenta y tres guion ocho, a don Paul Moriamez Rivas, cédula nacional de identidad número tres millones ochocientos treinta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y tres guion cuatro y a don Nicolás Gabriel Rojas Pinto, cédula nacional de identidad número trece millones ochocientos veintinueve mil doscientos veintinueve guion cero, quienes podrán actuar, en forma individual e indistintamente con las más amplias facultades de administración y disposición pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines” El resto del artículo Sexto, en lo no modificado, sigue vigente; “Artículo Décimo Primero: La sociedad se podrá disolver anticipadamente por acuerdo de los socios y por las demás causales contempladas en la ley. Sin perjuicio de lo anterior la sociedad no se disolverá por la muerte, incapacidad, insolvencia o liquidación concursal de alguno de los socios. En tales casos, la sociedad continuará con el socio sobreviniente y los herederos del socio fallecido. En caso de fallecimiento de uno de los socios, la administración, representación y uso de la razón social, con las facultades establecidas en la cláusula sexta de los estatutos sociales, se radicarán en el socio sobreviviente y en don Nicolás Gabriel Rojas Pinto, quienes podrán actuar individualmente”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 11 de Noviembre de 2021.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Inmobiliaria Moro Limitada
CVE 2331909
