Inversiones María Eliana Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (8)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
José Fernando Álvarez Amenábar Socio | - | 30% | $300.000 |
María Del Pilar Álvarez Campos Socio | - | 10% | $100.000 |
Isabel Margarita Álvarez Campos Socio | - | 10% | $100.000 |
Socio | - | 10% | $100.000 |
Francisco José Patricio Álvarez Campos Socio | - | 10% | $100.000 |
Socio | - | 10% | $100.000 |
Socio | - | 10% | $100.000 |
Bernardita María Álvarez Campos Socio | - | 10% | $100.000 |
Administrateurs (1)
José Fernando Álvarez Amenábar
Texte officiel de l’extrait
Andrés Carlos Zavala Courriol, abogado, Notario Público Interino de la Notaría N°29 de Santiago, con domicilio en calle Mac-Iver, número 225, oficina 302, Comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 23 de noviembre de 2022, ante mí, Repertorio N°4770/2022, don José Fernando Álvarez Amenábar, doña María Del Pilar Álvarez Campos, doña Isabel Margarita Álvarez Campos, don José Fernando Álvarez Campos, don Francisco José Patricio Álvarez Campos, don Ignacio José Álvarez Campos, doña Trinidad María Álvarez Campos, y doña Bernardita María Álvarez Campos; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Golf Lomas de La Dehesa N°9.444, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos accionistas, de la sociedad contractual minera Compañía Minera María Eliana, inscrita a fojas 185vta, N°42 del Registro de Propiedad de Minas del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, del año 2004, según consta en Registro de Accionistas que tuve a la vista, acordaron unánimemente transformar el tipo de sociedad, esto es, de una “Sociedad Contractual Minera” en una “Sociedad de Responsabilidad Limitada”, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES MARÍA ELIANA LIMITADA”, en adelante la “Sociedad”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A modo de ejemplo, la Sociedad podrá obtener rentas de bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen actividades en el país; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La Sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, ningún otro tipo de actividades. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en el resto del país o en el extranjero. Duración: La sociedad rige desde esta fecha y durará cinco años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 de pesos, que los socios aportaron y enteraron con anterioridad a este acto, en la siguiente proporción: a) don José Fernando Álvarez Amenábar, la suma de $300.000, equivalentes al 30% de los derechos sociales; b) doña María del Pilar Álvarez Campos, la suma de $100.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales; c) doña Isabel Margarita Álvarez Campos, la suma de $100.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales; d) don José Fernando Álvarez Campos, la suma de $100.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales; e) don Francisco José Patricio Álvarez Campos, la suma de $100.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales; f) doña Trinidad María Álvarez Campos, la suma de $100.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales; g) don Ignacio José Álvarez Campos, la suma de $100.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales; h) doña Bernardita María Álvarez Campos, la suma de $100.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales. Responsabilidad. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Administración, representación y uso de la razón social. La administración y representación de la sociedad corresponderá a don José Fernando Álvarez Amenábar, con las más amplias facultades de administración y disposición, de acuerdo a escritura extractada. Demás estipulaciones, en escritura extractada. Santiago, 29 de noviembre de 2022.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES MARÍA ELIANA LIMITADA
CVE 2235504
