Société à responsabilité limitée76.065.057-9

Agrícola Piamonte Limitada

MODIFICACIÓN — 12 févr. 2018

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2018-02-12Voir le PDF (CVE 1352694)

Informations sociétaires

Ltda
Calle Caupolicán número ciento treinta y nueve

Capital

Capital total

$100.000.000

Associés (5)

NomParticipation

JUAN EDUARDO TOMASONI FORT

Socio

64%

ISOLINA JORQUERA FAJARDO

Socio

9%

BEATRIZ ALESSANDRA TOMASONI JORQUERA

Socio

9%

ANGELINA VICTORIA TOMASONI JORQUERA

Socio

9%

VICENTE NICOLÁS TOMASONI JORQUERA

Socio

9%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 2 juillet 2009

    Se constituye la sociedad de responsabilidad limitada AGRÍCOLA PIAMONTE LIMITADA.

    JUAN EDUARDO TOMASONI FORT · ISOLINA JORQUERA FAJARDO · BEATRIZ ALESSANDRA TOMASONI JORQUERA · ANGELINA VICTORIA TOMASONI JORQUERA · VICENTE NICOLÁS TOMASONI JORQUERA

  2. Cession de droits· 29 janvier 2018

    JUAN EDUARDO TOMASONI FORT cede 9% de sus derechos a BEATRIZ ALESSANDRA TOMASONI JORQUERA, ANGELINA VICTORIA TOMASONI JORQUERA y VICENTE NICOLÁS TOMASONI JORQUERA.

    JUAN EDUARDO TOMASONI FORT · BEATRIZ ALESSANDRA TOMASONI JORQUERA · ANGELINA VICTORIA TOMASONI JORQUERA · VICENTE NICOLÁS TOMASONI JORQUERA

  3. Changement de capital· 29 janvier 2018

    Se aumenta el capital social a $100.000.000 por capitalización de utilidades acumuladas.

    JUAN EDUARDO TOMASONI FORT · ISOLINA JORQUERA FAJARDO · BEATRIZ ALESSANDRA TOMASONI JORQUERA · ANGELINA VICTORIA TOMASONI JORQUERA · VICENTE NICOLÁS TOMASONI JORQUERA

Texte officiel de l’extrait

FELIPE ZAMBRANO MERCADO, Notario Público Quillota, suplente del Titular de la Primera Notaría de Quillota, don Julio Jorge Abuyeres Jadue, con oficio en esta ciudad, calle Pudeto número trescientos noventa y ocho, certifica, por escritura de fecha 29 de Enero de 2018, ante el Notario Titular: don JUAN EDUARDO TOMASONI FORT; doña ISOLINA JORQUERA FAJARDO; doña BEATRIZ ALESSANDRA TOMASONI JORQUERA; doña ANGELINA VICTORIA TOMASONI JORQUERA; y don VICENTE NICOLÁS TOMASONI JORQUERA, todos los comparecientes domiciliados en calle Caupolicán número ciento treinta y nueve, de la comuna de La Cruz, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “AGRÍCOLA PIAMONTE LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones sesenta y cinco mil cincuenta y siete guión nueve.- Con fecha dos de julio del año dos mil nueve, por escritura pública otorgada en la Notaría Pública de Quillota, de don Julio Abuyeres Jadue, se constituyó sociedad comercial de responsabilidad limitada, bajo la razón social “AGRÍCOLA PIAMONTE LIMITADA”. La sociedad se inscribió a fojas ciento ochenta y cuatro, número ciento cuarenta y cuatro, del Registro de Comercio del año dos mil nueve, del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Quillota. El extracto respectivo se publicó en el Diario Oficial, de fecha veintidós de julio del año dos mil nueve, edición número treinta y nueve mil cuatrocientos diecisiete. Modificación celebrada consiste: JUAN EDUARDO TOMASONI FORT, vende, cede y transfiere, derechos sociales de los que es propietario, equivalente al nueve por ciento del capital social total, a doña BEATRIZ ALESSANDRA TOMASONI JORQUERA, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la compraventa y cesión es la suma de diez millones de pesos, que la cesionaria y compradora pagó al cedente y vendedor en diversas cuotas, con anterioridad a la celebración contrato. JUAN EDUARDO TOMASONI FORT, vende, cede y transfiere, derechos sociales de los que es propietario, equivalente al nueve por ciento del capital social total, a doña ANGELINA VICTORIA TOMASONI JORQUERA, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la compraventa y cesión es la suma de diez millones de pesos, que la cesionaria y compradora pagó al cedente y vendedor en diversas cuotas, con anterioridad a la celebración del contrato. JUAN EDUARDO TOMASONI FORT, vende, cede y transfiere, derechos sociales de los que es propietario, equivalente al nueve por ciento del capital social total, a don VICENTE NICOLÁS TOMASONI JORQUERA, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la compraventa y cesión es la suma de diez millones de pesos, que el cesionario y comprador pagó al cedente y vendedor en diversas cuotas, con anterioridad a la celebración del contrato. Socios acuerdan aumentar el capital de la sociedad a la suma total de cien millones de pesos ($100.000.000.-), mediante la capitalización de las cuentas de utilidades acumuladas, las que ascienden a un total de noventa millones de pesos. Se modifica en lo pertinente la cláusula QUINTO del pacto social, debiendo quedar como sigue: “El capital social asciende a la suma de cien millones de pesos, que se entera y paga del siguiente modo: a) don JUAN EDUARDO TOMASONI FORT, aporta la suma de sesenta y cuatro millones de pesos, en dinero efectivo, los cuales fueron ingresados a la caja social; b) doña ISOLINA JORQUERA FAJARDO, aporta la suma de nueve millones de pesos, en dinero efectivo, los cuales fueron ingresados a la caja social; c) doña BEATRIZ ALESSANDRA TOMASONI JORQUERA, aporta la suma de nueve millones de pesos, en dinero efectivo, los cuales fueron ingresados a la caja social; d) doña ANGELINA VICTORIA TOMASONI JORQUERA, aporta la suma de nueve millones de pesos, en dinero efectivo, los cuales fueron ingresados a la caja social; e) don VICENTE NICOLÁS TOMASONI JORQUERA, aporta la suma de nueve millones de pesos, en dinero efectivo, los cuales fueron ingresados a la caja social. Se modifica la cláusula OCTAVO del estatuto social, debiendo quedar como sigue: Los socios comparecientes acuerdan que los derechos de cada uno de ellos en la sociedad como asimismo las utilidades y pérdidas se distribuirán entre ellos del siguiente modo: a) don JUAN EDUARDO TOMASONI FORT, un sesenta y cuatro por ciento; b) doña ISOLINA JORQUERA FAJARDO, un nueve por ciento; c) doña BEATRIZ ALESSANDRA TOMASONI JORQUERA, un nueve por ciento; d) doña ANGELINA VICTORIA TOMASONI JORQUERA, un nueve por ciento; e) don VICENTE NICOLÁS TOMASONI JORQUERA, un nueve por ciento. En lo no modificado, regirá el pacto constitutivo de dos de julio del año dos mil nueve.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Quillota, a 09 Febrero de 2018.

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  1. MODIFICACIÓN

    AGRÍCOLA PIAMONTE LIMITADA

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