Agricola San Pancracio Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Administrateurs (2)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 20 février 2008
Constitución original de AGRICOLA SAN PANCRACIO LIMITADA.
- Retrait d’un associé· 3 décembre 2021
María Cristina Correa Cabrera se retira y cede la totalidad de sus derechos a Jaime Armengolli Ferrer.
- Cession de droits· 3 décembre 2021
María Ignacia Cordero Correa cede el 40% de sus derechos a Jaime Armengolli Ferrer.
- Changement de capital· 3 décembre 2021
Se fija el capital social en $10.000.000, aportado en partes iguales por los socios.
- Changement d’administrateur· 3 décembre 2021
La administración queda a cargo exclusivo e individual de Jaime Armengolli Ferrer, con subrogación de María Ignacia Cordero Correa.
Texte officiel de l’extrait
ANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO, Abogado, Notario Público de este departamento, con oficina en calle Chacabuco número quinientos cincuenta y uno A de esta ciudad, certifica: Por escritura pública de fecha 3 de Diciembre de 2021; ante mi, doña MARIA CRISTINA CORREA CABRERA, domiciliada en calle Manuel Montt número mil cuatrocientos setenta y seis, de la ciudad y comuna de Temuco, región de Los Ríos, doña MARÍA IGNACIA CORDERO CORREA, domiciliada en Loteo San Manuel, sitio número nueve, de la comuna de Linares, región del Maule y don JAIME ARMENGOLLI FERRER, domiciliado en Loteo San Manuel, sitio número nueve, de la comuna de Linares, región del Maule; modificaron la sociedad “AGRICOLA SAN PANCRACIO LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones veintinueve mil setecientos setenta y cuatro guión siete, constituida por escritura pública con fecha veinte de febrero del año dos mil ocho, ante el Notario Publico de Temuco, don JORGE ELIAS TADRES HALES, inscrita a fojas doscientos ochenta y tres vuelta, numero doscientos setenta en el Registro de Comercio del año dos mil ocho del Conservador del Bienes Raíces de Temuco, bajo el siguiente sentido: 1).- Se retira de la dicha sociedad doña MARIA CRISTINA CORREA CABRERA, quien por medio de dicho instrumento, con cargo de sus derechos, vende, cede y transfiere a don JAIME ARMENGOLLI FERRER, quien compra, acepta y adquiere para si, el total de sus derechos, correspondiente al uno por ciento del total de los derechos sociales. El precio de la venta, se acuerda en la suma de cien mil pesos, precio que se paga por la totalidad de los derechos sociales que al cedente le correspondían en la sociedad.- 2.-) Por su parte doña MARÍA IGNACIA CORDERO CORREA, por medio de dicho instrumento, con cargo de sus derechos, correspondiente al noventa por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a don JAIME ARMENGOLLI FERRER, quien compra, acepta y adquiere para si, el cuarenta por ciento de sus derechos. El precio de la presente venta, se acuerda en la suma de cuatro millones de pesos, precio que se paga por el cuarenta por ciento de los derechos sociales que al cedente le correspondían en la sociedad.- 3.-) Como consecuencia de las cesiones de derechos anteriores, quedan como únicos socios de la “AGRICOLA SAN PANCRACIO LIMITADA”, doña MARÍA IGNACIA CORDERO CORREA, con una participación correspondiente al cincuenta por ciento del total los derechos de la sociedad; y don JAIME ARMENGOLLI FERRER con una participación correspondiente al cincuenta por ciento del total de los derechos de la sociedad.- 4.-) Los comparecientes, acuerdan modificar y reemplazar el articulo “QUINTO”, de los estatutos sociales, relativo al capital social, por el siguiente: “QUINTO”: El capital de la sociedad asciende a la suma de diez millones de pesos, aportado por los socios en los siguientes montos y proporciones: a) doña MARÍA IGNACIA CORDERO CORREA, la suma de cinco millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social; b) don JAIME ARMENGOLLI FERRER, la suma de cinco millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social.- 5.-) Consecuencialmente, en merito del retiro de la sociedad de doña MARIA CRISTINA CORREA CABRERA, se modifica el articulo “CUARTO”, de los estatutos sociales, bajo el siguiente sentido: A) La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá, exclusiva e individualmente a don JAIME ARMENGOLLI FERRER, con las mas amplias facultades de administración, disposición y conservación.- B) En caso de fallecimiento, impedimento o incapacidad sobreviniente del único y actual administrador don JAIME ARMENGOLLI FERRER, la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá, exclusiva e individualmente a doña MARÍA IGNACIA CORDERO CORREA, con las mas amplias facultades.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social primitivo y sus posteriores modificaciones. Linares, 3 de diciembre de 2021.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
AGRICOLA SAN PANCRACIO LIMITADA
CVE 2060910
