Société à responsabilité limitée76.014.691-9

Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Santo Domingo Limitada

MODIFICACIÓN — 24 juil. 2021

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-07-24Voir le PDF (CVE 1982820)

Informations sociétaires

Ltda
Durée: 10 años, contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años
Administration: Administración, representación y uso de la razón social a cargo de Isidora Gomez Beck

Associés (3)

NomParticipation

MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK

Socio

15.xxx.xxx-5

33%

CATALINA GOMEZ BECK

Socio

16.xxx.xxx-4

33%

ISIDORA GOMEZ BECK

Socio

18.xxx.xxx-7

34%

Administrateurs (1)

ISIDORA GOMEZ BECK

18.xxx.xxx-7Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Cession de droits· 23 juin 2021

    María Alejandra Gomez Beck cede el 34% de sus derechos sociales a Isidora Gomez Beck

    MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK · ISIDORA GOMEZ BECK

  2. Cession de droits· 23 juin 2021

    Catalina Gomez Beck cede el 34% de sus derechos sociales a Isidora Gomez Beck

    CATALINA GOMEZ BECK · ISIDORA GOMEZ BECK

Texte officiel de l’extrait

Felipe Leiva Ilabaca, Abogado, Notario Público Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico: por escritura pública bajo Rep. 57.745-2.021, de fecha 23-06-2021, ante el titular: Doña MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK, chilena, soltera, periodista, C.I.N° 15.639.271-5, con domicilio en calle Rucahue N° 1840, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; Doña CATALINA GOMEZ BECK, chilena, arquitecto, casada y separada totalmente de bienes, C.I.N° 16.099.475-4, con domicilio camino Los Refugios N° 19000 Parcela 79, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y Doña ISIDORA GOMEZ BECK, chilena, soltera, ingeniero comercial, C.I.N° 18.640.026-7, con domicilio en camino Los Refugios N° 19000 Parcela 79, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTO DOMINGO LIMITADA, Rut. 76.014.691-9, la sociedad se inscribió a Fojas 12.663, N° 8.575, del Registro de Comercio correspondiente al año 2008, del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Santiago. Modificación consiste: Cesión De Derechos Sociales: Por este acto, estando de acuerdo todos sus actuales socios y, por consiguiente, actuando ellos de consuno, modifican la señalada sociedad en esta forma: A) La socia doña MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK, ya individualizada, vende, cede y transfiere a doña ISIDORA GOMEZ BECK, también ya individualizada, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 34% de todos los derechos de la cedente en la referida sociedad, hasta esta fecha equivalentes a un total de 50% de todos los derechos sociales. El precio de la precitada cesión de derechos es la suma total de $550.000, que la cesionaria paga a la cedente en este acto, al contado, en dinero efectivo, declarando esta última recibirlo en esa forma, a su completa satisfacción, dándolo por enteramente pagado. B) La socia doña CATALINA GOMEZ BECK, ya individualizada, vende, cede y transfiere a doña ISIDORA GOMEZ BECK, también ya individualizada, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 34% de todos los derechos de la cedente en la referida sociedad, hasta esta fecha equivalentes a un total de 50% de todos los derechos sociales. El precio de la precitada cesión de derechos es la suma total de $550.000, que la cesionaria paga a la cedente en este acto, al contado, en dinero efectivo, declarando esta última recibirlo en esa forma, a su completa satisfacción, dándolo por enteramente pagado. C) Como consecuencia de las cesiones de derechos precedentes, las socias doña MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK y doña CATALINA GOMEZ BECK, mantienen cada una en su dominio un remanente equivalente al 33% del total de los derechos sociales respectivamente. D) Todos los socios comparecientes declaran que doña MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK y doña CATALITA GOMEZ BECK completaron oportunamente sus respectivos aportes sociales y que, salvo lo expresado en este mismo instrumento, nada adicional adeuda singularmente a la sociedad materia de esta escritura por ese concepto ni por ningún otro diferente. E) Doña MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK y doña CATALINA GOMEZ BECK declaran que con motivo de la cesión de derechos sociales materia de este instrumento, han pasado al dominio de la cesionaria doña ISIDORA GOMEZ BECK los derechos en las proporciones que se indican. F) Los comparecientes en esta escritura, tanto entre ellos como asimismo todos ellos con la sociedad, se otorgan total y recíproco finiquito de acciones y derechos, declarando que nada se adeudan entre sí por ningún motivo o concepto. Modificaciòn Societaria: Doña MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK, doña CATALINA GOMEZ BECK y doña ISIDORA GOMEZ BECK, en sus calidades de únicas socias modifican las siguientes cláusulas del pacto social, en los siguientes sentidos: TITULO PRIMERO: DE LA RAZON SOCIAL, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN. Artículo Cuarto: El plazo de duración de la Sociedad será de 10 años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá tácita y sucesivamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de 10 años si ninguno de los socios expresare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública en tal sentido, otorgada a lo menos con 6s meses de anticipación a la fecha de vencimiento del período que estuviere en curso, la que deberá anotarse con igual anticipación al margen de la respectiva inscripción en el Registro de Comercio. TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN: Artículo Séptimo: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a la socia doña ISIDORA GOMEZ BECK, con las mismas facultades señaladas en el pacto social constitutivo. SECCIÒN CUARTA: Confirmación Del Estatuto Social En Lo No Modificado En Este Instrumento: Los únicos actuales socios de esta sociedad: UNO) Doña MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK con un 33% del total de los derechos sociales; DOS) Doña CATALINA GOMEZ BECK, con un total de un 33% del total de los derechos sociales y TRES) Doña ISIDORA GOMEZ BECK, con un 34% del total de los derechos sociales, sin perjuicio de las modificaciones pactadas en este mismo instrumento, ratifican el pacto social constitutivo en todas sus partes. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social original. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 21-07-2021.

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    CVE 1982820

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