Inmobiliaria E Inversiones San Andres Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MARIA CRISTINA DE LA CRUZ GAJARDO Socio | - | 33.33% | $3 333 |
Socio | - | 33.34% | $3 334 |
JORGE ANDRES DE LA CRUZ SOLOGUREN Socio | - | 33.33% | $3 333 |
Administrateurs (2)
JORGE ANDRES DE LA CRUZ SOLOGUREN
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 22 août 2007
Se constituye la sociedad Inmobiliaria e Inversiones San Andrés Limitada.
- Cession de droits· 26 septembre 2014
Se modifican las participaciones sociales por compra y venta y cesión de derechos, quedando como únicos socios María Cristina de la Cruz Gajardo y Jorge Rene de la Cruz Gajardo.
MARIA CRISTINA DE LA CRUZ GAJARDO · JORGE RENE DE LA CRUZ GAJARDO
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Notario Público Titular 1° Notaría Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, CERTIFICO que: Por escritura pública hoy ante mí, repertorio número 5952-2025, MARÍA CRISTINA DE LA CRUZ GAJARDO, domiciliada en Warren Smith N°70, dpto. 803, Las Condes; don JORGE RENE DE LA CRUZ GAJARDO, domiciliado en Avenida Vicuña Mackenna N° 2444, local 6, 2° piso, comuna de Peñaflor; y don JORGE ANDRÉS DE LA CRUZ SOLOGUREN, domiciliado en Avenida Paseo Pie Andino N° 7690, depto. 102-B, Lo Barnechea, rectificaron y modificaron sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ANDRES LIMITADA” constituida 22.08.2007, ante Néstor Riquelme Contreras, suplente de Notario Santiago Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, extracto inscrito Registro Comercio Santiago Fs. 35.380 N° 25303 año 2007. Esta Sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 26 de septiembre 2014, celebrada ante Wladimir Alejandro Schramm López, Notario suplente del Titular 2° Notaría de Santiago don Francisco Javier Leiva Carvajal cuyo extracto se inscribió a fojas 76.158 N° 46.272 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil catorce. Rectificación consiste: los comparecientes vienen en rectificar la Escritura Pública de fecha 26 de septiembre 2014, la cual dice: TERCERO. Como consecuencia de la compra y venta y cesión de derechos descritas en la cláusulas segunda precedentes, quedan como únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ANDRÉS LIMITADA” doña MARIA CRISTINA DE LA CRUZ GAJARDO y don JORGE RENE DE LA CRUZ GAJARDO, distribuyéndose el capital social en la siguiente forma: un 33,33% para MARIA CRISTINA DE LA CRUZ GAJARDO y un 66,64% para JORGE RENE DE LA CRUZ GAJARDO. debiendo decir: TERCERO. Como consecuencia de la compra y venta y cesión de derechos descritas en la cláusula segunda precedente, quedan como únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ANDRÉS LIMITADA” doña MARIA CRISTINA DE LA CRUZ GAJARDO y don JORGE RENE DE LA CRUZ GAJARDO, distribuyéndose el capital social en la siguiente forma: un 33,33% para MARIA CRISTINA DE LA CRUZ GAJARDO y un 66,67% para JORGE RENE DE LA CRUZ GAJARDO. Modificación consiste: A) Don JORGE RENE DE LA CRUZ GAJARDO, vende, cede y transfiere un 33,33% de los derechos sociales a don JORGE ANDRÉS DE LA CRUZ SOLOGUREN, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma de $46.500.000, que paga en este acto y en dinero en efectivo, declarando don JORGE RENE DE LA CRUZ GAJARDO recibirlos a su entera y total satisfacción. B) Las partes acuerdan dejar sin efecto el artículo sexto del TÍTULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN de la escritura pública de Constitución de Sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ANDRES LIMITADA”, por lo cual, la administración y el uso de razón social corresponderá a los socios JORGE RENE DE LA CRUZ GAJARDO Y JORGE ANDRES DE LA CRUZ SOLOGUREN, quienes podrán actuar indistintamente en forma conjunta o separada, y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, quienes la representaran con todas y cada una de las facultades indicadas en el pacto constitutivo, las cuales se dan por expresamente reproducidas en este contrato. En consecuencia, quedan como únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ANDRÉS LIMITADA” MARIA CRISTINA DE LA CRUZ GAJARDO, JORGE RENE DE LA CRUZ GAJARDO y JORGE ANDRÉS DE LA CRUZ SOLOGUREN, distribuyéndose el capital social en la siguiente forma: un 33,33% para MARÍA CRISTINA DE LA CRUZ GAJARDO; un 33,34% para JORGE RENE DE LA CRUZ GAJARDO y un 33,33% para JORGE ANDRÉS DE LA CRUZ SOLOGUREN. En todo lo no modificado, sigue vigente el pacto social. Santiago, 3 de octubre de 2025.
Informations sociétaires
Objet social
la inversión, adquisición y enajenación de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho, y realizar todos los demás negocios que los socios acuerden
Capital
Capital total
$132.352.941
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 34% | $45.000.000 |
Socio | - | 34% | $45.000.000 |
MONICA MARIA DEL PILAR ARAYA RODRIGUEZ Socio | - | 32% | $42.352.941 |
Administrateurs (1)
Mónica María Del Pilar Araya Rodríguez
Texte officiel de l’extrait
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifico: por escritura de 21 de diciembre 2018, ante mi Suplente Claudia Andrea Manríquez Spicto: MARIA IGNACIA OBRADOR MARIN, VALENTINA OBRADOR MARIN, ambas calle General Francisco Barceló N° 28 departamento 31, Las Condes, Santiago, de paso por esta, y MONICA MARIA DEL PILAR ARAYA RODRIGUEZ, calle Juvenal Díaz Araya N° 2.814, San Joaquín, comuna y ciudad de La Serena, de paso por esta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ANDRES LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía "SAN ANDRES LTDA.". Objeto : a) la inversión, adquisición y enajenación de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; c) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; d) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; e) la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; f) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho, y g) realizar todos los demás negocios que los socios acuerden. Domicilio: Ciudad de La Serena, sin perjuicio de agencias o sucursales otros puntos del país o del extranjero. Capital $132.352.941.-, socios aportan y pagan siguiente modo: a) Doña MARIA IGNACIA OBRADOR MARIN aporta $45.000.000, equivalentes al 34% del capital social, los que enterará en dinero efectivo, a caja social, cuando las necesidades sociales así lo requieran, y en todo caso dentro del plazo de 8 meses contados desde la fecha de la presente escritura. b) Doña VALENTINA OBRADOR MARIN aporta $45.000.000.-, equivalentes al 34% del capital social, los que enterará en dinero efectivo, a caja social, cuando las necesidades sociales así lo requieran, y en todo caso dentro del plazo de 8 meses contados desde la fecha de la presente escritura. c) Doña MONICA MARIA DEL PILAR ARAYA RODRIGUEZ aporta $42.352.941.-, equivale al 32% del capital social, los que enterará de la siguiente forma: A) aporte en este acto, al contado y en dinero efectivo de $2.352.941.-; B) aporte de $20.000.000.- en dinero efectivo, según las necesidades sociales lo requieran, dentro del plazo de 10 años desde la presente escritura; y C) $20.000.000.-, consistente en el aporte de su trabajo personal, permanente, que se obliga a prestar a la sociedad, mientras ésta esté vigente, el cual se valora, por las partes en dicha cantidad, que se entiende aportado en este acto. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social corresponderá al socio Mónica María Del Pilar Araya Rodríguez, sin perjuicio facultades especialísimas deberá actuar conjuntamente con uno cualquiera de los demás socios o expresamente autorizada por estos mediante escritura pública, según cláusula séptima esta escritura. Duración: 15 años de escritura constitución, prorrogables por períodos iguales y sucesivos salvo manifestación de voluntad en contrario en forma y plazo que señala escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2019.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ANDRES LIMITADA
CVE 2711728
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ANDRES LIMITADA
CVE 1541219
