Société à responsabilité limitée76.007.696-1

Inversiones C & C Limitada

MODIFICACIÓN — 14 mars 2019

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2019-03-14Voir le PDF (CVE 1560552)

Informations sociétaires

Ltda
Osorno, Los Lagos

Capital

Capital total

$1.047.020.865

Capital libéré

$1.047.020.865

Capital restant dû

$0

Associés (6)

NomParticipation

Samire Celikbas Bayelle

Socio

27.5%

Sofía Samire Chemsi Celikbas

Socio

20%

Jacqueline Patricia Chemsi Celikbas

Socio

20%

Daniela Viviana Chemsi Celikbas

Socio

20%

Cristina Cecilia Chemsi Celikbas

Socio

20%

Gabriel Said Chemsi Celikbas

Socio

20%

Texte officiel de l’extrait

HARRY M. WINTER AGUILERA, Notario Público Titular de Osorno, con oficio Eleuterio Ramírez 910, certifico: Por escritura publica hoy, ante mí, Samire Celikbas Bayelle, domiciliada en Volcán Antuco N°2.621, comuna y ciudad de Osorno, Sofía Samire Chemsi Celikbas, domiciliada en Flandes N° 1.077, departamento 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, Jacqueline Patricia Chemsi Celikbas, domiciliada en Guillermo Bühler N° 2.140, torre 2, departamento 802, comuna y ciudad de Osorno, Daniela Viviana Chemsi Celikbas, domiciliada en Flandes N° 1.077, departamento 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, Cristina Cecilia Chemsi Celikbas, domiciliada en Glamis N° 3.200, departamento 203, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, y Gabriel Said Chemsi Celikbas, domiciliado en Volcán Antuco N° 2.621, comuna y ciudad de Osorno, celebraron una donación de nuda propiedad de derechos y modificación de Inversiones C & C Limitada, inscrita a fojas 138, número 96, del Registro de Comercio año 2009, del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, modificando la cláusula quinta del Estatuto Social correlativa al capital social y participación de los socios, en términos que: El capital de la sociedad es la suma de $1.047.020.865, el que se ha aportado, pagado y enterado de la siguiente forma: Uno) Doña Samire Celikbas Bayelle, ha donado la nuda propiedad del total de sus derechos sociales ascendentes al 27,5%, considerando todo su capital social aportado, enterado y pagado, habiéndose reservado para sí el usufructo vitalicio del 27,5% de los derechos y de las utilidades sociales; Dos) Doña Sofía Samire Chemsi Celikbas, ha aportado, pagado y enterado con anterioridad a este acto y en dinero la suma de $130.877.607; además, conforme a la donación de nuda propiedad de los derechos sociales realizada por doña Samire Celikbas Bayelle, ha aportado, enterado y pagado $78.526.566 del capital social aportado, pagado y enterado por la donante. El total de la participación de esta socia, en suma corresponde a: a) Durante la vigencia del usufructo constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, esto es, mientras ésta viva: i) En dominio pleno, el 12,5% de los derechos sociales, sobre el capital y las utilidades de la Sociedad; y, ii) En nuda propiedad, desprovistos del usufructo que se ha constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, el 7,5% de los derechos sociales, sólo sobre el capital social; y, b) Una vez terminado, alzado y cancelado el usufructo constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, esto es, una vez fallecida ésta: le corresponderá el dominio pleno sobre el 20% del total de los derechos sociales, sobre el capital y las utilidades sociales. Tres) Doña Jacqueline Patricia Chemsi Celikbas, ha aportado, pagado y enterado con anterioridad a este acto y en dinero la suma de $157.053.130; además, conforme a la donación de nuda propiedad de los derechos sociales realizada por doña Samire Celikbas Bayelle, ha aportado, enterado y pagado $52.351.043 del capital social aportado, pagado y enterado por la donante. El total de la participación de esta socia, en suma corresponde a: a) Durante la vigencia del usufructo constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, esto es, mientras ésta viva: i) En dominio pleno, el 15% de los derechos sociales, sobre el capital y las utilidades de la Sociedad; y, ii) En nuda propiedad, desprovistos del usufructo que se ha constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, el 5% de los derechos sociales, sólo sobre el capital social; y, b) Una vez terminado, alzado y cancelado el usufructo constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, esto es, una vez fallecida ésta: le corresponderá el dominio pleno sobre el 20% del total de los derechos sociales, sobre el capital y las utilidades sociales. Cuatro) Doña Daniela Viviana Chemsi Celikbas, ha aportado, pagado y enterado con anterioridad a este acto y en dinero la suma de $157.053.130; además, conforme a la donación de nuda propiedad de los derechos sociales realizada por doña Samire Celikbas Bayelle, ha aportado, enterado y pagado $52.351.043 del capital social aportado, pagado y enterado por la donante. El total de la participación de esta socia, en suma corresponde a: a) Durante la vigencia del usufructo constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, esto es, mientras ésta viva: i) En dominio pleno, el 15% de los derechos sociales, sobre el capital y las utilidades de la Sociedad; y, ii) En nuda propiedad, desprovistos del usufructo que se ha constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, el 5% de los derechos sociales, sólo sobre el capital social; y, b) Una vez terminado, alzado y cancelado el usufructo constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, esto es, una vez fallecida ésta: le corresponderá el dominio pleno sobre el 20% del total de los derechos sociales, sobre el capital y las utilidades sociales. Cinco) Doña Cristina Cecilia Chemsi Celikbas, ha aportado, pagado y enterado con anterioridad a este acto y en dinero la suma de $157.053.130; además, conforme a la donación de nuda propiedad de los derechos sociales realizada por doña Samire Celikbas Bayelle, ha aportado, enterado y pagado $52.351.043 del capital social aportado, pagado y enterado por la donante. El total de la participación de esta socia, en suma corresponde a: a) Durante la vigencia del usufructo constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, esto es, mientras ésta viva: i) En dominio pleno, el 15% de los derechos sociales, sobre el capital y las utilidades de la Sociedad; y, ii) En nuda propiedad, desprovistos del usufructo que se ha constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, el 5% de los derechos sociales, sólo sobre el capital social; y, b) Una vez terminado, alzado y cancelado el usufructo constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, esto es, una vez fallecida ésta: le corresponderá el dominio pleno sobre el 20% del total de los derechos sociales, sobre el capital y las utilidades sociales. Seis) Don Gabriel Said Chemsi Celikbas, ha aportado, pagado y enterado con anterioridad a este acto y en dinero la suma de $157.053.130; además, conforme a la donación de nuda propiedad de los derechos sociales realizada por doña Samire Celikbas Bayelle, ha aportado, enterado y pagado $52.351.043 del capital social aportado, pagado y enterado por la donante. El total de la participación de este socio, en suma corresponde a: a) Durante la vigencia del usufructo constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, esto es, mientras ésta viva: i) En dominio pleno, el 15% de los derechos sociales, sobre el capital y las utilidades de la Sociedad; y, ii) En nuda propiedad, desprovistos del usufructo que se ha constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, el 5% de los derechos sociales, sólo sobre el capital social; y, b) Una vez terminado, alzado y cancelado el usufructo constituido en forma vitalicia a favor de doña Samire Celikbas Bayelle, esto es, una vez fallecida ésta: le corresponderá el dominio pleno sobre el 20% del total de los derechos sociales, sobre el capital y las utilidades sociales.”. En lo no modificado, mantiene plena vigencia el Estatuto de Inversiones C & C Limitada. Demás menciones constan en escritura extractada. Osorno, 4 de marzo de 2019.

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