Coopérative65.229.438-3

Sociedad Cooperativa De Viviendas Norte Grande Unido

CONSTITUCIÓN — 1 mars 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-03-01Voir le PDF (CVE 2279564)

Informations sociétaires

Cooperativa
Alto Hospicio, Tarapacá
Durée: Ilimitada
Administration: Consejo Rector

Objet social

La promoción y construcción de viviendas y/o locales comerciales para ser adjudicados exclusivamente a sus socios. Asimismo, el procurar edificaciones e instalaciones complementarias para el uso de viviendas y locales de los socios, la conservación y administración de las viviendas y locales, elementos, zonas o edificaciones comunes y la creación y suministros de servicios complementarios, así como la rehabilitación de viviendas, locales y edificaciones e instalaciones complementarias y aquellas actividades conexas con ese fin y que no le estén vedadas.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital libéré

$3.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (4)

NomParticipation

Neftalí Alfonso Moller Arias

Socio

25%

Lisbeth Añez Cuellar

Socio

25%

José Eduardo Arancibia Rivera

Socio

25%

Luis Humberto Ramírez Pérez

Socio

25%

Administrateurs (1)

NEFTALÍ ALFONSO MOLLER ARIAS

5.xxx.xxx-8Representante

Texte officiel de l’extrait

MARIA LORETO QUITRAL VELOSO, abogado, Notario Público, con oficio Viña del Mar, en calle Doce Norte número setecientos ochenta y cinco, piso tres Suplente del Titular don LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, certifico: Que por escritura pública, de fecha 24 de Enero del año 2023, Repertorio N° 1088/2023, ante titular, compareció don NEFTALÍ ALFONSO MOLLER ARIAS, Constructor Civil, C.I. 5.055.744-8, domiciliado en calle Sol y Mar 344 C Depto. 602, comuna de Viña del Mar; el compareciente reduce a escritura el ACTA JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA ESTATUTOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA DE VIVIENDAS “NORTE GRANDE UNIDO”. Razón social: “SOCIEDAD COOPERATIVA DE VIVIENDAS NORTE GRANDE UNIDO”, nombre de fantasía “COOPERATIVA DE VIVIENDAS NORTE GRANDE UNIDO”, Domicilio social de la Cooperativa se establece en Alto Hospicio, Región de Tarapacá, sin perjuicio de poder establecer Sedes y Filiales en otros puntos del país. El Objeto de esta Sociedad Cooperativa es, la promoción y construcción de viviendas y/o locales comerciales para ser adjudicados exclusivamente a sus socios. Asimismo, el procurar edificaciones e instalaciones complementarias para el uso de viviendas y locales de los socios, la conservación y administración de las viviendas y locales, elementos, zonas o edificaciones comunes y la creación y suministros de servicios complementarios, así como la rehabilitación de viviendas, locales y edificaciones e instalaciones complementarias y aquellas actividades conexas con ese fin y que no le estén vedadas. Capital Social: El capital social estará constituido por las aportaciones obligatorias y voluntarias de los socios. Cantidad inicial de socios: 4. Capital social mínimo: El capital social mínimo con el que puede funcionar la cooperativa se fija en la cantidad de $3.000.000.- que los socios han aportado de la siguiente manera: Neftalí Alfonso Moller Arias $1.500.000.- Lisbeth Añez Cuellar $500.000.- José Eduardo Arancibia Rivera $500.000.- y Luis Humberto Ramírez Pérez $500.000.- pagados con anterioridad a esta fecha. Administración: El Consejo Rector es el órgano al que corresponde la alta gestión, la supervisión de los directivos y la representación de la Sociedad Cooperativa, con sujeción a la Ley, a los Estatutos y a la política general fijada por la Asamblea General. El Presidente del Consejo Rector y, en su caso, el Vicepresidente, que lo es también de la Cooperativa, tiene la representación legal de la Sociedad dentro del ámbito de facultades que les atribuyen los presentes Estatutos y las concretas que para su ejecución resulten de los acuerdos de la Asamblea General y del Consejo Rector. Duración: La Sociedad Cooperativa se constituye por tiempo ilimitado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar 24 de Febrero de 2023. Se deja constancia que el presente extracto reemplaza el publicado en el diario oficial en fecha 04 de Febrero de 2023.-

ConstitutionDiario Oficial · 2023-02-04Voir le PDF (CVE 2266886)

Informations sociétaires

Cooperativa
Alto Hospicio, Tarapacá
Durée: Tiempo ilimitado
Administration: El Consejo Rector es el órgano al que corresponde la alta gestión, la supervisión de los directivos y la representación de la Sociedad Cooperativa, con sujeción a la Ley, a los Estatutos y a la política general fijada por la Asamblea General. El Presidente del Consejo Rector y, en su caso el Vicepresidente, que lo es también de la Cooperativa, tiene la representación legal de la Sociedad dentro del ámbito de facultades que les atribuyen los presentes Estatutos y las concretas que para su ejecución resulten de los acuerdos de la Asamblea General y del Consejo Rector.

Objet social

La promoción y construcción de viviendas y/o locales comerciales para ser adjudicados exclusivamente a sus socios. Asimismo, el procurar edificaciones e instalaciones complementarias para el uso de viviendas y locales de los socios, la conservación y administración de las viviendas y locales, elementos, zonas o edificaciones comunes y la creación y suministros de servicios complementarios, así como la rehabilitación de viviendas, locales y edificaciones e instalaciones complementarias.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital libéré

$3.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (4)

NomParticipation

Neftalí Alfonso Moller Arias

Socio

5.xxx.xxx-8

-

Lisbeth Añez Cuellar

Socio

-

José Eduardo Arancibia Rivera

Socio

-

Luis Humberto Ramírez Pérez

Socio

-

Texte officiel de l’extrait

MARIA LORETO QUITRAL VELOSO, abogado, Notario Público, con oficio Viña del Mar, en calle Doce Norte número setecientos ochenta y cinco, piso tres Suplente del Titular don LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, certifico: Que por escritura pública, de fecha 24 de Enero del año 2023, Repertorio N° 1088/2023, ante titular, compareció don NEFTALÍ ALFONSO MOLLER ARIAS, Constructor Civil, C.I. 5.055.744-8, domiciliado en calle Sol y Mar 344 C Depto. 602, comuna de Viña del Mar; el compareciente reduce a escritura el ACTA JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA ESTATUTOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA DE VIVIENDAS “NORTE GRANDE UNIDO”. Razón social: “SOCIEDAD COOPERATIVA DE VIVIENDAS NORTE GRANDE UNIDO”, nombre de fantasía “COOPERATIVA DE VIVIENDAS NORTE GRANDE UNIDO”, Domicilio social de la Cooperativa se establece en Alto Hospicio, Región de Tarapacá, sin perjuicio de poder establecer Sedes y Filiales en otros puntos del país. El Objeto de esta Sociedad Cooperativa es, la promoción y construcción de viviendas y/o locales comerciales para ser adjudicados exclusivamente a sus socios. Asimismo, el procurar edificaciones e instalaciones complementarias para el uso de viviendas y locales de los socios, la conservación y administración de las viviendas y locales, elementos, zonas o edificaciones comunes y la creación y suministros de servicios complementarios, así como la rehabilitación de viviendas, locales y edificaciones e instalaciones complementarias. Capital Social: El capital social estará constituido por las aportaciones obligatorias y voluntarias de los socios. Cantidad Inicial de Socios:4. Capital social mínimo: El capital social mínimo con el que puede funcionar la cooperativa se fija en la cantidad de $3.000.000.- que los socios han aportado de la siguiente manera: Neftalí Alfonso Moller Arias $1.500.000.- Lisbeth Añez Cuellar $500.000.- José Eduardo Arancibia Rivera $500.000.- y Luis Humberto Ramírez Pérez $500.000.- pagados con anterioridad a esta fecha. Administración.- El Consejo Rector es el órgano al que corresponde la alta gestión, la supervisión de los directivos y la representación de la Sociedad Cooperativa, con sujeción a la Ley, a los Estatutos y a la política general fijada por la Asamblea General. El Presidente del Consejo Rector y, en su caso el Vicepresidente, que lo es también de la Cooperativa, tiene la representación legal de la Sociedad dentro del ámbito de facultades que les atribuyen los presentes Estatutos y las concretas que para su ejecución resulten de los acuerdos de la Asamblea General y del Consejo Rector. Duración: La Sociedad Cooperativa se constituye por tiempo ilimitado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar 02 de Febrero de 2023.

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