Sociedade por Ações

Yumit Chile SpA

CONSTITUCIÓN — 17 de set. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-09-17Ver PDF (CVE 2189094)

Informações societárias

SpA
Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886

Texto oficial do extrato

GISSELLE CECILIA MARQUEZ LEON, Abogada, Notario Suplente de JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, comuna de San Miguel, rectifico el extracto de la escritura pública de fecha 23 de agosto de 2022, Repertorio 5464, de constitución de la sociedad Yumit Chile SpA, que fue inscrito a fojas 72.173 número 31.541 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, y publicado en el Diario Oficial el día 5 de septiembre del mismo año, en el sentido que todas las referencias a “Jhonathan González” deben entenderse hechas a “Jhonathan Ramón González Michelena”. Santiago, 12 de septiembre de 2022.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-09-05Ver PDF (CVE 2182888)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, por cuenta propia o ajena y por cualquier medio, las siguientes actividades: a) La prestación de servicios en diversas áreas, especialmente y sin limitarse sólo a ello en el área de informática y computación, desarrollo de software, tecnologías de la información, activos virtuales o digitales, pudiendo realizar a tales efectos todo tipo de asesorías y servicios, ya sean comerciales, financieros y técnicos; b) Realizar todo tipo de operaciones, incluidas las de compra y venta, sobre activos virtuales o digitales; c) La prestación de servicios de procesamiento de pagos, tanto digitales como presenciales, y respecto de cualquier medio de pago, incluyendo transferencias bancarias y pago con tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos. Tales actividades comprenden tanto aquellos servicios de procesamiento de pagos electrónicos que se prestan a los administradores u operadores de medios de pago electrónicos, de acuerdo a las normas señaladas en el Compendio de Normas Financieras del Banco Central, como aquellos servicios de procesamiento de pagos electrónicos que se prestan a los comercios, entidades de gobierno, empresas de servicio, personas naturales y otro tipo de distribuidores, bajo cuya actividad se procesan operaciones de pago; d) La realización de gestiones de afiliación de entidades y comercios al sistema de pagos, sin que las mismas comprendan la provisión de servicios normados como parte de la operación de tarjetas; e) La realización de todo tipo de actividades de comercio electrónico, tales como el procesamiento, administración y operación de terminales de ventas móviles u otros dispositivos similares; f) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tanto en Chile como en el extranjero, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; g) La importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes o servicios; la representación de toda clase de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras; recibir y otorgar franquicias; y, h) En general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen con el objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Ações

10.000

Sócios (2)

NomeParticipação

Felipe Andrés Saxton Sánchez

Accionista

60%

Jhonathan González

Accionista

30%

Texto oficial do extrato

JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, comuna de San Miguel, certifica: Que por escritura pública de fecha 23 de agosto de 2022, Repertorio N° 5464-2022, ante mí, Felipe Andrés Saxton Sánchez y Jhonathan González constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1. Razón Social: “Yumit Chile SpA”. 2. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. 3.Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, por cuenta propia o ajena y por cualquier medio, las siguientes actividades: a) La prestación de servicios en diversas áreas, especialmente y sin limitarse sólo a ello en el área de informática y computación, desarrollo de software, tecnologías de la información, activos virtuales o digitales, pudiendo realizar a tales efectos todo tipo de asesorías y servicios, ya sean comerciales, financieros y técnicos; b) Realizar todo tipo de operaciones, incluidas las de compra y venta, sobre activos virtuales o digitales; c) La prestación de servicios de procesamiento de pagos, tanto digitales como presenciales, y respecto de cualquier medio de pago, incluyendo transferencias bancarias y pago con tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos. Tales actividades comprenden tanto aquellos servicios de procesamiento de pagos electrónicos que se prestan a los administradores u operadores de medios de pago electrónicos, de acuerdo a las normas señaladas en el Compendio de Normas Financieras del Banco Central, como aquellos servicios de procesamiento de pagos electrónicos que se prestan a los comercios, entidades de gobierno, empresas de servicio, personas naturales y otro tipo de distribuidores, bajo cuya actividad se procesan operaciones de pago; d) La realización de gestiones de afiliación de entidades y comercios al sistema de pagos, sin que las mismas comprendan la provisión de servicios normados como parte de la operación de tarjetas; e) La realización de todo tipo de actividades de comercio electrónico, tales como el procesamiento, administración y operación de terminales de ventas móviles u otros dispositivos similares; f) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tanto en Chile como en el extranjero, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; g) La importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes o servicios; la representación de toda clase de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras; recibir y otorgar franquicias; y, h) En general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen con el objeto social. 4. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagarán de la siguiente forma: /i/ don Felipe Andrés Saxton Sánchez suscribe 6.000 acciones, por un monto de $600.000, quien las pagará dentro del plazo de 3 años contado desde esta fecha; /ii/ don Jhonathan González suscribe 3.000 acciones, por un monto de $300.000, quien las pagará dentro del plazo de 3 años contado desde esta fecha; y, /iii/ 1.000 acciones por la suma de $100.000, quedan reservadas para planes de compensación a trabajadores, prestadores de servicios o asesores de la sociedad, debiendo suscribirse y pagarse dentro del plazo de 3 años contado desde esta fecha.. Demás estipulaciones en la escritura extractada. San Miguel, 29 de agosto de 2022.

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