Villalobos Y Mery Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la instalación, desarrollo, control y funcionamiento del futuro restaurant
Capital
Capital total
$12.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$11.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JOSE HORACIO VILLALOBOS CAMPINO Socio | - | 65% | $7.800.000 |
Socio | - | 35% | $4.200.000 |
Texto oficial del extracto
R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Público Titular de la Quince Notaría de Santiago, con oficio en calle Santa Magdalena N° 98, Providencia, rectifica extracto constitución VILLALOBOS Y MERY LIMITADA, inscrito a fs. 24241 Nº 13432, en Registro de Comercio de Santiago de 2017, en sentido que donde dice: “Por escritura pública hoy” debe decir: “Por escritura pública de 8 de marzo de 2017” y donde dice: “Capital: $12.000.000, que los socios enteran en la caja social de la siguiente forma: a) Don JOSE HORACIO VILLALOBOS CAMPINO, aporta la cantidad de $7.800.000, que paga en este acto al contado y dinero efectivo en la caja social. y b) Doña CONSTANZA MERY STANGE, aporta la cantidad de $4.200.000, de los cuales entera en este acto la suma $1.000.000 en dinero efectivo en la caja social, y además aporta su trabajo personal en calidad de socio industrial, para la instalación, desarrollo, control y funcionamiento del futuro restaurant. Los socios, de común acuerdo, avalúan este aporte en la suma de $3.000.000. De esta forma el aporte de esta socia equivale al 35% por ciento del capital social” debe decir: “Capital: $12.000.000, que los socios enteran en la caja social de la siguiente forma: a) Don JOSE HORACIO VILLALOBOS CAMPINO, aporta la cantidad de $7.800.000, que paga en este acto al contado y dinero efectivo en la caja social. De esta forma el aporte de este socio equivale al 65% por ciento del capital social. y b) Doña CONSTANZA MERY STANGE, aporta la cantidad de $4.200.000, de los cuales entera en este acto la suma $1.000.000 en dinero efectivo en la caja social, y además aporta su trabajo personal en calidad de socio industrial, para la instalación, desarrollo, control y funcionamiento del futuro restaurant. Los socios, de común acuerdo, avalúan este aporte en la suma de $3.200.000. De esta forma el aporte de esta socia equivale al 35% por ciento del capital social.” En todo lo demás se mantiene inalterable el extracto señalado. Santiago, 28 de marzo de 2017.
Información societaria
Objeto social
La operación y explotación, en cualquiera de sus formas, del negocio de restaurantes, sea directamente, sea adquiriendo una franquicia de terceros, para el desarrollo y explotación de un tipo característico de restaurant de comida rápida tipo casera, como también para cualquier otro tipo de comidas. Además, podrá realizar cualquier otro asunto relacionado con la instalación, desarrollo o explotación del negocio de Restaurant, Fuente de Soda, Comidas al Paso, Bar o Sandwichería y otros similares que los socios convengan.
Capital
Capital total
$12.000.000
Capital pagado
$8.800.000
Capital pendiente
$3.200.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JOSE HORACIO VILLALOBOS CAMPINO Socio | - | 65% | $7.800.000 |
Socio | - | 35% | $4.200.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Público Titular de la Quince Notaría de Santiago, con oficio en calle Santa Magdalena N° 98, Providencia, certifico: Por escritura pública hoy, REPERTORIO Nº 964 - 2017, ante mi Suplente don Francisco Rubén Rojas Arriagada: JOSE HORACIO VILLALOBOS CAMPINO, domiciliado en calle Alejandro Serani Norte 9458, departamento 307, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, y doña CONSTANZA MERY STANGE, domiciliada en Avenida Las Condes 12631, departamento 907, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada. Razón social: “VILLALOBOS Y MERY LIMITADA”, pudiendo también usar como nombre de fantasía “HOMA LIMITADA”. Domicilio: La ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la operación y explotación, en cualquiera de sus formas, del negocio de “restaurantes”, sea directamente, sea adquiriendo una franquicia de terceros, para el desarrollo y explotación de un tipo característico de restaurant de comida rápida tipo casera, como también para cualquier otro tipo de comidas. Además, podrá realizar cualquier otro asunto relacionado con la instalación, desarrollo o explotación del negocio de Restaurant, Fuente de Soda, Comidas al Paso, Bar o Sandwichería y otros similares que los socios convengan. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a doña CONSTANZA MERY STANGE, actuando individualmente o en conjunto con el otro socio, con las más amplias facultades de administración y disposición, establecidas pacto social extractado. Capital: $12.000.000, que los socios enteran en la caja social de la siguiente forma: a) Don JOSE HORACIO VILLALOBOS CAMPINO, aporta la cantidad de $7.800.000, que paga en este acto al contado y dinero efectivo en la caja social. y b) Doña CONSTANZA MERY STANGE, aporta la cantidad de $4.200.000, de los cuales entera en este acto la suma $1.000.000 en dinero efectivo en la caja social, y además aporta su trabajo personal en calidad de socio industrial, para la instalación, desarrollo, control y funcionamiento del futuro restaurant. Los socios, de común acuerdo, avalúan este aporte en la suma de $3.000.000. De esta forma el aporte de esta socia equivale al 35% por ciento del capital social.Utilidades y pérdidas: Serán repartidas y soportadas respectivamente por los socios a prorrata sus aportes.- Responsabilidad Socios: Queda limitada al monto de sus aportes. Duración: La duración de la sociedad será de 10 años a contar de esta fecha, pero se prorrogará por períodos sucesivos de 5 años, cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de ponerle término, mediante una declaración hecha por escritura pública inscrita en el Registro de Comercio de Santiago y anotada al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el mismo Registro, todo ello con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del plazo primitivo o de cualquiera de sus prórrogas. Demás estipulaciones del pacto social constan en escritura extractada. Santiago, 17 de marzo de 2017.-
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
VILLALOBOS Y MERY LIMITADA
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VILLALOBOS Y MERY LIMITADA
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