Société à responsabilité limitée

Vega Abarca Inversiones Limitada

CONSTITUCIÓN — 25 nov. 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-11-25Voir le PDF (CVE 1686912)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años, contados desde la fecha de escritura constitutiva, renovables tácita y automáticamente por periodos de 1 año, salvo, que los socios manifiesten su voluntad de ponerle término, esta voluntad deberá manifestarse mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, con una anticipación mínima de 2 meses
Administration: La administración y uso de la razón social corresponderá ejercerla al socio don CARLOS BAUDILIO VEGA ABARCA quien anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y representación.

Objet social

a) La ejecución de toda clase de obras relacionadas con la construcción, obras menores, civiles, mineras, viales, ingeniería y otras, diseño, albañilería, carpintería, gasfitería, electricidad, tabiquería, cerámicas, pintura, acabado, terminaciones, soldadura, elaboración, fabricación, refacción, ampliación, demolición, derribo, mantención, reparación, acondicionamiento o remodelación de viviendas, locales comerciales, edificios, partes de edificios, estructuras, caminos, puentes, piscinas, construcción, pavimentación y reposición de calles y veredas, pinturas de alto tráfico en calles y superficies de estacionamientos, espacios públicos, maestranza, revestimiento industrial, cálculo de estructuras, montaje industrial, montajes estructurales, mecánicos, electromecánicos e industriales, fabricación, instalación y mantención de estructuras metálicas, y en general, la ejecución de toda clase de proyectos y obras civiles menores y mayores, por cuenta propia o de terceros, pudiendo prestar servicios de contratista, subcontratista, o cualquier otra forma, para que personas, empresas o entidades a contrata ejecuten todo tipo de obras o servicios destinados a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, incluyendo el movimiento de tierras, la realización de trabajos y la prestación de servicios afines; b) El servicio de transporte de pasajeros en general para empresas privadas y fiscales, pudiendo actuar de igual forma como tour operador turístico, y el servicio de transportes receptivo turístico en general, su logística y distribución de pasajeros en general, todo esto dentro y fuera del país, tanto por vía terrestre como por vía aérea, marítima, lacustre o fluvial, pudiendo emplear para ello vehículos de medios de transporte propios, arrendados, sub contratados o que la sociedad detente a cualquier título; c) El servicio de carga y transporte por carretera o ciudad, despacho, entrega, logística y distribución en general de todo tipo de materiales, instrumentos, maquinarias, herramientas y carga en general, todo esto dentro y fuera del país, tanto por vía terrestre como por vía aérea, marítima, lacustre o fluvial, pudiendo emplear para ello vehículos de medios de transporte propios, arrendados o que la sociedad detente a cualquier título; d) Las inversiones en general, esto es, la compra, venta, adquisición, enajenación, comercialización, elaboración, importación, exportación, distribución, arriendo, mantención, representación y explotación de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos; e) El corretaje de propiedades y las actividades inmobiliarias en general, ya sea de bienes muebles o inmuebles, percibir sus frutos producto de su compra, venta, comercialización, arriendo, mantención, administración de edificios y condominios, y la explotación en general, sean estos inmuebles urbanos y/o rurales, todo esto por cuenta propia y/o de terceros, y en todas sus formas; f) La compra, venta, comercialización, elaboración, importación, exportación, y distribución de todo tipo de materiales, materiales de construcción, herramientas, maquinarias, vehículos y artículos de ferretería en general al por mayor y/o al detalle; g) La compra, venta, importación, exportación, distribución, representación y arriendo de máquinas pos para parquímetros, como también su mantención y comercialización de sus repuestos e insumos; h) La comercialización, administración, compra, venta y arrendamiento de estacionamientos y playas de estacionamientos, de superficie, subterráneos, edificios y lugares en general destinados al estacionamiento temporal de vehículos de toda clase, ya sean estacionados de forma diaria, mensual, anual y/o por temporadas, como también, la prestación de todo servicio relacionado con la custodia, reparación y mantención de vehículos de toda clase, todo esto por cuenta propia y/o de terceros; i) La prestación de servicios de Paisajismo, remodelación y desarrollo de proyectos afines; y j) La realización en general de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con limpieza o aseo domiciliario y/o industrial, convenientes o necesarias para los fines de la sociedad, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos para la realización de estos fines.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Associés (3)

NomParticipation

CARLOS BAUDILIO VEGA ABARCA

Socio

40%

VERÓNICA DE LAS MERCEDES VEGA ABARCA

Socio

30%

CLAUDIA ESTHER VEGA ABARCA

Socio

30%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado, Notario Público Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1.161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de Noviembre de 2019, otorgada ante mí bajo Repertorio Nº 15.835 – 2.019, don CARLOS BAUDILIO VEGA ABARCA, con domicilio para este solo efecto en Parcela 40, Reina Norte, comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, de paso en esta comuna; doña VERÓNICA DE LAS MERCEDES VEGA ABARCA, con domicilio para este solo efecto en Parcela 10-B, Lo Arcaya, comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, de paso en esta comuna; y doña CLAUDIA ESTHER VEGA ABARCA, con domicilio para este solo efecto en Parcela 10-B, Lo Arcaya, comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, de paso en esta comuna; Constituyeron Sociedad Responsabilidad Limitada, Razón Social: “VEGA ABARCA INVERSIONES LIMITADA”, pudiendo actuar para todos los efectos legales y tributarios, incluyendo bancos e instituciones financieras, bajo la razón social abreviada “VEGA ABARCA INVERSIONES LTDA.”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, sucursales o agencias que se establezcan en cualquier punto del país o en el extranjero. Administración y Uso Razón Social: La administración y uso de la razón social corresponderá ejercerla al socio don CARLOS BAUDILIO VEGA ABARCA quien anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y representación. Capital: $10.000.000, totalmente pagado en dinero efectivo, y en esta forma: a) don CARLOS BAUDILIO VEGA ABARCA, aporta la suma de $4.000.000, esto es, el 40% de los derechos sociales; b) doña VERÓNICA DE LAS MERCEDES VEGA ABARCA, aporta la suma de $3.000.000, esto es, el 30% de los derechos sociales; y c) doña CLAUDIA ESTHER VEGA ABARCA, aporta la suma de $3.000.000, esto es, el 30% de los derechos sociales. Responsabilidad: Limitada al monto de aportes. Objeto: a) La ejecución de toda clase de obras relacionadas con la construcción, obras menores, civiles, mineras, viales, ingeniería y otras, diseño, albañilería, carpintería, gasfitería, electricidad, tabiquería, cerámicas, pintura, acabado, terminaciones, soldadura, elaboración, fabricación, refacción, ampliación, demolición, derribo, mantención, reparación, acondicionamiento o remodelación de viviendas, locales comerciales, edificios, partes de edificios, estructuras, caminos, puentes, piscinas, construcción, pavimentación y reposición de calles y veredas, pinturas de alto tráfico en calles y superficies de estacionamientos, espacios públicos, maestranza, revestimiento industrial, cálculo de estructuras, montaje industrial, montajes estructurales, mecánicos, electromecánicos e industriales, fabricación, instalación y mantención de estructuras metálicas, y en general, la ejecución de toda clase de proyectos y obras civiles menores y mayores, por cuenta propia o de terceros, pudiendo prestar servicios de contratista, subcontratista, o cualquier otra forma, para que personas, empresas o entidades a contrata ejecuten todo tipo de obras o servicios destinados a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, incluyendo el movimiento de tierras, la realización de trabajos y la prestación de servicios afines; b) El servicio de transporte de pasajeros en general para empresas privadas y fiscales, pudiendo actuar de igual forma como tour operador turístico, y el servicio de transportes receptivo turístico en general, su logística y distribución de pasajeros en general, todo esto dentro y fuera del país, tanto por vía terrestre como por vía aérea, marítima, lacustre o fluvial, pudiendo emplear para ello vehículos de medios de transporte propios, arrendados, sub contratados o que la sociedad detente a cualquier título; c) El servicio de carga y transporte por carretera o ciudad, despacho, entrega, logística y distribución en general de todo tipo de materiales, instrumentos, maquinarias, herramientas y carga en general, todo esto dentro y fuera del país, tanto por vía terrestre como por vía aérea, marítima, lacustre o fluvial, pudiendo emplear para ello vehículos de medios de transporte propios, arrendados o que la sociedad detente a cualquier título; d) Las inversiones en general, esto es, la compra, venta, adquisición, enajenación, comercialización, elaboración, importación, exportación, distribución, arriendo, mantención, representación y explotación de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos; e) El corretaje de propiedades y las actividades inmobiliarias en general, ya sea de bienes muebles o inmuebles, percibir sus frutos producto de su compra, venta, comercialización, arriendo, mantención, administración de edificios y condominios, y la explotación en general, sean estos inmuebles urbanos y/o rurales, todo esto por cuenta propia y/o de terceros, y en todas sus formas; f) La compra, venta, comercialización, elaboración, importación, exportación, y distribución de todo tipo de materiales, materiales de construcción, herramientas, maquinarias, vehículos y artículos de ferretería en general al por mayor y/o al detalle; g) La compra, venta, importación, exportación, distribución, representación y arriendo de máquinas pos para parquímetros, como también su mantención y comercialización de sus repuestos e insumos; h) La comercialización, administración, compra, venta y arrendamiento de estacionamientos y playas de estacionamientos, de superficie, subterráneos, edificios y lugares en general destinados al estacionamiento temporal de vehículos de toda clase, ya sean estacionados de forma diaria, mensual, anual y/o por temporadas, como también, la prestación de todo servicio relacionado con la custodia, reparación y mantención de vehículos de toda clase, todo esto por cuenta propia y/o de terceros; i) La prestación de servicios de Paisajismo, remodelación y desarrollo de proyectos afines; y j) La realización en general de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con limpieza o aseo domiciliario y/o industrial, convenientes o necesarias para los fines de la sociedad, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos para la realización de estos fines. Duración: 5 años, contados desde la fecha de escritura constitutiva, renovables tácita y automáticamente por periodos de 1 año, salvo, que los socios manifiesten su voluntad de ponerle término, esta voluntad deberá manifestarse mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, con una anticipación mínima de 2 meses. Demás antecedentes en escritura extractada. Santiago, 21 de Noviembre de 2019.

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