Urban Business Bureau SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración del as mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; c) La sociedad además podrá efectuar el estudio y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena, la realización de trabajos, de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles, la realización de loteos y obras de urbanización, la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas o estacionamientos, edificios y viviendas acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; la implementación y realización, en general de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción. d) Podrá también participar en proyectos, concursos públicos o licitaciones, o adjudicarse cualquiera de los mismos y que estén al amparo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; del Servicio de vivienda y Urbanismo o del Ministerio de Obras Públicas, ya sea en la Región Metropolitana o en cualquier otra Región de Chile; respecto de proyectos y desarrollos urbanos de viviendas sociales o económicas, pudiendo inscribirse para tales efectos en los registro públicos que se requieran por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; Servicio de Vivienda y Urbanismo o por el Ministerio de Obras Públicas; la prestación de servicios de apoyo a instituciones públicas relacionados con la organización de la demanda habitacional, participación en los procesos de inscripción y postulación a los distintos programas habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y la prestación de servicios de asistencia técnica, entre otros. e) Podrán desarrollar las labores de Entidad de Gestión Inmobiliaria Social, con las siguientes facultades: UNO. Para proyectos de construcción de viviendas: Organización de la demanda habitacional; Diseño y elaboración de proyectos de arquitectura e ingeniería; Diseño y Ejecución del Plan de Habitación Social; y Contratación de las Obras y DOS. Para proyectos de adquisición de viviendas; Organización de la demanda habitacional; Asesoría para la adquisición de viviendas construidas y Diseño y Ejecución del Plan de Habilitación Social. Además podrá: Informar y asesorar a cada postulante respecto de la elección y adquisición de una solución habitacional que cumpla con los requisitos exigidos por el programa regulado por el contenido en el D:S: ciento setenta y cuatro del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de dos mil cinco; Podrá prestar servicios, asistencia técnica y participar en proyectos, concursos públicos o licitaciones, o adjudicarse cualquiera de los mismos, pudiendo inscribirse para tales efectos en los registros públicos que se requieran por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; Servicio de Vivienda y Urbanismo o por el Ministerio de Obras Públicas; en los siguientes programas regulados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y/o por el Servicio de Vivienda y Urbanismo: Decreto Supremo Número sesenta y tres, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de mil novecientos noventa y siete que Aprueba Reglamento del Registro Nacional de Constructores de Viviendas Sociales, Modalidad Privada. Decreto Supremo número ciento cuarenta y nueve del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de dos mil cinco que Reglamenta Programa de Subsidio Destinado a La Mantención de Viviendas; y Decreto Supremo Número doscientos cincuenta y cinco, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de dos mil seis que Reglamenta Programa de Protección del Patrimonio Familiar; y c) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria.
資本
總資本
$150.000.000
實繳資本
$1.500.000
待繳資本
$148.500.000
股份
1,000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $150.000.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
KARINA FLORES MUÑOZ, Notario Suplente del Titular de la 36° Notaria de Santiago don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, con oficio en Paseo Ahumada 312, oficina 236, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de agosto de 2017 Repertorio N° 17.982 ante Titular don KAFFO IBRAHIM CHACOFF PINO, con domicilio en Paseo Ahumada N° 312 Of.623 comuna y ciudad de Santiago constituye Sociedad por Acciones.- Razón Social: “URBAN BUSINESS BUREAU SpA” pudiendo utilizar como nombre de fantasía la expresión U2B SpA.- Objeto: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración del as mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; c) La sociedad además podrá efectuar el estudio y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena, la realización de trabajos, de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles, la realización de loteos y obras de urbanización, la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas o estacionamientos, edificios y viviendas acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; la implementación y realización, en general de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción. d) Podrá también participar en proyectos, concursos públicos o licitaciones, o adjudicarse cualquiera de los mismos y que estén al amparo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; del Servicio de vivienda y Urbanismo o del Ministerio de Obras Públicas, ya sea en la Región Metropolitana o en cualquier otra Región de Chile; respecto de proyectos y desarrollos urbanos de viviendas sociales o económicas, pudiendo inscribirse para tales efectos en los registro públicos que se requieran por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; Servicio de Vivienda y Urbanismo o por el Ministerio de Obras Públicas; la prestación de servicios de apoyo a instituciones públicas relacionados con la organización de la demanda habitacional, participación en los procesos de inscripción y postulación a los distintos programas habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y la prestación de servicios de asistencia técnica, entre otros. e) Podrán desarrollar las labores de Entidad de Gestión Inmobiliaria Social, con las siguientes facultades: UNO. Para proyectos de construcción de viviendas: Organización de la demanda habitacional; Diseño y elaboración de proyectos de arquitectura e ingeniería; Diseño y Ejecución del Plan de Habitación Social; y Contratación de las Obras y DOS. Para proyectos de adquisición de viviendas; Organización de la demanda habitacional; Asesoría para la adquisición de viviendas construidas y Diseño y Ejecución del Plan de Habilitación Social. Además podrá: Informar y asesorar a cada postulante respecto de la elección y adquisición de una solución habitacional que cumpla con los requisitos exigidos por el programa regulado por el contenido en el D:S: ciento setenta y cuatro del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de dos mil cinco; Podrá prestar servicios, asistencia técnica y participar en proyectos, concursos públicos o licitaciones, o adjudicarse cualquiera de los mismos, pudiendo inscribirse para tales efectos en los registros públicos que se requieran por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; Servicio de Vivienda y Urbanismo o por el Ministerio de Obras Públicas; en los siguientes programas regulados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y/o por el Servicio de Vivienda y Urbanismo: Decreto Supremo Número sesenta y tres, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de mil novecientos noventa y siete que Aprueba Reglamento del Registro Nacional de Constructores de Viviendas Sociales, Modalidad Privada. Decreto Supremo número ciento cuarenta y nueve del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de dos mil cinco que Reglamenta Programa de Subsidio Destinado a La Mantención de Viviendas; y Decreto Supremo Número doscientos cincuenta y cinco, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de dos mil seis que Reglamenta Programa de Protección del Patrimonio Familiar; y c) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria.- Representación, administración y uso razón social: Será ejercida por el único accionista KAFFO IBRAHIM CHACOFF PINO, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada.- Capital: $150.000.000, dividido en 1000 acciones, sin valor nominal, de una misma serie, el cual se pagará en dinero efectivo en un plazo de 3 años, este acto suscribe y paga efectivo $1.500.000 dividido en 10 acciones dándose por ingresado a al caja social.- Duración: indefinido.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 30, agosto, 2017.-
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