Sociedad de Responsabilidad Limitada

Transportes Y Servicios Lemuy Limitada

CONSTITUCIÓN — 5 ene 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-01-05Ver PDF (CVE 1162945)

Información societaria

Ltda
Chonchi, Los Lagos
Duración: 5 años contados desde fecha constitución, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad en contrario, por escritura pública, que deberá anotarse al margen inscripción pacto social en Registro de Comercio, con una anticipación mínima de 6 meses antes del vencimiento del respectivo período
Administración: Administración y uso razón social corresponderá, con exclusión de todo otro socio, a JOVITA ADELA NAVARRO MANCILLA, quien anteponiendo la razón social a su firma personal, podrá representar y obligar válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionados con el giro ordinario de la sociedad, con las más amplias facultades conforme a la cláusula séptima pacto social

Objeto social

El transporte de carga y/o pasajeros, por todo tipo de medios terrestres, propios o de terceros, a su propio nombre o por cuenta y riesgo de terceros, en todo el territorio nacional y/o fuera del país, celebrando y ejecutando todos los actos y contratos necesarios para dichos fines; importar, exportar, comprar, vender arrendar con o sin opción de compra todo tipo de vehículos, sus partes y/o repuestos, y en general, la adquisición a cualquier título de toda clase de vehículos motorizados; la prestación de servicios de transporte y movimiento de Carga terrestre, fletes y mudanzas; la prestación de servicios de fletes y arriendo de vehículos y/o camiones con o sin chofer; el transporte urbano e interurbano de pasajeros vía autobús, minibús, van etc. el transporte urbano de pasajeros vía taxi colectivo y el transporte de pasajeros por taxis libres y radiotaxis; todo tipo de transporte o movimiento de carga y/o pasajeros ya sea por vía terrestre o marítima; la prestación de cualquier servicio relacionado con el transporte, el arriendo de vehículos y la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías en dichas áreas, al igual que toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior; la realización de todo tipo de obras menores en construcción o la subcontratación de dichos servicios; comprar, vender, permutar, arrendar, adquirir o enajenar, a cualquier título, bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, así como explotar y administrar los mismos, sean de su propiedad o de terceros y la inversión en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios, documentos del mercado de capitales o financiero, la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones, y su administración sea por cuenta propia o asociada con terceros; la remodelación, refacción, y alhajamiento de todo tipo de bienes raíces urbanos o agrícolas; construir por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones, construcciones y obras de cualquier naturaleza; administrarlas, explotarlas y/o enajenarlas a cualquier título; subdividir, lotear y/o urbanizar por cuenta propia o ajena toda clase de predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o de terceros, ya sea con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas; enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos o cualquier otro título; y, la compra y venta de materiales, equipos e insumos de construcción, arquitectura, en general realizar cualquier otra actividad que se relacione o no directa o indirectamente con las anteriores así como todos los demás negocios o actividades que acuerden los socios

Capital

Capital total

$5.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

JOVITA ADELA NAVARRO MANCILLA

Socio

99%

ALCIDES ALEJANDRO GÓMEZ HARO

Socio

1%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

PEDRO HERNAN LARRERE CASTRO, Notario Público Castro, Gamboa 443, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 15 de diciembre 2016, señores JOVITA ADELA NAVARRO MANCILLA y ALCIDES ALEJANDRO GÓMEZ HARO, ambos domiciliados calle Centenario 493 Chonchi, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social: será "TRANSPORTES Y SERVICIOS LEMUY LIMITADA" pudiendo usar como nombre de fantasía “TRANSPORTES LEMUY LTDA.”.Objeto: El objeto de la sociedad será: a) el transporte de carga y/o pasajeros, por todo tipo de medios terrestres, propios o de terceros, a su propio nombre o por cuenta y riesgo de terceros, en todo el territorio nacional y/o fuera del país, celebrando y ejecutando todos los actos y contratos necesarios para dichos fines; b) importar, exportar, comprar, vender arrendar con o sin opción de compra todo tipo de vehículos, sus partes y/o repuestos, y en general, la adquisición a cualquier título de toda clase de vehículos motorizados; c) la prestación de servicios de transporte y movimiento de Carga terrestre, fletes y mudanzas; d) la prestación de servicios de fletes y arriendo de vehículos y/o camiones con o sin chofer; e) el transporte urbano e interurbano de pasajeros vía autobús, minibús, van etc. el transporte urbano de pasajeros vía taxi colectivo y el transporte de pasajeros por taxis libres y radiotaxis; f) todo tipo de transporte o movimiento de carga y/o pasajeros ya sea por vía terrestre o marítima; g) la prestación de cualquier servicio relacionado con el transporte, el arriendo de vehículos y la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías en dichas áreas, al igual que toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior; h) la realización de todo tipo de obras menores en construcción o la subcontratación de dichos servicios; i) comprar, vender, permutar, arrendar, adquirir o enajenar, a cualquier título, bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, así como explotar y administrar los mismos, sean de su propiedad o de terceros y la inversión en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios, documentos del mercado de capitales o financiero, la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones, y su administración sea por cuenta propia o asociada con terceros; j) La remodelación, refacción, y alhajamiento de todo tipo de bienes raíces urbanos o agrícolas; k) Construir por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones, construcciones y obras de cualquier naturaleza; administrarlas, explotarlas y/o enajenarlas a cualquier título; l) Subdividir, lotear y/o urbanizar por cuenta propia o ajena toda clase de predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o de terceros, ya sea con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas; enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos o cualquier otro título; y, m) La compra y venta de materiales, equipos e insumos de construcción, arquitectura, en general realizar cualquier otra actividad que se relacione o no directa o indirectamente con las anteriores así como todos los demás negocios o actividades que acuerden los socios. Domicilio: ciudad Chonchi, sin perjuicio sucursales o agencias que se acuerde establecer en otros lugares del país o extranjero. Capital: $5.000.000, que socios aportan y aportarán siguientes manera: a) JOVITA ADELA NAVARRO MANCILLA, $4.950.000, al contado y en dinero efectivo, que representan el 99 por ciento del haber social y; b) ALCIDES ALEJANDRO GÓMEZ HARO, $50.000, al contado y en dinero efectivo, que representan el 1 por ciento del haber social. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes. Administración y uso razón social: corresponderá, con exclusión de todo otro socio, a JOVITA ADELA NAVARRO MANCILLA, quien anteponiendo la razón social a su firma personal, podrá representar y obligar válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionados con el giro ordinario de la sociedad, con las más amplias facultades conforme a la cláusula séptima pacto social. Duración: 5 años contados desde fecha constitución, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad en contrario, por escritura pública, que deberá anotarse al margen inscripción pacto social en Registro de Comercio, con una anticipación mínima de 6 meses antes del vencimiento del respectivo período. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Castro, 03 de enero de 2017.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    TRANSPORTES Y SERVICIOS LEMUY LIMITADA

    CVE 1162945

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial