Sociedad de Responsabilidad Limitada

Transportes Y Rentas Los Laureles Limitada

CONSTITUCIÓN — 8 ago 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-08-08Ver PDF (CVE 1443330)

Información societaria

Ltda
Río Negro, Los Lagos
Duración: 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno
Administración: SEPARADA E INDISTINTAMENTE a ambos socios en forma individual

Objeto social

A) el transporte de carga y bienes muebles en general por carretera, fluvial y aéreo o marítimo mediante vehículos propios o ajenos tomados en arrendamiento o leasing o encomendado a terceros y todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; B) Compraventa, importación, comercialización, arrendamiento y subarrendamiento de toda clase muebles, especialmente vehículos y maquinaria en todas sus formas y tipos; C) La prestación de servicios de recolección, empacado, roturación, siembra y similares, con maquinas y equipos propios o ajenos; y D) toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y cualquier otro negocio que acordaren los socios

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital pagado

$2.700.000

Capital pendiente

$2.300.000

Socios (2)

NombreParticipación

EMA MARGARITA HEIDI RICHARDS STAAB

Socio

50%

MARIO RICARDO MEYER BUSCHMANN

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

RODRIGO PATRICIO CESAR FERRER FIGUEROA, Abogado, Notario y Conservador de Bienes Raíces, titular de las comunas de Río Negro y Purranque, con oficio en calle Vicuña Mackenna número doscientos cuarenta y tres, certifica que: Por Escritura Pública otorgada con fecha 27 de julio del 2018, ante la notario suplente doña Luisa Martínez Morales, repertorio 751-2018; doña EMA MARGARITA HEIDI RICHARDS STAAB y MARIO RICARDO MEYER BUSCHMANN, ambos domiciliados en la comuna de Osorno, camino a Puerto Octay kilómetro tres, Décima Región, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: “TRANSPORTES Y RENTAS LOS LAURELES LIMITADA” y podrá funcionar y actuar, inclusive con bancos, con el nombre de "TRANSPORTES Y RENTAS LOS LAURELES LTDA.". DOMICILIO: Rio Negro, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que puedan establecer en otros puntos del país o el extranjero; OBJETO: A) el transporte de carga y bienes muebles en general por carretera, fluvial y áereo o marítimo mediante vehículos propios o ajenos tomados en arrendamiento o leasing o encomendado a terceros y todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; B) Compraventa, importación, comercialización, arrendamiento y subarrendamiento de toda clase muebles, especialmente vehículos y maquinaria en todas sus formas y tipos; C) La prestación de servicios de recolección, empacado, roturación, siembra y similares, con maquinas y equipos propios o ajenos; y D) toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y cualquier otro negocio que acordaren los socios;ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá SEPARADA E INDISTINTAMENTE a ambos socios en forma individual, quienes obrando de esta manera obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con facultades indicadas escritura extractada; CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de $5.000.000 que se aporta por los socios de la siguiente manera: UNO) EMA MARGARITA HEIDI RICHARDS STAAB, suscribe el 50% de los derechos sociales, equivalentes a la suma de $2.500.000 que paga íntegramente en dinero efectivo e ingresa a la caja social en este acto. DOS) MARIO MEYER BUSCHMANN suscribe el 50% de los derechos sociales, equivalentes a la suma de $2.500.000 que los paga y pagará de la siguiente manera: A) con la suma de $200.000 que ingresa a la caja social en este acto; y B) el saldo de $2.300.000 se obliga a enterarlo en el plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada y solo devengará el reajuste legal y no intereses y podrá ser solucionado mediante aportes en dinero, bienes muebles o inmuebles, capitalización de utilidades y revalorizaciones legales; RESPONSABILIDAD: Socios limitan responsabilidad hasta monto de respectivos aportes. DURACIÓN: comenzará a regir con fecha escritura extractada y tendrá una duración de 5 años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma expresada en escritura extractada. Demás estipulaciones constan escritura extractada. DOY FÉ. Río Negro, 06 de agosto del 2018.

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Relaciones societarias

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