有限責任公司

Transportes Santa Victoria Limitada

CONSTITUCIÓN — 2025年8月8日

Diario Oficial

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana

摘要官方正文

Ministerio del Interior PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público Titular de la 9ª Notaria de Santiago, con oficio en Calle Teatinos 333 e/p. CERTIFICA: Con fecha 23 de Julio del año 2025, bajo el repertorio 3955-2025, otorgada ante mí, se otorgó una escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada “TRANSPORTES SANTA VICTORIA LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 64834, N° 24921 del año 2025, en dicho extracto se transcribió erróneamente el nombre de uno de los socios, el cual se rectifica en el siguiente sentido: DONDE DICE: “PABLO ANDRES CANALES VEGA ESPINOZA”, DEBE DECIR: “PABLO ANDRES CANALES VEGA”. En todo lo demás sigue vigente el pacto de la empresa. Santiago 04 de Agosto 2025.-

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 5 años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales
管理方式: corresponderá a don PABLO ANDRES CANALES VEGA ESPINOZA, don BERNARDO ALEJANDRO CÁCERES CARMONA y a don DAVID PATRICIO CRUZ CONNELL, en forma conjunta dos de cualquiera de los tres representantes, salvo los poderes nombrados en el número 1, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligara y representara a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario

公司目的

La administración y explotación de servicios de transportes a industrias y particulares; desarrollar el transporte nacional o internacional, carga y fletes en vehículos y camiones propios o de terceros; la realización de cualquier otro acto, negocio o convención civil o comercial relacionado con el comercio en general, por cuenta propia o de terceros, consignaciones, importaciones y/o exportaciones de vehículos, accesorios, piezas o partes, para su venta, instalación, reparación y prestación de servicios mecánicos en todas las especialidades automotrices; Transporte terrestre de carga, en vehículos propios o ajenos; la administración y explotación de vehículos de transporte de pasajeros y la representación de personas naturales y jurídicas; Arrendamiento de todo tipo de vehículos motorizados, sea de paseo, pasajeros, turismo y/o carga y toda clase de servicios por medio de tales servicios y cualquier otra actividad que sea necesaria para el cumplimiento del objeto social y que acuerden los socios, sin limitación alguna.

資本

總資本

$3.000.000

實繳資本

$3.000.000

股東(3)

姓名持股比例

PABLO ANDRES CANALES VEGA

Socio

33.34%

DAVID PATRICIO CRUZ CONNELL

Socio

33.33%

BERNARDO ALEJANDRO CÁCERES CARMONA

Socio

33.33%

摘要官方正文

Ministerio del Interior PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público Titular de la 9ª Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Teatinos 333, entrepiso. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 23 de Julio del año 2025, repertorio 3955-2025, otorgada ante el Notario Suplente de este oficio don Jose Gabriel Araya Maggi, los comparecientes, don PABLO ANDRES CANALES VEGA, domiciliado en Las Perdices N° 847, Comuna de Pudahuel, Región Metropolitana; don DAVID PATRICIO CRUZ CONNELL, domiciliado en Santa Teresa de Tango N° 4944, Comuna de San Bernardo, Región Metropolitana y de paso en ésta; y don BERNARDO ALEJANDRO CÁCERES CARMONA, domiciliado en Palena N° 6668, Comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “TRANSPORTES SANTA VICTORIA LIMITADA”, pudiendo actuar y funcionar, para efectos de propaganda y negocios con cualquier institución privada, del Estado o mixta, inclusive para efectos bancarios, financieros y/o comerciales, en fin, para todos los efectos legales, con el nombre de fantasía o sigla “SANTA VICTORIA LIMITADA”.- OBJETO: El objeto de la empresa será la administración y explotación de servicios de transportes a industrias y particulares; desarrollar el transporte nacional o internacional, carga y fletes en vehículos y camiones propios o de terceros; la realización de cualquier otro acto, negocio o convención civil o comercial relacionado con el comercio en general, por cuenta propia o de terceros, consignaciones, importaciones y/o exportaciones de vehículos, accesorios, piezas o partes, para su venta, instalación, reparación y prestación de servicios mecánicos en todas las especialidades automotrices; Transporte terrestre de carga, en vehículos propios o ajenos; la administración y explotación de vehículos de transporte de pasajeros y la representación de personas naturales y jurídicas; Arrendamiento de todo tipo de vehículos motorizados, sea de paseo, pasajeros, turismo y/o carga y toda clase de servicios por medio de tales servicios y cualquier otra actividad que sea necesaria para el cumplimiento del objeto social y que acuerden los socios, sin limitación alguna.- Administración, representación y uso razón social: corresponderá a don PABLO ANDRES CANALES VEGA ESPINOZA, don BERNARDO ALEJANDRO CÁCERES CARMONA y a don DAVID PATRICIO CRUZ CONNELL, en forma conjunta dos de cualquiera de los tres representantes, salvo los poderes nombrados en el número 1, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligara y representara a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario. CAPITAL SOCIAL: $3.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) doña PABLO ANDRES CANALES VEGA, la suma de $1.000.200, correspondiente a 33,34 % del capital social y propiedad de la compañía, que entera e ingresa en caja social en este acto, de contado, B) don DAVID PATRICIO CRUZ CONNELL, la suma de $999.900, correspondiente a 33.33% del capital social y propiedad de la compañía, que entera e ingresa en caja social en este acto, de contado, C) don BERNARDO ALEJANDRO CÁCERES CARMONA, la suma de $999.900, correspondiente a 33,33 % del capital social y propiedad de la compañía, que entera e ingresa en caja social en este acto, de contado Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las filiales, sucursales o agencias que se establezcan en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura por 5 años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales. Demás estipulaciones contrato extractado.

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