Société à responsabilité limitée

Transportes Leigh & Salamanca Limitada

CONSTITUCIÓN — 14 févr. 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-02-14Voir le PDF (CVE 1352896)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años
Administration: la administración, representación y uso razón social corresponderá con las más amplias facultades de administración y de disposición de bienes a don ENRIQUE ALEJANDRO LEIGH ROBERTSON

Objet social

a) El transporte terrestre de mercaderías y de toda clase de bienes muebles, dentro del territorio nacional y extranjero o, desde o hacia uno y otro, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; el embalaje y almacenaje de los mismos; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transportes o embalaje; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso, b) la importación, comercialización, compra y venta de repuestos, accesorios y artículos automotrices, aceites, combustibles, motores y demás; maquinarias, neumáticos, lubricantes, lavado, engrase, balanceo, alineación, frenos, vulcanización, y mecánica en general, c) la compraventa de automóviles, camionetas, camiones y buses nuevos o usados; d) todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen relacionadas directa e indirectamente con las anteriores.

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital libéré

$20.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

ENRIQUE ALEJANDRO LEIGH ROBERTSON

Socio

50%

AMADOR JAIME ALEJANDRO SALAMANCA MUÑOZ

Socio

50%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Abogado, Notario Público, Titular 15° Notaría de Santiago, Santa Magdalena 98, Comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 7 de febrero de 2018, ante mí, don ENRIQUE ALEJANDRO LEIGH ROBERTSON, domiciliado en Avda Suecia nº1330, departamento 303, comuna de Providencia, y don AMADOR JAIME ALEJANDRO SALAMANCA MUÑOZ, domiciliado en Pasaje Dvorak Nº2859, departamento Nº26, Villa Juanita, comuna de Puente Alto, constituyen sociedad de responsabilidad limitada. Razón social “TRANSPORTES LEIGH & SALAMANCA LIMITADA” y podrá usar en todas sus actividades, inclusive con los bancos y demás instituciones financieras el nombre de fantasía “LEIGH & SALAMANCA LTDA.”.Objeto: a) El transporte terrestre de mercaderías y de toda clase de bienes muebles, dentro del territorio nacional y extranjero o, desde o hacia uno y otro, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; el embalaje y almacenaje de los mismos; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transportes o embalaje; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso, B) la importación, comercialización, compra y venta de repuestos, accesorios y artículos automotrices, aceites, combustibles, motores y demás;maquinarias, neumáticos, lubricantes, lavado, engrase, balanceo, alineación, frenos, vulcanización, y mecánica en general, C) la compraventa de automóviles, camionetas, camiones y buses nuevos o usados; d) todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen relacionadas directa e indirectamente con las anteriores. Administración: la administración, representación y uso razón social corresponderá con las más amplias facultades de administración y de disposición de bienes a don ENRIQUE ALEJANDRO LEIGH ROBERTSON. Capital: $20.000.000, en la siguiente proporción: A) don ENRIQUE ALEJANDRO LEIGH ROBERTSON aporta $10.000.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, los que ingresan a la caja social en este acto al contado y en dinero en efectivo, ya ingresado en caja social; y B) don AMADOR JAIME ALEJANDRO SALAMANCA MUÑOZ aporta la $10.000.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, los que ingresan a la caja social en este acto al contado y en dinero en efectivo, ya ingresado en caja social. Duración: 5 años.- Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a contar fecha escritura. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de febrero de 2018.

Actes récents

  1. CONSTITUCIÓN

    TRANSPORTES LEIGH & SALAMANCA LIMITADA

    CVE 1352896

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario Oficial