Société par actions

Tecnologías Jr SpA

CONSTITUCIÓN — 13 nov. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-11-13Voir le PDF (CVE 2405205)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales, si ninguno de los accionistas manifestara su voluntad de ponerle término al final del período que estuviera en curso, mediante escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al final del período respectivo

Objet social

a) La prestación de servicios de asesorías y consultorías profesionales y técnicas, pudiendo celebrar para tales efectos todos los actos, contratos, gestiones y negocios encaminados a tales fines, ya sea con entidades particulares o públicas, nacionales o extranjeras; b) La adquisición, enajenación y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, pudiendo gravar libremente éstos; c) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena y realizar cualquier otra actividad análoga, complementaria o conexa con las anteriores que la sociedad determine realizar

Capital

Capital total

$160.000.000

Capital libéré

$160.000.000

Actions

1 000 000

Associés (3)

NomParticipation

JORGE ALEJANDRO JUACIDA RAMÍREZ

Accionista

17.xxx.xxx-1

-

PAMELA ANDREA JUACIDA RAMÍREZ

Accionista

13.xxx.xxx-6

-

NELLY MARGARITA RAMÍREZ VÉLIZ

Accionista

7.xxx.xxx-6

-

Texte officiel de l’extrait

LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN, Notario Público Titular 39° Notaría de Santiago, Avda. Irarrázaval 5420, local 1, Ñuñoa, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 24 de octubre de 2023, Rep. 2.982-2023, ante MARÍA FERNANDA RUBIO RUBIO, Notario Suplente de esta Notaría: JORGE ALEJANDRO JUACIDA RAMÍREZ, C.I. N° 17.477.531-1, domiciliado en Pedro Aguirre Cerda N°255, dpto. 301 C, comuna de San Pedro de La Paz, Región del Bio Bío, PAMELA ANDREA JUACIDA RAMÍREZ, C.I. N° 13.949.009-6, domiciliada en Sergio Correa N°15.300, casa 109, comuna de Colina, Región Metropolitana, y NELLY MARGARITA RAMÍREZ VÉLIZ, C.I. N° 7.638.927-6; domiciliada en Avda. Once de Septiembre N°354, Población Germán Riesco Norte, San Vicente de Tagua Tagua, Región de O´Higgins; y de paso por esta, constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: TECNOLOGÍAS JR SpA. Objeto: a) La prestación de servicios de asesorías y consultorías profesionales y técnicas, pudiendo celebrar para tales efectos todos los actos, contratos, gestiones y negocios encaminados a tales fines, ya sea con entidades particulares o públicas, nacionales o extranjeras; b) La adquisición, enajenación y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, pudiendo gravar libremente éstos; c) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena y realizar cualquier otra actividad análoga, complementaria o conexa con las anteriores que la sociedad determine realizar. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u otros establecimientos que podrá constituir y mantener en cualesquiera otros lugares del país o del extranjero. Capital: $160.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en los estatutos. Duración: 5 años, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales, si ninguno de los accionistas manifestara su voluntad de ponerle término al final del período que estuviera en curso, mediante escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al final del período respectivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de noviembre de 2023.-

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