Société à responsabilité limitée

Te Rano Limitada

CONSTITUCIÓN — 13 oct. 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-10-13Voir le PDF (CVE 1478105)

Informations sociétaires

Ltda
Isla de Pascua, Valparaíso
Durée: 5 años, hasta el día 10 de octubre de 2023, renovable automáticamente y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo aviso en contrario por escritura pública con al menos tres meses de anticipación
Administration: La administración y uso de la razón social corresponderá a ambos socios de manera conjunta.

Objet social

La administración y gestión de hospedaje temporal; el arriendo de inmuebles amoblados o con equipos; la prestación de servicios turísticos de aventura y relajación, tanto de interior y exterior y servicios de transporte de pasajeros y turistas; el alquiler de equipos de transporte humano o animal; la intermediación en servicios turísticos; el alquiler de bicicletas y otros artículos deportivos o turísticos de tierra, mar y aire, y de otros bienes muebles de uso personal; desarrollo de obras de ingeniería y arquitectura y menores de construcción; la organización y gestión de viajes y actividades de asistencia turística y de quehaceres y actividades turísticas tanto de interior y exterior; la prestación de servicios de guía y tour privados y grupales y servicios de agencia y representación para prestación de actividades turísticas y recreativas y servicios de tipo gastronómico; la venta al por menor de enceres turísticos y demás bienes muebles; y todos los demás negocios relacionados con el giro.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

VALENTINA PÍA FERNÁNDEZ VILLABLANCA

Socio

50%

NELSON CALIXTO ZAPATA TEPANO

Socio

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

JACOBO HEY PAOA, abogado, Notario Público Titular de la Notaría de Isla de Pascua, con oficio en calle Tu’u Maheke sin número, Isla de Pascua, certifico que por escritura pública de fecha 10 de octubre de 2018, repertorio N.º 9.496, ante mí: Doña VALENTINA PÍA FERNÁNDEZ VILLABLANCA, domiciliada en calle Ara Piki sin número, Isla de Pascua, Región de Valparaíso; y NELSON CALIXTO ZAPATA TEPANO, domiciliado en calle Ara Piki sin número, Isla de Pascua, Región de Valparaíso, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada.- Nombre o Razón social: “TE RANO LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía: “EXPERIENCIA TE RANO LTDA.”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto La administración y gestión de hospedaje temporal; el arriendo de inmuebles amoblados o con equipos; la prestación de servicios turísticos de aventura y relajación, tanto de interior y exterior y servicios de transporte de pasajeros y turistas; el alquiler de equipos de transporte humano o animal; la intermediación en servicios turísticos; el alquiler de bicicletas y otros artículos deportivos o turísticos de tierra, mar y aire, y de otros bienes muebles de uso personal; desarrollo de obras de ingeniería y arquitectura y menores de construcción; la organización y gestión de viajes y actividades de asistencia turística y de quehaceres y actividades turísticas tanto de interior y exterior; la prestación de servicios de guía y tour privados y grupales y servicios de agencia y representación para prestación de actividades turísticas y recreativas y servicios de tipo gastronómico; la venta al por menor de enceres turísticos y demás bienes muebles; y todos los demás negocios relacionados con el giro.- Capital: $1.000.000.-, que los socios aportan y enteran en este acto, en dinero en efectivo, en partes iguales, recibiendo de manera conforme la sociedad los aportes.- Responsabilidad: Limitada al monto de los aportes.- Administración y uso de razón social: La administración y uso de la razón social corresponderá a ambos socios de manera conjunta.- Duración: La sociedad comienza a regir desde el día de su escritura de constitución, por un plazo de 5 años, hasta el día 10 de octubre de 2023, entendiéndose renovado el plazo, en forma automática y sucesiva, por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que al menos uno de los socios manifestare su voluntad de impedir la prórroga, mediante una declaración realizada por escritura pública, la cual se deberá anotar al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio de Isla de Pascua, con al menos tres meses de anticipación al vencimiento del plazo que corresponda. Demás estipulaciones escritura extractada. Isla de Pascua, 11 de octubre de 2018.

Actes récents

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