Sociedade por Ações

Taller Tecton SpA

CONSTITUCIÓN — 5 de jan. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-01-05Ver PDF (CVE 2247242)

Informações societárias

SpA
Providencia, Región Metropolitana

Objeto social

El objeto de la sociedad es la inversión en todo tipo de bienes corporales muebles, en especial, en acciones emitidas por sociedades del rubro inmobiliario, arquitectónico y de la construcción. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad tendrá plena capacidad legal para adquirir derechos y contraer obligaciones, para celebrar todos los actos que no sean contrarios a la ley o a estos estatutos, y para llevar a cabo todas sus actividades, cumplir los contratos e intervenir en las operaciones que directa o indirectamente se relacionen con el objeto de la Sociedad, pudiendo desarrollar las actividades antes descritas, por cuenta propia o en asociación con terceros.

Capital

Capital total

$200.000

Capital integralizado

$200.000

Capital pendente

$0

Ações

10.000

Sócios (1)

NomeParticipação

INVERSIONES EL ARCÓN LIMITADA

Accionista

76.091.485-1

100%

Representantes perante o SII (2)

Mery Hidalgo Heredia

26.xxx.xxx-5Representante

Antonio Cañada Momblant

24.xxx.xxx-4Representante

Texto oficial do extrato

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Público Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36ª Notaría Santiago, La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia y ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2022, repertorio N°35.774-2022, otorgada ante mí, Luis Roberto Izquierdo Wachholtz, cédula de identidad 6.374.291-0, en representación de Inversiones El Arcón Limitada, sociedad del giro de su denominación, RUT N°76.091.485- 1, constituyó la siguiente sociedad: NOMBRE DE LA SOCIEDAD: Taller Tecton SpA. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad es la inversión en todo tipo de bienes corporales muebles, en especial, en acciones emitidas por sociedades del rubro inmobiliario, arquitectónico y de la construcción. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad tendrá plena capacidad legal para adquirir derechos y contraer obligaciones, para celebrar todos los actos que no sean contrarios a la ley o a estos estatutos, y para llevar a cabo todas sus actividades, cumplir los contratos e intervenir en las operaciones que directa o indirectamente se relacionen con el objeto de la Sociedad, pudiendo desarrollar las actividades antes descritas, por cuenta propia o en asociación con terceros. MONTO A QUE ASCIENDE EL CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: El capital social asciende a $200.000, dividido en 10.000 acciones nominativas, de igual valor cada una, sin valor nominal y de una misma serie, todas las cuales fueron suscritas y pagadas, al contado y en dinero efectivo, por el único accionista INVERSIONES EL ARCÓN LIMITADA, representada por Luis Roberto Izquierdo Wachholtz, cédula de identidad 6.374.291-0, en el acto de constitución de la sociedad. PODERES: Sin que forme parte integrante de los estatutos de Taller Tecton SpA, en artículo 5° transitorio de escritura pública de constitución, se otorgó poder especial a doña Mery Hidalgo Heredia, cédula de identidad N°26.705.368-5; y a don Antonio Cañada Momblant, cédula de identidad N°24.417.197-4, para que, actuando separadamente, representen a Taller Tecton SpA, ante el Servicio de Impuestos Internos con las más amplias facultades y sin limitación alguna, con todas las atribuciones determinadas en el artículo noveno del Código Tributario, incluyendo obtener el rol único tributario de la Sociedad y efectuar la declaración de inicio de actividades de la misma ante el Servicio de Impuestos Internos, obtener clave de internet, y registrar a la Sociedad para el servicio en línea del mismo organismo. En uso de estas facultades, los apoderados podrán efectuar toda clase de presentaciones, declaraciones o peticiones, modificarlas o desistirse de ellas, presentar formularios, elevar solicitudes y, en general, tramitar ante dicho servicio todo lo relacionado con materias tributarias. Se deja expresa constancia que los apoderados podrán delegar en todo o parte el presente poder, revocar las delegaciones y reasumir en cualquier momento. Para que la extinción de este poder surta efectos frente al Servicio de Impuestos Internos, deberá comunicársele por escrito. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2022.

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