Sociedad de Responsabilidad Limitada

Taller De Mantención Y Servicios Integrales Herrera & Escalona Limitada

CONSTITUCIÓN — 12 ene 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-01-12Ver PDF (CVE 1334704)

Información societaria

Ltda
Calama, Antofagasta
Duración: 05 años
Administración: La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá al, don YURI ALEJANDRO HERRERA AYALA.

Objeto social

A) La prestación de servicios múltiples de mecánica, reparación de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros motores, motocicletas, vehículos mineros, y en general toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinarias, máquinas, herramientas y móviles, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase; b) compra y venta de repuestos, accesorios, baterías, cámaras y neumáticos, ruedas o llantas pata vehículos motorizados, aceites lubricantes, y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad.- y los que existan en el futuro, y todo lo atingente, de cualquier manera con lo antes dicho; y demás relacionados de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, distribución y comercialización en general de bienes, productos y materias primas relacionada directa e indirectamente con la actividad propios o de terceros, sin perjuicios de los demás negocios o actividades que los socios acuerden relacionado con el giro señalado.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

VERÓNICA CECILIA ESCALONA GUTIERREZ

Socio

10.xxx.xxx-1

50%

YURI ALEJANDRO HERRERA AYALA

Socio

11.xxx.xxx-6

50%

Administradores (1)

YURI ALEJANDRO HERRERA AYALA

11.xxx.xxx-6Administrador

Texto oficial del extracto

ALEJANDRO GEMMEL MARTINEZ, Notario Público 3° Notaría Calama, con oficio en calle Vargas 2209, Calama, certifica que por escritura pública hoy, ante mí, VERÓNICA CECILIA ESCALONA GUTIERREZ, chilena, empresaria, divorciada, domiciliada en José Santos Ossa 3610, Calama, cédula de identidad 10.026.139-1 y YURI ALEJANDRO HERRERA AYALA, chileno, divorciado, ingeniero mecánico, domiciliado en José Santos Ossa 3610, Calama, cédula de identidad 11.469.670-6, constituyen sociedad "TALLER DE MANTENCIÓN Y SERVICIOS ÍNTEGRALES HERRERA & ESCALONA LIMITADA", nombre de fantasía "H&E LTDA" OBJETO: A) La prestación de servicios múltiples de mecánica, reparación de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros motores, motocicletas, vehículos mineros, y en general toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinarias, máquinas, herramientas y móviles, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase; b) compra y venta de repuestos, accesorios, baterías, cámaras y neumáticos, ruedas o llantas pata vehículos motorizados, aceites lubricantes, y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad.- y los que existan en el futuro, y todo lo atingente, de cualquier manera con lo antes dicho; y demás relacionados de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, distribución y comercialización en general de bienes, productos y materias primas relacionada directa e indirectamente con la actividad propios o de terceros, sin perjuicios de los demás negocios o actividades que los socios acuerden relacionado con el giro señalado. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la comuna de Calama, sin perjuicio de las sucursales, oficinas, agencias o representaciones que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero.- ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá al, don YURI ALEJANDRO HERRERA AYALA. El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Verónica Cecilia Escalona Gutiérrez aporta $5.000.000, en dinero efectivo, correspondiente al 50% del capital común, y Yuri Alejandro Herrera Ayala, aporta la suma de $5.000.000, en dinero efectivo, correspondiente al 50% del capital social común, ambos enterados e ingresados en arcas sociales en este acto. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de este instrumento y tendrá una duración de 05 años. Sin perjuicio de lo anterior, el plazo se entenderá automáticamente renovado por períodos iguales y sucesivos de un año cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de no continuarla mediante declaración hecha por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con a lo menos noventa días de anticipación a la fecha de expiración del plazo original o de la prórroga en su caso. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy Fe. Calama, 02 de Enero de 2018.

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Relaciones societarias

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