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Sociedade por Ações

St Plast Solutions SpA

CONSTITUCIÓN — 16 de mar. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-03-16Ver PDF (CVE 2783723)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administração: La administración de la sociedad corresponderá a doña ROMINA GISSELLE VERÓNICA MIRANDA ALARCÓN; y a don MARCO ANTONIO VÁSQUEZ BERMEJO, quienes podrán actuar individual y separadamente, en los términos señalados en la escritura extractada.

Objeto social

El objeto de la sociedad será el de: a) Compra, venta, importación, exportación, producción, fabricación, distribución y comercialización, al por mayor y al detalle, de toda clase de bienes, en especial de productos plásticos, envases, embalajes, materias primas, polímetros y productos derivados; b) La prestación de servicios de logística, almacenamiento, transporte y distribución de dichos productos; c) La representación de marcas, empresas o fabricantes nacionales o extranjeros; d) La transformación, reciclaje y valorización de productos plásticos; e) La prestación de servicios de asesoría técnica y comercial relacionados con su giro; f) La participación en toda clase de sociedades, asociaciones o comunidades, nacionales o extranjeras, cualquiera que sea su objeto social, pudiendo formar, constituir e integrar cualquier tipo de sociedad, pudiendo percibir sus frutos; y, g) En general, la celebración de todos los negocios, actos y contratos que directa o indirectamente se relacionen con los objetos anteriores u otros que acuerden los accionistas, pudiendo ser desarrolladas todas las actividades anteriormente señaladas por la sociedad, total o parcialmente, por sí misma o a través de terceros.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

1.000

Sócios (2)

NomeParticipação

ROMINA GISSELLE VERÓNICA MIRANDA ALARCÓN

Accionista

-

MARCO ANTONIO VÁSQUEZ BERMEJO

Accionista

-

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público Interino de la 40° Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos N° 332, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, comparecieron: a) ROMINA GISSELLE VERÓNICA MIRANDA ALARCÓN; b) MARCO ANTONIO VÁSQUEZ BERMEJO, constituyeron una Sociedad por Acciones. Nombre: “ST PLAST SOLUTIONS SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía, para todos los efectos legales, el de “ST PLAST SpA” o “ST PLAST”. Objeto: El objeto de la sociedad será el de: a) Compra, venta, importación, exportación, producción, fabricación, distribución y comercialización, al por mayor y al detalle, de toda clase de bienes, en especial de productos plásticos, envases, embalajes, materias primas, polímetros y productos derivados; b) La prestación de servicios de logística, almacenamiento, transporte y distribución de dichos productos; c) La representación de marcas, empresas o fabricantes nacionales o extranjeros; d) La transformación, reciclaje y valorización de productos plásticos; e) La prestación de servicios de asesoría técnica y comercial relacionados con su giro; f) La participación en toda clase de sociedades, asociaciones o comunidades, nacionales o extranjeras, cualquiera que sea su objeto social, pudiendo formar, constituir e integrar cualquier tipo de sociedad, pudiendo percibir sus frutos; y, g) En general, la celebración de todos los negocios, actos y contratos que directa o indirectamente se relacionen con los objetos anteriores u otros que acuerden los accionistas, pudiendo ser desarrolladas todas las actividades anteriormente señaladas por la sociedad, total o parcialmente, por sí misma o a través de terceros. Administración: La administración de la sociedad corresponderá a doña ROMINA GISSELLE VERÓNICA MIRANDA ALARCÓN; y a don MARCO ANTONIO VÁSQUEZ BERMEJO, quienes podrán actuar individual y separadamente, en los términos señalados en la escritura extractada. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 04 de marzo de 2026. RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Interino.

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