Sociedad por Acciones

Soleil Chile SpA

CONSTITUCIÓN — 20 feb 2020

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2020-02-20Ver PDF (CVE 1728999)

Información societaria

SpA
Viña del Mar, Valparaíso
Duración: indefinido
Administración: Administrador

Objeto social

El objeto de esta Sociedad, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades, será: a) la importación, comercialización y exportación de artículos electrónicos, compra y venta de artículos de peluquería y todo tipo de implementos asociados al rubro de la peluquería; b) la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social; c) la realización de cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores descritas, sin que para ello sea necesario la modificación de los presentes Estatutos.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (1)

NombreParticipación

ALVAR EDUARDO MUJICA PLATZ

Accionista

100%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular de la 27º Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 31 de Enero de 2020, repertorio N° 1808-2020, ante la notario interino de esta notaría doña Margarita Moreno Zamorano, don ALVAR EDUARDO MUJICA PLATZ, domiciliado en Huérfanos mil cincuenta y dos, oficina novecientos uno, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones en los términos siguientes. Nombre: “SOLEIL CHILE SpA”, pudiendo actuar sin limitación alguna ante todo tipo de personas naturales y jurídicas, sean públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza o denominación, incluso ante bancos e instituciones financieras y organismos fiscales y municipales. Objeto: Objeto social. El objeto de esta Sociedad, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades, será: a) la importación, comercialización y exportación de artículos electrónicos, compra y venta de artículos de peluquería y todo tipo de implementos asociados al rubro de la peluquería; b) la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social; c) la realización de cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores descritas, sin que para ello sea necesario la modificación de los presentes Estatutos. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000.- (UN MILLÓN DE PESOS) y se divide y representa en 1.000 (MIL) acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de la siguiente manera: a) Alvar Eduardo Mujica Platz, por mil acciones, quien paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, la suma total de un millón de pesos chilenos, que ingresa a las arcas sociales. Domicilio: Viña del Mar, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración: El plazo de duración de la sociedad será indefinido. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un administrador, quien podrá actuar y ejercer las facultades propias de la administración, pudiendo designar gerente general y asumir dicho cargo. Hasta que no se decida su modificación por una Junta de Accionistas, de cuya acta se deberá dejar constancia por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, la administración de la sociedad un administrador, el que se designa en el artículo segundo transitorio de estos estatutos. El administrador estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de una Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder especial alguno. Lo anterior es sin perjuicio de la representación legal que compete al Gerente General o de las facultades que la propia administración le otorgue, de conformidad con la ley o estos estatutos. Sin perjuicio de la designación que el administrador haga de un Gerente General, el administrador podrá delegar parte de sus facultades en otros Gerentes, Sub Gerentes o abogados de la Sociedad y aún para objetos especialmente determinados, en otras personas. Demás menciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de febrero de 2020.

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