Sociedad Ruiz Y Zaror Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
a) VENTA AL POR MENOR POR CORREO, POR INTERNET Y VÍA TELEFÓNICA; b) OTRAS ACTIVIDADES DE VENTA AL POR MENOR EN COMERCIOS NO ESPECIALIZADOS N.C.P; c) VENTA AL POR MENOR DE ALIMENTOS EN COMERCIOS ESPECIALIZADOS (ALMACENES PEQUEÑOS Y MINIMARKET); y d) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.
资本
总资本
$5.000.000
实缴资本
$2.000.000
待缴资本
$3.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
SEBASTIÁN NICOLÁS RUIZ GONZÁLEZ Socio 17.xxx.xxx-7 | 17.xxx.xxx-7 | 50% | $2.500.000 |
Socio 17.xxx.xxx-7 | 17.xxx.xxx-7 | 50% | $2.500.000 |
管理人(2)
SEBASTIÁN NICOLÁS RUIZ GONZÁLEZ
摘要官方正文
JESSICA LORENA AGUILERA TAPIA, Abogado, Notario Público 4° Notaría Los Ángeles, suplente del titular don JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA Caupolicán 355, Los Angeles, certifico: Por escritura pública, REP. 5326-2020, hoy ante mi; don SEBASTIÁN NICOLÁS RUIZ GONZÁLEZ, chileno, contador auditor, soltero, cédula de identidad número diecisiete millones ochocientos sesenta y ocho mil novecientos diecisiete guion siete, domiciliado en calle Darío Barrueto número doscientos setenta y tres, de la comuna de Los Ángeles y don WALTER SEBASTIÁN ZAROR MAZA, chileno, nutricionista, soltero, cédula de identidad número diecisiete millones trescientos sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta y siete guion siete, domiciliado en Eloíza Díaz número ciento veintiocho, de la comuna de Los Ángeles; Los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas anotadas, y exponen: PRIMERO: Del nombre y razón social: Será “SOCIEDAD RUIZ Y ZAROR LIMITADA”. Sin embargo la sociedad y/o los socios podrá funcionar ante todo organismo o autoridad e incluso ante los Bancos y con capacidad para obligarla, bajo el nombre de Fantasía de “TEMPLO FITNESS LTDA.”.- SEGUNDO: Del objeto social: Será: a) VENTA AL POR MENOR POR CORREO, POR INTERNET Y VÍA TELEFÓNICA; b) OTRAS ACTIVIDADES DE VENTA AL POR MENOR EN COMERCIOS NO ESPECIALIZADOS N.C.P; c) VENTA AL POR MENOR DE ALIMENTOS EN COMERCIOS ESPECIALIZADOS (ALMACENES PEQUEÑOS Y MINIMARKET); y d) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.- TERCERO: Del domicilio social: Será la comuna de Los Ángeles, Región del Biobío, sin perjuicio de abrir sucursales en cualquier lugar del país o en el extranjero.- CUARTO: De la Administración y uso de la razón social: Corresponderá en única y exclusivamente a los socios don SEBASTIÁN NICOLÁS RUIZ GONZÁLEZ y don WALTER SEBASTIÁN ZAROR MAZA quienes actuando en forma conjunta y anteponiendo la razón social a sus firmas, la obligarán y representarán con las más amplias facultades de administración, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos.- QUINTO: Del capital: El Capital social asciende a la suma de cinco millones de pesos, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: UNO) El socio don SEBASTIÁN NICOLÁS RUIZ GONZÁLEZ, con la suma de dos millones quinientos mil pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de un millón de pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social, y b) con la suma de un millón quinientos mil pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de suscripción de la presente escritura pública; y DOS) El socio don WALTER SEBASTIÁN ZAROR MAZA con la suma de dos millones quinientos mil pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de un millón de pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social, y b) con la suma de un millón quinientos mil pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de suscripción de la presente escritura pública. El socio podrá cumplir su obligación de enterar el aporte a que se ha comprometido, mediante el pago de dinero o aporte en domino o usufructo de toda clase de bienes muebles o raíces corporales o incorporales como también capitalizando utilidades que le correspondan en la sociedad.- SEXTO: De las utilidades y pérdidas.- Se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes.- SÉPTIMO: Del plazo y renovación automática.- La sociedad se pacta por un plazo de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de diez años, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de un año al vencimiento del período respectivo o de la prórroga que estuviera vigente.- OCTAVO: De la responsabilidad.- Los socios declaran que su responsabilidad personal en las deudas sociales quedan limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Angeles, 28 de diciembre de 2020.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD RUIZ Y ZAROR LIMITADA
CVE 1874736
