Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Rotaliana Limitada

CONSTITUCIÓN — 2 dic 2023

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2023-12-02Ver PDF (CVE 2416423)

Información societaria

Ltda
Coquimbo, Coquimbo
Duración: cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento o renovación respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social
Administración: Administración, representación y uso de razón social corresponderá exclusivamente al socio GIOVANNI VANZI TAVA; ante su eventual impedimento, corresponderá a cualquiera de los socios, quienes deberán obrar conjuntamente con otro socio

Objeto social

la realización de toda clase de negocios relacionados con la agricultura y la explotación en cualquier forma de predios rústicos, propios o ajenos, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios, realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden

Capital

Capital total

$61.000.000

Capital pagado

$61.000.000

Socios (5)

NombreParticipación

GIOVANNI VANZI TAVA

Socio

4%

FRANCO ERMINIO VANZI BALDO

Socio

24%

CARLOS LUIS VANZI BALDO

Socio

24%

SILVANA MARÍA ELIA VANZI BALDO

Socio

24%

MARÍA TERESA LILIANA VANZI BALDO

Socio

24%

Administradores (1)

GIOVANNI VANZI TAVA

Administrador

Texto oficial del extracto

MARÍA JOSÉ MONTESINO BIANCHI, Notario Público Titular 5º Notaría Coquimbo, Avenida Regimiento Arica N°1641, Local 101, Strip Center Tambo de Peñuelas, certifico: Que, por escritura otorgada hoy, ante mí, GIOVANNI VANZI TAVA, domiciliado en Parcela 19-A, camino a Huachalalume, San Ramón, Coquimbo; FRANCO ERMINIO VANZI BALDO, domiciliado en Parcela número 5, San Ramón, Coquimbo; CARLOS LUIS VANZI BALDO, Parcela 19-A, camino a Huachalalume, San Ramón, Coquimbo; SILVANA MARÍA ELIA VANZI BALDO, domiciliada en Parcela 19-A, camino a Huachalalume, San Ramón, Coquimbo; y MARÍA TERESA LILIANA VANZI BALDO, domiciliada en Los Arrayanes número 784, La Serena; vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: “Sociedad Rotaliana Limitada”, pudiendo usar nombre de fantasía de “Rotaliana Ltda”, que la obligará de la misma manera que la razón social. Objeto: será la realización de toda clase de negocios relacionados con la agricultura y la explotación en cualquier forma de predios rústicos, propios o ajenos, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios, realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Administración, representación y uso de razón social corresponderá exclusivamente, al socio GIOVANNI VANZI TAVA con las facultades que se indican en la escritura. Ante la eventualidad de encontrarse impedido el administrador y socio GIOVANNI VANZI TAVA, circunstancia que no deberá ser acreditada de ninguna forma, la administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá, a cualquiera de los socios, los que deberán obrar conjuntamente con otro socio, manteniendo las mismas facultades que se indican en la escritura. El capital de la sociedad es la cantidad de sesenta y un millones de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don GIOVANNI VANZI TAVA, aporta la cantidad de cuarenta y cinco millones de pesos, que corresponde al cuatro por ciento del capital social, mediante el aporte en dominio pleno de los inmuebles que han sido tasados por los socios en la cantidad aportada mencionada precedentemente según consta de la escritura extractada; b) FRANCO VANZI BALDO, aporta la cantidad de cuatro millones de pesos, que corresponde al veinticuatro por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; c) CARLOS VANZI BALDO aporta la cantidad de cuatro millones de pesos, que corresponde al veinticuatro por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; d) SILVANA VANZI BALDO aporta la cantidad de cuatro millones de pesos, que corresponde al veinticuatro por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, e) MARÍA TERESA VANZI BALDO aporta la cantidad de cuatro millones de pesos, que corresponde al veinticuatro por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingreso a caja social. Duración: cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento o renovación respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Coquimbo, 24 noviembre de 2023.

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