Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Pepita De Amor Limitada

CONSTITUCIÓN — 3 abr 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-04-03Ver PDF (CVE 1375598)

Información societaria

Ltda
Punta Arenas, Magallanes
Duración: 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años
Administración: Corresponderá a ambos socios, separada e indistintamente, quienes anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades y las especiales que se indican en la escritura extractada.

Objeto social

la residencia de personas de sesenta años o más que, por motivos biológicos, psicológicos o sociales, requieren de un medio ambiente protegido y cuidados diferenciados que allí reciben. Dichos cuidados tienen por objeto la prevención y mantención de su salud, la mantención y estimulación de su funcionalidad y el reforzamiento de sus capacidades remanentes. Para conseguir estos objetivos y sin que esta enumeración sea taxativa, la Fundación podrá: a) -Ofrecer un hábitat seguro, accesible, orientado y adaptado a las necesidades de los residentes, en un ambiente confortable garantizando el pleno respeto a sus derechos. b) Facilitar la integración y la convivencia en el centro, favoreciendo la interrelación con el entorno, respetando la intimidad y privacidad individuales. c) Promover su autonomía y prevenir, mantener y recuperar sus capacidades funcionales, evitando o retardando su dependencia y estimulando su normalización. d) Proveer atención de salud, prevención y tratamiento de enfermedades, así como de los cuidados al final de la vida que precisen los residentes, en coordinación con los servicios de salud locales. La sociedad podrá realizar actividades económicas que se relacionen con sus fines; asimismo, podrá invertir sus recursos de la manera que decidan sus órganos de administración, u otros que digan relación directa o indirecta con lo señalado o que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$17.500.000

Capital pagado

$17.500.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

ARTURO ANIBAL AGUILAR AGUILAR

Socio

50%

KAREN IVONNE SERON VILLALON

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

IGOR ANDRES TRINCADO URRA, Notario Público de Punta Arenas, 21 de Mayo N°1123, CERTIFICA: Por escritura pública, de fecha 23 marzo 2018, Repertorio 801-18, ante mí, ARTURO ANIBAL AGUILAR AGUILAR, calle Juan Williams N° 08051, Rio Seco y KAREN IVONNE SERON VILLALON, calle Juan Williams N° 08051, Rio Seco, ambos Punta Arenas, constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD PEPITA DE AMOR LIMITADA” o “PEPITA DE AMOR LTDA”. DOMICILIO: Punta Arenas, sin perjuicio que pueda establecer sucursales o agencias en otros puntos del país o en el extranjero. OBJETO: el objeto de la sociedad será la residencia de personas de sesenta años o más que, por motivos biológicos, psicológicos o sociales, requieren de un medio ambiente protegido y cuidados diferenciados que allí reciben. Dichos cuidados tienen por objeto la prevención y mantención de su salud, la mantención y estimulación de su funcionalidad y el reforzamiento de sus capacidades remanentes. Para conseguir estos objetivos y sin que esta enumeración sea taxativa, la Fundación podrá: a) -Ofrecer un hábitat seguro, accesible, orientado y adaptado a las necesidades de los residentes, en un ambiente confortable garantizando el pleno respeto a sus derechos. b) Facilitar la integración y la convivencia en el centro, favoreciendo la interrelación con el entorno, respetando la intimidad y privacidad individuales. c) Promover su autonomía y prevenir, mantener y recuperar sus capacidades funcionales, evitando o retardando su dependencia y estimulando su normalización. d) Proveer atención de salud, prevención y tratamiento de enfermedades, así como de los cuidados al final de la vida que precisen los residentes, en coordinación con los servicios de salud locales. La sociedad podrá realizar actividades económicas que se relacionen con sus fines; asimismo, podrá invertir sus recursos de la manera que decidan sus órganos de administración, u otros que digan relación directa o indirecta con lo señalado o que acuerden los socios. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZON SOCIAL: Corresponderá a ambos socios, separada e indistintamente, quienes anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades y las especiales que se indican en la escritura extractada. CAPITAL: 17.500.000, que se aportan y enteran por los socios de la siguiente forma: a) ARTURO ANIBAL AGUILAR AGUILAR $8.750.000, equivalente al 50% del capital social; b) KAREN IVONNE SERON VILLALON $8.750.000, equivalente al 50% del capital social, montos que la sociedad declara recibir en este acto a su entera satisfacción y conformidad. DURACION: 5 años a contar de la fecha de la presente escritura. Dicho plazo se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años, forma indicada escritura extractada. RESPONSABILIDAD: Cada socio queda limitado al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones consta escritura extractada. Punta Arenas, 29 de marzo de 2018.

Actuaciones recientes

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Relaciones societarias

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