Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Opazo Y Soto Compañía Limitada

CONSTITUCIÓN — 26 oct 2016

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2016-10-26Ver PDF (CVE 1128324)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 10 años a contar de esta fecha, renovable tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales si ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término mediante notificación hecha por Notario Público, con una anticipación de a lo menos 1 mes antes fin respectivo periodo
Administración: corresponderá a ambos socios, pudiendo actuar en forma conjunta o separadas, amplias facultades

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) La compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; cualesquiera actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria.- B) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena, la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles; el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles, la realización de loteos y obras de urbanización. La asesoría y consultoría profesional en áreas de arquitectura, diseño y construcción, sea por cuenta propia o ajena, de todo tipo de negocios y proyectos, y de toda otra actividad relacionada con la anterior que acordaren los socios, pudiendo para el cumplimiento del objeto social participar en licitaciones públicas y/o privadas, asociarse con terceros, sean personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras y/o formar sociedades de cualquier naturaleza; celebrar convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas con el objeto social, en cualesquiera de sus formas y, en general, ejecutar de toda clase de actos contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de los fines sociales.- C) Dar, tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, hosterías, residenciales, albergues, bed & breakfast y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurantes, bar, salón de té, fiestas espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamientos de guías, convenciones, exposiciones, congresos, reuniones y otros ;compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo nacional y extranjero, actual o futuro; el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar, y centro de eventos o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcoholicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; la organización de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos.- y en general la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales que los socios acuerden sin limitación de ninguna especie

Capital

Capital total

$75.000.000

Capital pagado

$55.000.000

Capital pendiente

$20.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

ANDREA CAROLINA OPAZO MARINAKIS

Socio

60%

OSCAR RADAMES SOTO RIVEROS

Socio

40%

Texto oficial del extracto

EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34º Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº359, comuna de Providencia, Certifico: Por escritura de fecha 11 de octubre de 2016, ante mí, ANDREA CAROLINA OPAZO MARINAKIS y don OSCAR RADAMES SOTO RIVEROS, ambos domiciliados en calle General Dunhan, número setecientos sesenta y tres, de la Comuna de Ñuñoa, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “SOCIEDAD OPAZO Y SOTO COMPAÑÍA LIMITADA”, nombre fantasía “HUILLIN INVERSIONES” Objeto: El objeto de la sociedad será: A) La compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; cualesquiera actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria.- B) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena, la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles; el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles, la realización de loteos y obras de urbanización. La asesoría y consultoría profesional en áreas de arquitectura, diseño y construcción, sea por cuenta propia o ajena, de todo tipo de negocios y proyectos, y de toda otra actividad relacionada con la anterior que acordaren los socios, pudiendo para el cumplimiento del objeto social participar en licitaciones públicas y/o privadas, asociarse con terceros, sean personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras y/o formar sociedades de cualquier naturaleza; celebrar convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas con el objeto social, en cualesquiera de sus formas y, en general, ejecutar de toda clase de actos contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de los fines sociales.- C) Dar, tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, hosterías, residenciales, albergues, bed & breakfast y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurantes, bar, salón de té, fiestas espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamientos de guías, convenciones, exposiciones, congresos, reuniones y otros ;compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo nacional y extranjero, actual o futuro; el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar, y centro de eventos o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcoholicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; la organización de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos.- y en general la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales que los socios acuerden sin limitación de ninguna especie.- Administración, Representación y Uso Razón Social: corresponderá a ambos socios, pidiendo actuar en forma conjunta o separadas, amplias facultades.- Capital: $75.000.000-, que los socios aportan siguiente forma: a) ANDREA CAROLINA OPAZO MARINAKIS, aporta $45.000.000.- equivalente al 60% capital social, enterado $25.000.000.- este acto al contado y el saldo de $20.000.000 será enterado en un plazo no superior a tres años.- b) OSCAR RADAMES SOTO RIVEROS, aporta la suma de treinta millones de pesos ($30.000.000.-) equivalentes a un cuarenta por ciento (40%) de los derechos sociales, y paga de la siguiente forma: 1) Veinticinco millones de pesos ($25.000.000) mediante el aporte en dominio de dos lotes de terreno, ubicados en Huillinco, Comuna de Chonchi, Provincia de Chiloé, Región de Los Lagos ; 2) Cinco millones de pesos ($5.000.000.-) mediante el aporte en dominio de un vehículo station wagon, marca Hyundai, modelo Santa Fe GLS 2.2 AT, año 2011, motor D4HBAU361393, número de chasis KMHSH81XDBU71622, de propiedad de don Oscar Soto Riveros.- Duración: 10 años a contar de esta fecha, renovable tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales si ningún socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante notificación hecha por Notario Público, con una anticipación de a lo menos 1 mes antes fin respectivo periodo.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca en resto del país.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 12 octubre de 2016.

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Relaciones societarias

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