Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad Medica Y Odontologica Cardenas & Naranjo Compañia Limitada

CONSTITUCIÓN — 22 de set. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-09-22Ver PDF (CVE 1818894)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años, contados fecha escritura, prorrogable tácita, automática y sucesivamente por iguales de 5 años cada uno, manera indicada
Administração: indistinta y separadamente a las socias MADELEINE LUCIA MALAVE ORDOÑEZ, NATASCHA ANDREINA MARTINS SIERRA y SAIDA KARINA CARDENAS SALINAS, con amplias facultades

Objeto social

La prestación de servicios profesionales en la rama o especialidad de la medicina Dental en todas sus áreas, ya sea odontológica, ortodoncia, prótesis dental, implante dental, blanqueamiento dental en beneficios de los pacientes en temas Odontológicos Dentales, cirugías dentales y radiologías dentales y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, Municipal o Privado. La prestación de todo tipo de servicios profesionales en el área de la salud, directamente a los pacientes a través de clínicas, asociaciones u otras organizaciones vinculadas con la medicina tradicional y/o alternativa, inclusive la atención a domicilio, sin perjuicio de otras atenciones médicas que la sociedad decida prestar, tanto a nivel público como privado; la prestación de servicios de laboratorio, exámenes, kinesioterapia, cirugías, centros de diálisis, enfermería, reducción de peso y tecnología médica; la prestación de servicios de estética, tratamientos corporales, naturistas y alternativos; la explotación de centros de medicina tanto tradicional como alternativa; Hipnosis Clínica, Programas de entrenamiento en beneficio a las actividades de la sociedad; y, cualquier otro negocio o actividad que los socios de común acuerdo determinen, estén o no relacionados con los objetos antes señalados.

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital integralizado

$20.000.000

Sócios (4)

NomeParticipação

GUSTAVO ENRIQUE NARANJO FERNANDEZ

Socio

30%

MADELEINE LUCIA MALAVE ORDOÑEZ

Socio

24%

NATASCHA ANDREINA MARTINS SIERRA

Socio

23%

SAIDA KARINA CARDENAS SALINAS

Socio

23%

Texto oficial do extrato

Paulina Celis Maggi, Abogada, Notario de Santiago, Suplente del Notario Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don GUSTAVO ENRIQUE NARANJO FERNANDEZ, domiciliado en Román Díaz 720, departamento 507, comuna de Providencia, ciudad de Santiago; doña MADELEINE LUCIA MALAVE ORDOÑEZ, domiciliada en calle Juan Montalvo 75, departamento 311, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; doña NATASCHA ANDREINA MARTINS SIERRA, domiciliada en calle Mardonal 8431, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; y doña SAIDA KARINA CARDENAS SALINAS, domiciliada en Las Lagunitas Sur 6847, comuna de La Florida, ciudad de Santiago; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD MEDICA Y ODONTOLOGICA CARDENAS & NARANJO COMPAÑIA LIMITADA” nombre de fantasía “BOCCA DENTAL PROVIDENCIA Y CIA. LTDA”. Administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá indistinta y separadamente a las socias MADELEINE LUCIA MALAVE ORDOÑEZ, NATASCHA ANDREINA MARTINS SIERRA y SAIDA KARINA CARDENAS SALINAS, con amplias facultades. Capital Social: $20.000.000, que socios aportan y enteran siguiente forma: a) Don Gustavo Enrique Naranjo Fernández, aporta y entera la suma de $6.000.000, equivalentes al 30% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social; b) Doña Madeleine Lucía Malave Ordoñez, aporta y entera la suma de $4.800.000, equivalentes al 24% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social; c) Doña Natascha Andreina Martins Sierra, aporta y entera la suma de $4.600.000, equivalentes al 23% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social; y d) Doña Saida Karina Cárdenas Salinas, aporta y entera la suma de $4.600.000, equivalentes al 23% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social.- Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Objeto: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios profesionales en la rama o especialidad de la medicina Dental en todas sus áreas, ya sea odontológica, ortodoncia, prótesis dental, implante dental, blanqueamiento dental en beneficios de los pacientes en temas Odontológicos Dentales, cirugías dentales y radiologías dentales y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, Municipal o Privado. La prestación de todo tipo de servicios profesionales en el área de la salud, directamente a los pacientes a través de clínicas, asociaciones u otras organizaciones vinculadas con la medicina tradicional y/o alternativa, inclusive la atención a domicilio, sin perjuicio de otras atenciones médicas que la sociedad decida prestar, tanto a nivel público como privado; la prestación de servicios de laboratorio, exámenes, kinesioterapia, cirugías, centros de diálisis, enfermería, reducción de peso y tecnología médica; la prestación de servicios de estética, tratamientos corporales, naturistas y alternativos; la explotación de centros de medicina tanto tradicional como alternativa; Hipnosis Clínica, Programas de entrenamiento en beneficio a las actividades de la sociedad; y, cualquier otro negocio o actividad que los socios de común acuerdo determinen, estén o no relacionados con los objetos antes señalados.- Duración: 5 años, contados fecha escritura, prorrogable tácita, automática y sucesivamente por iguales de 5 años cada uno, manera indicada. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o del extranjero.- Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 14 de Septiembre de 2020.- Paulina Celis Maggi, Abogada, Notario de Santiago, Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia.

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