Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad Médica Lascar Limitada

CONSTITUCIÓN — 21 de dez. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-12-21Ver PDF (CVE 1868544)

Informações societárias

Ltda
Curicó, Maule
Duração: 5 años, renovables por periodos iguales
Administração: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a don FRANK DANILO CASTELLON ALVAREZ, con las más amplias facultades.

Objeto social

La prestación de servicios profesionales en el área de la medicina, de la enfermería y de la salud, tales como el diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación, y rehabilitación orgánica, fisiológica física, psíquica, y estética de enfermos y personas, quirúrgicos, de enfermería, kinesiología, terapia ocupacional, y, en general, los que correspondan a todas y cada una de las especialidades del área de la salud, en forma directa o a través de convenios, con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, todo tipo de aseguradoras, servicios de bienestar de orden público o privado, de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; b) Otorgar tratamientos médicos generales o especiales, proporcionar atención médica, exámenes y consultas en centros médicos y a domicilios; c) El estudio, diseño, planificación, instalación y funcionamiento de clínicas médicas, centros médicos, centros de salud, por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos asistenciales; d) prestar asesorías relacionadas con la medicina, la enfermería o la salud en general; e) Dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científicas, realizar publicaciones, investigación profesional y técnica, capacitación y perfeccionamiento, intercambios y experiencias de todo lo expresado; f) La realización e informes de exámenes imagenológicos o de otro tipo; g) La realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la medicina y la enfermería o que los socios acuerden por escrito y siempre y cuando se relacione con el objeto social, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Para tales efectos, la sociedad podrá adquirir todos los bienes e infraestructura necesaria para la adecuada e íntegra prestación de los servicios señalados.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

FRANK DANILO CASTELLON ALVAREZ

Socio

8.xxx.xxx-8

50%

MARIA GLADYS GUTIERREZ DUARTE

Socio

15.xxx.xxx-8

50%

Administradores (1)

FRANK DANILO CASTELLON ALVAREZ

8.xxx.xxx-8Administrador

Texto oficial do extrato

CRISTOBAL IGNACIO LY VALLOTTON, Abogado, Notario Público Suplente Titular El Loa-Calama, VÍCTOR ANTONIO VARAS PLAZA, Sotomayor 1961, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí: don FRANK DANILO CASTELLON ALVAREZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Rut 8.876.175-8, domiciliado en calle Uno Nº 639, Santa Ana del Boldo, comuna de Curicó, y doña MARIA GLADYS GUTIERREZ DUARTE, chilena, casada y separada totalmente de bienes, Rut 15.803.334-8, domiciliada en calle Chañar Nº 2562, Villa Miraflores, comuna de Calama, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, conforme a la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones. Razón social: “SOCIEDAD MÉDICA LASCAR LIMITADA”. Nombre fantasía “LASCAR LTDA.” Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Curicó, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda abrir en otros puntos del país.- Objeto: El objeto de la empresa será: a) La prestación de servicios profesionales en el área de la medicina, de la enfermería y de la salud, tales como el diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación, y rehabilitación orgánica, fisiológica física, psíquica, y estética de enfermos y personas, quirúrgicos, de enfermería, kinesiología, terapia ocupacional, y, en general, los que correspondan a todas y cada una de las especialidades del área de la salud, en forma directa o a través de convenios, con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, todo tipo de aseguradoras, servicios de bienestar de orden público o privado, de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; b) Otorgar tratamientos médicos generales o especiales, proporcionar atención médica, exámenes y consultas en centros médicos y a domicilios; c) El estudio, diseño, planificación, instalación y funcionamiento de clínicas médicas, centros médicos, centros de salud, por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos asistenciales; d) prestar asesorías relacionadas con la medicina, la enfermería o la salud en general; e) Dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científicas, realizar publicaciones, investigación profesional y técnica, capacitación y perfeccionamiento, intercambios y experiencias de todo lo expresado; f) La realización e informes de exámenes imagenológicos o de otro tipo; g) La realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la medicina y la enfermería o que los socios acuerden por escrito y siempre y cuando se relacione con el objeto social, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Para tales efectos, la sociedad podrá adquirir todos los bienes e infraestructura necesaria para la adecuada e íntegra prestación de los servicios señalados. La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a don FRANK DANILO CASTELLON ALVAREZ, con las más amplias facultades. El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.- aportados de la siguiente forma: a) don FRANK DANILO CASTELLON ALVAREZ aporta en este acto la suma de $5.000.000.-, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social en dinero en efectivo, y que han sido enterados en las arcas sociales; b) doña MARIA GLADYS GUTIERREZ DUARTE aporta en este acto la suma de $5.000.000.-, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social en dinero en efectivo, y que han sido enterados en las arcas sociales. El capital queda totalmente enterado. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en proporción a sus aportes. La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 5 años, renovables por periodos iguales.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. CALAMA, 18 DE DICIEMBRE DE 2020.

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