Sociedad por Acciones

Sociedad José Lillo SpA

CONSTITUCIÓN — 25 ago 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-08-25Ver PDF (CVE 1453506)

Información societaria

SpA
Rancagua, O'Higgins
Duración: 10 años
Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá al socio

Objeto social

Medicina Alternativa; Terapeuta Mención en Acupuntura y Estética Profesional Cosmetológica; Masajes Complementarios en Relajación y Mención Masoterapia; Quiropráctico Mención en Acupuntura; Terapeuta en Quiromasaje Reductivo en Obesidad Mórbida; Terapeuta en Drogadicción, Alcoholismo, Neoprenismo Mención Unánime; Tratamiento al Dolor, Lumbago, Artrosis, Escoliosis en Digitopuntura y Acupuntura; y en general cualquier otra actividad se relacionen o no con el objeto social, pudiendo efectuar todo tipo de negocios o asuntos que en definitiva acuerden los socios.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (1)

NombreParticipación

JOSE REYNALDO LILLO OLIVARES

Accionista

7.xxx.xxx-6

100%

Administradores (1)

JOSE REYNALDO LILLO OLIVARES

7.xxx.xxx-6Administrador

Texto oficial del extracto

Carlos Horacio Guzmán Baigorria, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la 2da. Notaría San Fernando, con oficio en calle Chillán Nº 595-A, CERTIFICO: Por escritura pública, hoy ante mí, JOSE REYNALDO LILLO OLIVARES, chileno, casado, empresario, C.N.I. N° 7.327.689-6, domicilio en Huelquehue N° 1190, Villa Hermano de La Fuente, comuna de Rancagua; constituyo una Sociedad por Acciones, hasta monto de su aporte. La que se regirá por el estatuto social y en silencio del estatuto social, de las disposiciones de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio. La sociedad se regirá supletoriamente y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas.- RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD JOSÉ LILLO SpA” sin perjuicio de ello, la sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive, ante los bancos e instituciones de créditos, Servicio de Impuestos Internos y, en general, ante cualquier institución pública o privada, de carácter nacional e internacional, con el nombre de fantasía de “JOSÉ LILLO SpA”.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: Medicina Alternativa; Terapeuta Mención en Acupuntura y Estética Profesional Cosmetológica; Masajes Complementarios en Relajación y Mención Masoterapia; Quiropráctico Mención en Acupuntura; Terapeuta en Quiromasaje Reductivo en Obesidad Mórbida; Terapeuta en Drogadicción, Alcoholismo, Neoprenismo Mención Unánime; Tratamiento al Dolor, Lumbago, Artrosis, Escoliosis en Digitopuntura y Acupuntura; y en general cualquier otra actividad se relacionen o no con el objeto social, pudiendo efectuar todo tipo de negocios o asuntos que en definitiva acuerden los socios.- DOMICILIO: Será la comuna de Rancagua, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y sucursales en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados.- DURACION: La duración de la sociedad será de 10 años, contados desde la fecha de la escritura, prorrogándose su existencia, automática y sucesivamente y por iguales períodos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, a lo menos 180 días antes del vencimiento respectivo.- CAPITAL: El capital de la sociedad, ascendente a la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y de igual valor, esto es la suma de $10.000 por cada una de estas acciones, que se suscriben y pagan de la siguiente manera: JOSÉ REYNALDO LILLO OLIVARES, suscribe la totalidad de las 100 acciones nominativas de la “SOCIEDAD JOSÉ LILLO SpA” las que paga y entera totalmente en este acto en dinero en efectivo y que se ingresaran en ese acto a la caja social.- ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social corresponderá al socio: JOSE REYNALDO LILLO OLIVARES quien podrá y actuará, con amplias facultades en escritura extractada.- RESPONSABILIDAD: La responsabilidad personal del socio queda limitada al monto de su respectivo aporte.- DEMAS ESTIPULACIONES, en escritura de constitución de sociedad extractada.- San Fernando, 20 de Agosto de 2018.

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