有限責任公司

Sociedad Inmobiliaria Sepúlveda Limitada

CONSTITUCIÓN — 2018年5月4日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2018-05-04查看 PDF(CVE 1392862)

公司資料

Ltda

資本

總資本

$100.000.000

股東(2)

姓名持股比例

MARÍA SOLEDAD SEPÚLVEDA SEGOVIA

Socio

-

JUAN CARLOS SEPULVEDA TAMSEC

Socio

-

摘要官方正文

GABRIEL MARCELO GUERRERO GONZÁLEZ, Notario Público, de la 1 Notaría de Antofagasta, San Martín Nº2564, Oficina 1, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, Rep. 432-2018, don JUAN PAULO OVALLE CERPA, chileno, casado, abogado, C.I. 12.613.865-2, domiciliado calle Arturo Prat N° 482, oficina 304, Antofagasta, sanea vicio que afecta a la escritura pública de Rectificación ADJUDICACIÓN EN DOMINIO POR RETIRO DE UTILIDADES TRIBUTARIAS PARA REINVERSIÓN SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA JCS LIMITADA Y CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA SOCIEDAD INMOBILIARIA SEPÚLVEDA LIMITADA O INMOBILIARIA S&S LIMITADA, otorgada ante mi 29 Diciembre 2017, por un error involuntario se omitió publicar en el Diario Oficial e Inscribir en Registro de Comercio la escritura rectificatoria. Se rectifica la sociedad de la siguiente manera: a) el numeral PRIMERO de la referida escritura, quedando ésta de la siguiente manera: PRIMERO: ADJUDICACIÓN EN DOMINIO POR RETIRO DE UTILIDADES TRIBUTARIAS PARA REINVERSIÓN. De conformidad a lo prescrito en el Artículo Catorce del Decreto Ley Ochocientos Veinticuatro, el socio JUAN CARLOS SEPULVEDA TAMSEC, ya individualizado, ha procedido a retirar utilidades tributarias de la SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA JCS LIMITADA, rol único tributario setenta y seis millones treinta y nueve mil quinientos veinticuatro guion dos, por la suma de noventa y un millones setecientos trece mil cuatrocientos noventa pesos. La cantidad señalada se entregó al socio mediante la adjudicación en dominio de los inmuebles de las sociedades que a continuación se individualizan: uno) Inmueble ubicado en la ciudad de Calama, calle Brasilia número dos mil trescientos setenta y dos, y que corresponde al sitio número once de la Manzana “ñ” del sector ocho del Parcelamiento Lote Dos Cerro Negro de Calama, de una superficie aproximada de doscientos cincuenta y uno coma sesenta metros cuadrados, que mide y deslinda: AL NORTE, en veinticuatro coma ochenta y cinco metros con sitio número diez; AL SUR, en veinticuatro coma ochenta metros con sitio número doce; AL ORIENTE, en diez coma veintisiete metros con calle Brasilia; y AL PONIENTE, en diez metros con sitio número nueve. La Constructora e Inmobiliaria JCS Limitada lo adquirió por aporte de doña Lucila Tamsec Paez, según consta en escritura pública otorgada ante el notario público titular don José Luis Ayala Manríquez, con fecha dieciocho de Febrero del año dos mil once y por escritura rectificatoria de fecha seis de Julio del año dos mil once. El dominio rola inscrito a fojas un mil ochocientos noventa y cuatro, bajo el número un mil setecientos cuarenta y seis, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Calama, del año dos mil once. La propiedad se encuentra enrolada bajo el número seiscientos sesenta y uno guion trece. Valor de adjudicación sesenta y un millones ciento cuarenta y dos mil trescientos veintisiete pesos y dos) Inmueble ubicado en la ciudad de Calama, calle Brasilia número dos mil trescientos cincuenta y dos, que corresponde al sitio número trece de la manzana “ñ”, sector ocho del Parcelamiento Lote Dos Cerro Negro, de una superficie aproximada de doscientos treinta y ocho coma cincuenta y cinco metros cuadrados, y deslinda: AL NORTE, en veinticuatro coma noventa metros con sitio número doce; AL SUR, en veinticuatro coma sesenta y siete metros con sitio número catorce; AL ORIENTE, en nueve coma cuarenta metros con calle Brasilia; y AL PONIENTE, en nueve coma ochenta y cinco metros con sitio número quince. La Constructora e Inmobiliaria JCS Limitada lo adquirió por aporte de doña Lucila Tamsec Paez, según consta en escritura pública otorgada ante el notario público titular don José Luis Ayala Manríquez, con fecha dieciocho de Febrero del año dos mil once y por escritura rectificatoria de fecha seis de Julio del año dos mil once. El dominio rola inscrito a fojas un mil ochocientos noventa y seis, bajo el número un mil setecientos cuarenta y ocho, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Calama, del año dos mil once. La propiedad se encuentra enrolada bajo el número seiscientos sesenta y uno guion once. Valor de adjudicación: treinta millones quinientos setenta y un mil ciento sesenta y tres pesos; b) el numeral NOVENO de la referida escritura, quedando ésta de la siguiente manera: NOVENO: El capital de la sociedad será la suma de cien millones de pesos, que es aportado por los socios en la forma y bajo las condiciones que se pasan a exponer: a) Doña MARÍA SOLEDAD SEPÚLVEDA SEGOVIA aporta, en este acto, la suma de ocho millones doscientos ochenta y seis mil quinientos diez pesos, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; b) Don JUAN CARLOS SEPULVEDA TAMSEC, aporta, en este acto, la suma de noventa y un millones setecientos trece mil cuatrocientos noventa pesos, cantidad que se entera mediante la tradición de los inmuebles individualizados en la cláusula primera del presente instrumento, y que la sociedad da por recibidos a su entera satisfacción. Las partes valorizan las referidas propiedades en la suma noventa y un millones setecientos trece mil cuatrocientos noventa pesos. La suma aportada por don JUAN CARLOS SEPULVEDA TAMSEC, y que corresponden a la tradición de los inmuebles ya individualizados, provienen de un retiro de utilidades del contribuyente, efectuado en la fecha de suscripción del presente instrumento, y que constituye una reinversión para los efectos del Artículo catorce, párrafo A, número primero, letra c) del Decreto Ley ochocientos veinticuatro de la renta. La presente rectificación tiene su sustento en el balance final correspondiente al año tributario dos mil diecisiete, año comercial dieciséis y en atención al fut respecto de la sociedad CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA JCS LIMITADA, el cual arrojó un fondo de utilidades tributables menor al de la escritura que da origen a esta rectificación, ajustando asimismo los valores libro asignados a cada inmueble. TERCERO: En todo lo que no se modifica por el presente instrumento, seguirán subsistentes las estipulaciones contenidas en la escritura de cesión de derechos sociales y modificación de sociedad de responsabilidad limitada, que por este acto se rectifica. Demás estipulaciones escritura extractada.- Antofagasta, 08 de Marzo de 2018.

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