Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad Inmobiliaria E Inversiones Vega-Muñoz Limitada

CONSTITUCIÓN — 13 de set. de 2018

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-09-13Ver PDF (CVE 1463005)

Informações societárias

Ltda
Quillota, Valparaíso
Duração: diez años, prorrogables tácita y sucesivamente por igual período
Administração: Corresponderá a los socios quienes podrán actuar conjunta o separadamente y ejecutar todos los actos, relativos a su objeto u giro ordinario, por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, amplias facultades.

Objeto social

La realización por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) la comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales; b) la adquisición y enajenación de efectos de comercio; c) la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; d) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clases de títulos o valores mobiliarios, e) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; f) la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sean una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden o determinen.

Capital

Capital total

$52.000.000

Capital integralizado

$52.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

MAX ALEJANDRO VEGA ESPINOZA

Socio

50%

LILIANA DEL CARMEN MUÑOZ PAREDES

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

HUGO PATRICIO MONROY FOIX, Abogado, Notario Público de Quillota, O’Higgins 414, Quillota, certifico: Por escritura de fecha 30 de Agosto de 2018, don MAX ALEJANDRO VEGA ESPINOZA y LILIANA DEL CARMEN MUÑOZ PAREDES, ambos domiciliados en calle Pintor Juan Harris Número dos mil doscientos ocho, Villa El Sendero, comuna y ciudad de Quillota. constituyen sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES VEGA-MUÑOZ LIMITADA”. pudiendo actuar y funcionar, inclusive ante los bancos y organismos del sector público o privado, servicios y otros con el nombre de fantasía “VEGA-MUÑOZ LTDA.”.- OBJETO: El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) la comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales; b) la adquisición y enajenación de efectos de comercio; c) la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; d) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clases de títulos o valores mobiliarios, e) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; f) la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sean una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden o determinen.- DOMICILIO: ciudad de Quillota, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en cualquier otro punto del país e incluso en el extranjero.- ADMINISTRACIÓN REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá a los socios don MAX ALEJANDRO VEGA ESPINOZA y a doña LILIANA DEL CARMEN MUÑOZ PAREDES, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y ejecutar todos los actos, relativos a su objeto u giro ordinario, quienes lo ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, amplias facultades.- CAPITAL: cincuenta y dos millones de pesos ($52.000.000), que cada socio aporta en este acto al contado en bienes inmuebles y derechos a la caja social, de la siguiente manera: A) Don MAX ALEJANDRO VEGA ESPINOZA, aporta la suma de veintiséis millones de pesos ($26.000.000); equivalente al cincuenta por ciento del capital social, y representativo de los bienes inmuebles y derechos aportados; B) Doña LILIANA DEL CARMEN MUÑOZ PAREDES, aporta la suma de veintiséis millones de pesos ($26.000.000); equivalente al cincuenta por ciento del capital social, y representativo de los bienes inmuebles y derechos aportados. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. - INICIO Y DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir desde el primero de agosto de dos mil dieciocho y durara diez años, prorrogables tácita y sucesivamente por igual período. Demás estipulaciones escritura extractada. Quillota, 07 de Septiembre de 2018.

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