Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Santa Catalina Limitada

CONSTITUCIÓN — 13 dic 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-12-13Ver PDF (CVE 1511035)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida
Administración: Corresponderá a don Marcos Felipe Cáceres Aravena

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia o ajena de: a) Inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos y otro que los socios acuerden; b) Giro inmobiliario, esto es la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otro que los socios acuerden; c) La realización de todo tipo de gestión, estudio, asesoría de carácter comercial, económica, financiera y técnica; y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y otro que los socios acuerden; d) Cualquiera otra actividad lucrativa, relacionada directa o indirectamente con el objeto social y que los socios acuerden en el futuro.

Capital

Capital total

$70.000.000

Capital pagado

$70.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Marcos Felipe Cáceres Aravena

Socio

7.xxx.xxx-8

65%

Soledad del Pilar Fuentes Aguiar

Socio

14.xxx.xxx-3

35%

Administradores (1)

Marcos Felipe Cáceres Aravena

7.xxx.xxx-8Administrador

Texto oficial del extracto

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: por escritura pública 22 Noviembre 2018, ante mí; don Marcos Felipe Cáceres Aravena, chileno, casado y separado totalmente de bienes, constructor civil, domiciliado en calle Seminario quinientos ocho, departamento numero seiscientos dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana, C.I. Nº siete millones doscientos noventa y cinco mil doscientas sesenta y uno guión ocho, y doña Soledad del Pilar Fuentes Aguiar, chilena, casada y separada totalmente de bienes, trabajadora independiente, domiciliada en calle Seminario quinientos ocho, departamento numero seiscientos dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana, C.I. Nº catorce millones doscientos setenta y siete mil setenta y tres guión tres, quienes constituyeron sociedad responsabilidad limitada al monto de sus aportes; Domicilio: Ciudad Santiago, calle Lota dos mil doscientos cincuenta y siete, oficina cuatrocientos cuatro, comuna de Providencia, Región Metropolitana; Razón social: “Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Santa Catalina Limitada, pudiendo usar “Santa Catalina Ltda.”, que la obligará de la misma manera que la razón social; Objeto: El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia o ajena de: a) Inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos y otro que los socios acuerden; b) Giro inmobiliario, esto es la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otro que los socios acuerden; c) La realización de todo tipo de gestión, estudio, asesoría de carácter comercial, económica, financiera y técnica; y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y otro que los socios acuerden; d) Cualquiera otra actividad lucrativa, relacionada directa o indirectamente con el objeto social y que los socios acuerden en el futuro.- En cumplimiento del objeto social podrá asociarse, recibir aportes y celebrar todo tipo de convenciones con sociedades y personas, de derecho público o privado, naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras; Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: corresponderá a don Marcos Felipe Cáceres Aravena; Capital: $70.000.000.-, los cuales serán aportados de la siguiente forma:, don Marcos Felipe Cáceres Aravena aporta la suma de $45.500.000.-, equivalentes al sesenta y cinco por ciento del capital social, y doña Soledad del Pilar Fuentes Aguiar aporta la suma de $24.500.000.-, equivalentes al treinta y cinco por ciento del capital social; capital que será enterado por los socios en un plazo fatal de dos años contados de la fecha de escritura de constitución de la presente Sociedad Duración: indefinida; Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de Noviembre de 2018.

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