Sociedad Inmobiliaria E Inversiones L&t SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital libéré
$20.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
1 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 90.050.461-4 | 90.050.461-4 | 100% | $20.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
RODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en esta ciudad calle A. Prat 770, certifica: Por escritura de fecha 04 de diciembre de 2017, otorgada ante mí: LUIS MANUEL TILLERIA RIQUELME, quien declara ser chileno, divorciado, transportista, cédula nacional de identidad número nueve millones cincuenta mil cuatrocientos sesenta y uno guión cuatro, domiciliado en calle Marina número trescientos uno, Pueblo Nuevo, ciudad y comuna de Temuco, saneó SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES L&T SPA., constituida escritura 05 de enero de 2017, extracto publicado Diario Oficial Nº 41.656 de 12 de enero de 2017, por falta oportuna de inscripción. Asimismo, se practica primera modificación del TITULO SEGUNDO.- Del Capital y de las Acciones.- ARTÍCULO SEXTO referido al capital, en el siguiente sentido: Se procede a dar valor en forma individual a los aportes de bienes raíces, debiendo quedar la referida cláusula de la siguiente forma: TITULO SEGUNDO.- Del Capital y de las Acciones.- ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, dividido en mil acciones, ordinarias y sin preferencias, sin valor nominal, todas nominativas, de una misma serie y de igual valor. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, sólo se inscribirán en el libro de Registro de Accionistas que se llevará de conformidad al artículo cuatrocientos treinta y uno del Código de Comercio. La suma anterior se entera con la trasferencia del dominio a la sociedad del cien por ciento de las acciones y derechos que le corresponden al socio unipersonal en los siguientes bienes: a) Predio de quince hectáreas de terreno de la hijuela número siete de setenta y ocho hectáreas ubicada en Comoe región del Budi, comuna de Saavedra, Provincia de Cautín, con los deslindes que siguen: NORTE, con hijuela número tres; SUR, con una recta de la misma hijuela número siete hasta una línea de cuatrocientos metros de norte a Sur; PONIENTE, hijuela número ocho en una extensión de cuatrocientos metros; y ORIENTE, con resto de la misma hijuela número siete. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- b) Acciones y derechos que recaen en siete y media hectáreas, en una hijuela de quince hectáreas, ubicada en la región de Llinco, Provincia de Cautín, hijuela que deslinda en general: NORTE, con don Emilio Leal; ORIENTE, con don David Álvarez, hoy de don Jenaro Pincheira; SUR, con don Julio Figueroa; y PONIENTE, con don Roberto Muñoz. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- c) Casa y sitio número ocho de la manzana número cuarenta y siete del Plano de Puerto Saavedra, Provincia de Cautín y que deslinda: NORTE, sitio uno; ORIENTE, sitio dos; SUR, sitios seis y siete; y PONIENTE, calle General Urrutia. Valorizado en la suma de cinco millones de pesos.- d) Retazo de terreno compuesto de veinte hectáreas más o menos de terreno, ubicado en el lugar Lliuco, comuna de Puerto Saavedra, Provincia de Cautín, y que son parte de una cabida de veinticinco hectáreas, limitando el retazo de veinte hectáreas, especialmente así: NORTE, hijuela de don Diógenes Polidoro Neira, ahora del comprador don Manuel Antonio Riquelme; SUR, con sucesión de don Julio Figueroa; ORIENTE, con don Manuel Antonio Riquelme; y PONIENTE, con los esteros Lliuco y Quepe. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- e) Predio de cuatro hectáreas de la hijuela de veinticuatro hectáreas ubicadas en el título Lliuco, Provincia de Cautín y con los siguientes deslindes especiales que siguen: NORTE, con la hectárea de terreno del mismo comprador, de la hijuela de veinticinco hectáreas; AL ORIENTE, el comprador; PONIENTE, resto de la misma hijuela del vendedor; y SUR, terreno de Julio Figueroa. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- f) Hijuela de veinticinco hectáreas de terreno, ubicado en Llinco, comuna de Saavedra, Provincia de Cautín, y que limita: NORTE, dos líneas Poniente Oriente, magnético, la primera de cuatrocientos noventa y cinco metros que la separa de El Budi; la segunda de doscientos ochenta y cinco metros, que la separa de terrenos de Hermójenes Neira; ORIENTE, dos líneas Norte-Sur magnético, la primera de doscientos treinta y seis metros, que la separa de terrenos de Hermogenes Neira, la segunda, de ciento setenta y cuatro metros, que la separa de terrenos de don David Alvarez; SUR, una línea Oriente Poniente magnético, de ochocientos cincuenta y dos metros, que la separa de terrenos del el Budi; y PONIENTE, estero Lliuco o Quifu. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- g) Una hectárea de terreno dentro de la hijuela de veinticinco hectáreas, ubicada en el lugar Lliuco del predio “El Budy”, comuna de Saavedra, Provincia de Cautín, y cuyos deslindes especiales de la hectárea son: NORTE, con don Diógenes P. Neira; ORIENTE, con el comprador; SUR y PONIENTE, con el vendedor. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- Los bienes anteriores figuran inscritos a nombre del socio unipersonal como especial de herencia a fojas ochenta y cinco número setenta y siete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Carahue del año dos mil diez. Para efectos tributarios posee el rol de avalúos número quinientos cincuenta y seis guión nueve de la comuna de Saavedra, encontrándose al día en el pago de contribuciones. Asimismo, los bienes anteriormente individualizados a excepción del signado con la letra c) figuran inscritos a nombre del socio unipersonal como especial de herencia a fojas ochenta y siete número setenta y ocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Carahue del año dos mil diez. Para efectos tributarios posee el rol de avalúos número quinientos cincuenta y seis guión diez de la comuna de Saavedra, encontrándose exento del pago de contribuciones.- El capital social ascendente a veinte millones de pesos dividido en mil acciones, ordinarias sin valor nominal de igual serie y número, que el constituyente suscribe y paga este acto, mediante la trasferencia en dominio de los bines ya individualizados, a un valor de veinte mil pesos por cada acción, hacen un total veinte millones de pesos, valores ya ingresados en caja social. Capital íntegramente pagado. En lo no modificado, continúan vigentes estipulaciones contenidas en pacto social primitivo. Temuco, 06 de diciembre de 2017.-
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital libéré
$20.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
1 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
LUIS MANUEL TILLERIA RIQUELME Accionista 9.xxx.xxx-4 | 9.xxx.xxx-4 | 100% | $20.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle A. Prat 770, certifico: Por escritura pública de fecha 05 de septiembre de 2017, otorgada ante mí: Don LUIS MANUEL TILLERIA RIQUELME, quien declara ser chileno, divorciado, transportista, cédula nacional de identidad número nueve millones cincuenta mil cuatrocientos sesenta y uno guión cuatro, domiciliado en calle Marina número trescientos uno, Pueblo Nuevo, ciudad y comuna de Temuco, saneó SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES L&T SPA., constituida escritura 05 de enero de 2017, extracto publicado Diario Oficial Nº 41.656 de 12 de enero de 2017, por falta oportuna de inscripción. Asimismo, se practica primera modificación del TITULO SEGUNDO.- Del Capital y de las Acciones.- ARTÍCULO SEXTO referido al capital, en el siguiente sentido: Se procede a dar valor en forma individual a los aportes de bienes raíces, debiendo quedar la referida cláusula de la siguiente forma: TITULO SEGUNDO.- Del Capital y de las Acciones.- ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, dividido en mil acciones, ordinarias y sin preferencias, sin valor nominal, todas nominativas, de una misma serie y de igual valor. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, sólo se inscribirán en el libro de Registro de Accionistas que se llevará de conformidad al artículo cuatrocientos treinta y uno del Código de Comercio. La suma anterior se entera con la trasferencia del dominio a la sociedad del cien por ciento de las acciones y derechos que le corresponden al socio unipersonal en los siguientes bienes: a) Predio de quince hectáreas de terreno de la hijuela número siete de setenta y ocho hectáreas ubicada en Comoe región del Budi, comuna de Saavedra, Provincia de Cautín, con los deslindes que siguen: NORTE, con hijuela número tres; SUR, con una recta de la misma hijuela número siete hasta una línea de cuatrocientos metros de norte a Sur; PONIENTE, hijuela número ocho en una extensión de cuatrocientos metros; y ORIENTE, con resto de la misma hijuela número siete. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- b) Acciones y derechos que recaen en siete y media hectáreas, en una hijuela de quince hectáreas, ubicada en la región de Llinco, Provincia de Cautín, hijuela que deslinda en general: NORTE, con don Emilio Leal; ORIENTE, con don David Álvarez, hoy de don Jenaro Pincheira; SUR, con don Julio Figueroa; y PONIENTE, con don Roberto Muñoz. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- c) Casa y sitio número ocho de la manzana número cuarenta y siete del Plano de Puerto Saavedra, Provincia de Cautín y que deslinda: NORTE, sitio uno; ORIENTE, sitio dos; SUR, sitios seis y siete; y PONIENTE, calle General Urrutia. Valorizado en la suma de cinco millones de pesos.- d) Retazo de terreno compuesto de veinte hectáreas más o menos de terreno, ubicado en el lugar Lliuco, comuna de Puerto Saavedra, Provincia de Cautín, y que son parte de una cabida de veinticinco hectáreas, limitando el retazo de veinte hectáreas, especialmente así: NORTE, hijuela de don diógenes Polidoro Neira, ahora del comprador don Manuel Antonio Riquelme; SUR, con sucesión de don Julio Figueroa; ORIENTE, con don Manuel Antonio Riquelme; y PONIENTE, con los esteros Lliuco y Quepe. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- e) Predio de cuatro hectáreas de la hijuela de veinticuatro hectáreas ubicadas en el título Lliuco, Provincia de Cautín y con los siguientes deslindes especiales que siguen: NORTE, con la hectárea de terreno del mismo comprador, de la hijuela de veinticinco hectáreas; AL ORIENTE, el comprador; PONIENTE, resto de la misma hijuela del vendedor; y SUR, terreno de Julio Figueroa. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- f) Hijuela de veinticinco hectáreas de terreno, ubicado en Llinco, comuna de Saavedra, Provincia de Cautín, y que limita: NORTE, dos líneas Poniente Oriente, magnético, la primera de cuatrocientos noventa y cinco metros que la separa de El Budi; la segunda de doscientos ochenta y cinco metros, que la separa de terrenos de Hermójenes Neira; ORIENTE, dos líneas Norte-Sur magnético, la primera de doscientos treinta y seis metros, que la separa de terrenos de Hermogenes Neira, la segunda, de ciento setenta y cuatro metros, que la separa de terrenos de don David Alvarez; SUR, una línea Oriente Poniente magnético, de ochocientos cincuenta y dos metros, que la separa de terrenos del el Budi; y PONIENTE, estero Lliuco o Quifu. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- g) Una hectárea de terreno dentro de la hijuela de veinticinco hectáreas, ubicada en el lugar Lliuco del predio “El Budy”, comuna de Saavedra, Provincia de Cautín, y cuyos deslindes especiales de la hectárea son: NORTE, con don Diógenes P. Neira; ORIENTE, con el comprador; SUR y PONIENTE, con el vendedor. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- Los bienes anteriores figuran inscritos a nombre del socio unipersonal como especial de herencia a fojas ochenta y cinco número setenta y siete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Carahue del año dos mil diez. Para efectos tributarios posee el rol de avalúos número quinientos cincuenta y seis guión nueve de la comuna de Saavedra, encontrándose al día en el pago de contribuciones. Asimismo, los bienes anteriormente individualizados a excepción del signado con la letra c) figuran inscritos a nombre del socio unipersonal como especial de herencia a fojas ochenta y siete número setenta y ocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Carahue del año dos mil diez. Para efectos tributarios posee el rol de avalúos número quinientos cincuenta y seis guión diez de la comuna de Saavedra, encontrándose exento del pago de contribuciones.- El capital social ascendente a veinte millones de pesos dividido en mil acciones, ordinarias sin valor nominal de igual serie y número, que el constituyente suscribe y paga este acto, mediante la trasferencia en dominio de los bines ya individualizados, a un valor de veinte mil pesos por cada acción, hacen un total veinte millones de pesos, valores ya ingresados en caja social. Capital íntegramente pagado. En lo no modificado, continúan vigentes estipulaciones contenidas en pacto social primitivo. Temuco, 06 de septiembre de 2017.-
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital libéré
$20.000.000
Capital restant dû
$0
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1 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
LUIS MANUEL TILLERIA RIQUELME Accionista 9.xxx.xxx-4 | 9.xxx.xxx-4 | 100% | $20.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Temuco, con oficio en esta ciudad calle A. Prat Nº 770, certifico: Por escritura de fecha 25 de abril de 2017, otorgada ante mí: LUIS MANUEL TILLERIA RIQUELME, quien declara ser chileno, divorciado, transportista, cédula nacional de identidad número nueve millones cincuenta mil cuatrocientos sesenta y uno guión cuatro, domiciliado en calle Marina número trescientos uno, Pueblo Nuevo, ciudad y comuna de Temuco, saneó SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES L&T SPA ., constituida escritura 05 de enero de 2017, extracto publicado Diario Oficial Nº 41.656 de 12 de enero de 2017, por falta oportuna de inscripción. Asimismo, se practica primera modificación del TITULO SEGUNDO.- Del Capital y de las Acciones.- ARTÍCULO SEXTO referido al capital, en el siguiente sentido: Se procede a dar valor en forma individual a los aportes de bienes raíces, debiendo quedar la referida cláusula de la siguiente forma: TITULO SEGUNDO.- Del Capital y de las Acciones.- ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, dividido en mil acciones, ordinarias y sin preferencias, sin valor nominal, todas nominativas, de una misma serie y de igual valor. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, sólo se inscribirán en el libro de Registro de Accionistas que se llevará de conformidad al artículo cuatrocientos treinta y uno del Código de Comercio. La suma anterior se entera con la trasferencia del dominio a la sociedad del cien por ciento de las acciones y derechos que le corresponden al socio unipersonal en los siguientes bienes: a) Predio de quince hectáreas de terreno de la hijuela número siete de setenta y ocho hectáreas ubicada en Comoe región del Budi, comuna de Saavedra, Provincia de Cautín, con los deslindes que siguen: NORTE, con hijuela número tres; SUR, con una recta de la misma hijuela número siete hasta una línea de cuatrocientos metros de norte a Sur; PONIENTE, hijuela número ocho en una extensión de cuatrocientos metros; y ORIENTE, con resto de la misma hijuela número siete. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- b) Acciones y derechos que recaen en siete y media hectáreas, en una hijuela de quince hectáreas, ubicada en la región de Llinco, Provincia de Cautín, hijuela que deslinda en general: NORTE, con don Emilio Leal; ORIENTE, con don David Álvarez, hoy de don Jenaro Pincheira; SUR, con don Julio Figueroa; y PONIENTE, con don Roberto Muñoz. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- c) Casa y sitio número ocho de la manzana número cuarenta y siete del Plano de Puerto Saavedra, Provincia de Cautín y que deslinda: NORTE, sitio uno; ORIENTE, sitio dos; SUR, sitios seis y siete; y PONIENTE, calle General Urrutia. Valorizado en la suma de cinco millones de pesos.- d) Retazo de terreno compuesto de veinte hectáreas más o menos de terreno, ubicado en el lugar Lliuco, comuna de Puerto Saavedra, Provincia de Cautín, y que son parte de una cabida de veinticinco hectáreas, limitando el retazo de veinte hectáreas, especialmente así: NORTE, hijuela de don diógenes Polidoro Neira, ahora del comprador don Manuel Antonio Riquelme; SUR, con sucesión de don Julio Figueroa; ORIENTE, con don Manuel Antonio Riquelme; y PONIENTE, con los esteros Lliuco y Quepe. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- e) Predio de cuatro hectáreas de la hijuela de veinticuatro hectáreas ubicadas en el título Lliuco, Provincia de Cautín y con los siguientes deslindes especiales que siguen: NORTE, con la hectárea de terreno del mismo comprador, de la hijuela de veinticinco hectáreas; AL ORIENTE, el comprador; PONIENTE, resto de la misma hijuela del vendedor; y SUR, terreno de Julio Figueroa. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- f) Hijuela de veinticinco hectáreas de terreno, ubicado en Llinco, comuna de Saavedra, Provincia de Cautín, y que limita: NORTE, dos líneas Poniente Oriente, magnético, la primera de cuatrocientos noventa y cinco metros que la separa de El Budi; la segunda de doscientos ochenta y cinco metros, que la separa de terrenos de Hermójenes Neira; ORIENTE, dos líneas Norte-Sur magnético, la primera de doscientos treinta y seis metros, que la separa de terrenos de Hermogenes Neira, la segunda, de ciento setenta y cuatro metros, que la separa de terrenos de don David Alvarez; SUR, una línea Oriente Poniente magnético, de ochocientos cincuenta y dos metros, que la separa de terrenos del el Budi; y PONIENTE, estero Lliuco o Quifu. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- g) Una hectárea de terreno dentro de la hijuela de veinticinco hectáreas, ubicada en el lugar Lliuco del predio “El Budy”, comuna de Saavedra, Provincia de Cautín, y cuyos deslindes especiales de la hectárea son: NORTE, con don Diógenes P. Neira; ORIENTE, con el comprador; SUR y PONIENTE, con el vendedor. Valorizado en la suma de dos millones quinientos mil pesos.- Los bienes anteriores figuran inscritos a nombre del socio unipersonal como especial de herencia a fojas ochenta y cinco número setenta y siete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Carahue del año dos mil diez. Para efectos tributarios posee el rol de avalúos número quinientos cincuenta y seis guión nueve de la comuna de Saavedra, encontrándose al día en el pago de contribuciones. Asimismo, los bienes anteriormente individualizados a excepción del signado con la letra c) figuran inscritos a nombre del socio unipersonal como especial de herencia a fojas ochenta y siete número setenta y ocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Carahue del año dos mil diez. Para efectos tributarios posee el rol de avalúos número quinientos cincuenta y seis guión diez de la comuna de Saavedra, encontrándose exento del pago de contribuciones.- El capital social ascendente a veinte millones de pesos dividido en mil acciones, ordinarias sin valor nominal de igual serie y número, que el constituyente suscribe y paga este acto, mediante la trasferencia en dominio de los bines ya individualizados, a un valor de veinte mil pesos por cada acción, hacen un total veinte millones de pesos, valores ya ingresados en caja social. Capital íntegramente pagado. En lo no modificado, continúan vigentes estipulaciones contenidas en pacto social primitivo. Temuco, 26 de abril de 2017.
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