Sociedad Inmobiliaria E Inversiones Gutiérrez Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
El objeto o giro social será la adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; la representación de firmas nacionales o extranjeras; la construcción de condominios; la urbanización de predios; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes. Finalmente, todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estos cometidos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Podrá en general, realizar cualquier acto, contrato o actividad, civil o comercial que tienda directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro a la consecución de los fines sociales.
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital libéré
$20.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
PAMELA EUGENIA CHACOFF ESCOBILLANA Socio 9.xxx.xxx-9 | 9.xxx.xxx-9 | 50% | $10.000.000 |
Socio 6.xxx.xxx-4 | 6.xxx.xxx-4 | 50% | $10.000.000 |
Administrateurs (1)
Texte officiel de l’extrait
GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Rancagua, con asiento en la comuna de Graneros, calle José Manuel Cousiño número ciento diez, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, doña PAMELA EUGENIA CHACOFF ESCOBILLANA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad número nueve millones trescientos cuarenta y un mil cuatrocientos cincuenta y uno guión nueve; y don JOSE HUMBERTO GUTIERREZ LAZO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Contador Auditor, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos cinco mil doscientos noventa y uno guión cuatro; ambos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Varas número doscientos cincuenta y siete, Graneros, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. OBJETO: El objeto o giro social será la adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; la representación de firmas nacionales o extranjeras; la construcción de condominios; la urbanización de predios; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes. Finalmente, todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estos cometidos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Podrá en general, realizar cualquier acto, contrato o actividad, civil o comercial que tienda directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro a la consecución de los fines sociales. RAZON SOCIAL: SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES GUTIÉRREZ LIMITADA, nombre de fantasía “GUTIÉRREZ INMOBILIARIA LTDA”. REPRESENTACION, ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá al socio JOSE HUMBERTO GUTIERREZ LAZO, según facultades indicadas en clausula Octava de escritura pública extractada. CAPITAL: veinte millones de pesos, que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: a) Socia PAMELA EUGENIA CHACOFF ESCOBILLANA: aporta la cantidad de diez millones de pesos, que paga al contado, ingresado en este acto en caja social. Considerando el aporte efectuado, la proporción que en el capital social corresponde al socio referido asciende a un cincuenta por ciento de los derechos y acciones del mismo. La sociedad declara su entera conformidad con la proporción del capital que corresponde al socio antes indicado y asimismo respecto de la forma de pago de la señalada suma de dinero, que expresa haber recibido a su completa y total satisfacción. b) Socio JOSE HUMBERTO GUTIERREZ LAZO: aporta la cantidad de diez millones de pesos, que paga al contado, ingresado en este acto en caja social. Considerando el aporte efectuado, la proporción que en el capital social corresponde al socio referido asciende a un cincuenta por ciento de los derechos y acciones del mismo. La sociedad declara su entera conformidad con la proporción del capital que corresponde al socio antes indicado y asimismo respecto de la forma de pago de la señalada suma de dinero, que expresa haber recibido a su completa y total satisfacción. En consecuencia, con los aportes antes expresados se entera el cien por ciento del capital social. Los socios, además del aporte recién singularizado, se obligan a aportar su trabajo personal a la sociedad.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes. DURACIÓN El plazo de duración de la sociedad será de cinco años, y su entrada en vigencia será a contar de la fecha de esta escritura. Si ninguno de los socios manifestare su intención de poner término a la sociedad mediante escritura pública otorgada y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, por lo menos con tres meses de anticipación al vencimiento del plazo, la sociedad se entenderá tácita y automáticamente prorrogada por un nuevo plazo de cinco años y, de esta forma, continuará prorrogándose por períodos sucesivos de dos años a falta de declaración otorgada en igual forma y con la misma anticipación.-. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Graneros, sin perjuicio de aquellos establecimientos y sucursales que estime necesario abrir, establecer o instalar en cualquier punto del territorio nacional o extranjero. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Graneros, trece de octubre del año dos mil dieciséis.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES GUTIÉRREZ LIMITADA
CVE 1126281
