Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Holistica Fernandez Romero Limitada

CONSTITUCIÓN — 8 jul 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-07-08Ver PDF (CVE 1237655)

Información societaria

Ltda
San Antonio, Valparaíso
Duración: 5 años, renovable por períodos iguales y sucesivos, de 3 años
Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a todos los socios, quiénes podrán actuar en forma conjunta o separada

Objeto social

El objeto de la sociedad será la construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena servicios de SPA para salud integral con masoterapia y medicina alternativa, tratamientos de ozonoterapia, reflexología, reiki, hipnosis terapéutica, exfoliación, drenaje linfático, tratamiento de celulitis y reducción, contracturas, manejo del dolor, kinesiología, podrá impartir junto con los tratamientos, los cursos de capacitación respectivos. Importación y exportación de maquinaria, implementos, materiales relacionados con medicina y tratamiento alternativa, cabinas de vapor de ozono con la correspondiente representación de Guangbo Health & Leisure Equipments, y así cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con los fines señalados, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y cualquier otro negocio que acordaren los socios

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$6.000.000

Capital pendiente

$4.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

LOREDANA IRENE FERNANDEZ VERA

Socio

7.xxx.xxx-4

50%

PÍA ANDREA ROMERO FERNANDEZ

Socio

11.xxx.xxx-5

50%

Administradores (2)

LOREDANA IRENE FERNANDEZ VERA

7.xxx.xxx-4Administrador

PÍA ANDREA ROMERO FERNANDEZ

11.xxx.xxx-5Administrador

Texto oficial del extracto

XIMENA RICCI DÍAZ, Abogado, Notario Público, Titular de la Primera Notaria y Conservador de Minas de San Antonio, con oficio en Avenida Barros Luco N° 1749, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de Junio del año 2017 ante el Notario Suplente doña MARIA DE LA LUZ TORRES AZOCAR, doña LOREDANA IRENE FERNÁNDEZ VERA, chilena, soltera, fisioterapeuta, C.I N° 7.329.394-4 y doña PÍA ANDREA ROMERO FERNANDEZ, chilena, soltera, ingeniero en comercio Internacional, C.I N° 11.738.243-5, ambas domiciliados en calle Pescador Poniente N° 9, comuna de Algarrobo, provincia y ciudad de San Antonio; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada; Nombre: SOCIEDAD HOLISTICA FERNANDEZ ROMERO LIMITADA . Sin embargo la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de SALUD HOLISTICA CHILE LTDA. Objeto: El objeto de la sociedad será la construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena servicios de SPA para salud integral con masoterapia y medicina alternativa, tratamientos de ozonoterapia, reflexología, reiki, hipnosis terapéutica, exfoliación, drenaje linfático, tratamiento de celulitis y reducción, contracturas, manejo del dolor, kinesiología, podrá impartir junto con los tratamientos, los cursos de capacitación respectivos. Importación y exportación de maquinaria, implementos, materiales relacionados con medicina y tratamiento alternativa, cabinas de vapor de ozono con la correspondiente representación de Guangbo Health & Leisure Equipments, y así cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con los fines señalados, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Algarrobo, provincia de San Antonio, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Duración: 5 años, renovable por períodos iguales y sucesivos, de 3 años. Administrador y uso de razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a todos los socios, quiénes podrán actuar en forma conjunta o separada, los cuales obrando de esta manera y anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario Capital: El capital social será la suma de $10.000.000.- pesos, que se aportan en relación al porcentaje de cada socio, de la siguiente manera: doña LOREDANA IRENE FERNANDEZ VERA, es socia en un cincuenta por ciento de la sociedad, que se aportan de la siguiente manera: a) con la suma de $1.000.000 de pesos, que enteran, en este acto, al contado, en dinero efectivo, que los socios dan por enterados a su completa satisfacción, b) con la suma de $4.000.000.- de pesos a enterarse y pagarse en la caja social en el plazo de un año a contar de esta fecha; doña PÍA ANDREA ROMERO FERNANDEZ, es socia en un cincuenta por ciento de la sociedad, que se aportan con la suma de $5.000.000.- de pesos, que entera, en este acto, al contado, en dinero efectivo, que los socios dan por enterados a su completa satisfacción.- Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada, San Antonio 05 de julio de 2017.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

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Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial