Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Holistica Fernández Romero Limitada

CONSTITUCIÓN — 5 ago 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-08-05Ver PDF (CVE 1252554)

Información societaria

Ltda
San Antonio, Valparaíso
Duración: 5 años, renovable por períodos iguales y sucesivos, de 3 años
Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a todos los socios, quiénes podrán actuar en forma conjunta o separada, los cuales obrando de esta manera y anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario

Objeto social

El objeto de la sociedad será la construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena servicios de SPA para salud integral con masoterapia y medicina alternativa, tratamientos de ozonoterapia, reflexología, reiki, hipnosis terapéutica, exfoliación, drenaje linfático, tratamiento de celulitis y reducción, contracturas, manejo del dolor, kinesiología, podrá impartir junto con los tratamientos, los cursos de capacitación respectivos. Importación y exportación de maquinaria, implementos, materiales relacionados con medicina y tratamiento alternativa, cabinas de vapor de ozono con la correspondiente representación de Guangbo Health & Leisure Equipments, y asi cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con los fines señalados, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$6.000.000

Capital pendiente

$4.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

LOREDANA IRENE FERNÁNDEZ VERA

Socio

7.xxx.xxx-4

50%

PIA ANDREA ROMERO FERNANDEZ

Socio

11.xxx.xxx-5

50%

Administradores (2)

LOREDANA IRENE FERNÁNDEZ VERA

7.xxx.xxx-4Administrador

PIA ANDREA ROMERO FERNANDEZ

11.xxx.xxx-5Administrador

Texto oficial del extracto

XIMENA RICCI DÍAZ, Abogado, Notario Público, Titular Primera Notaria San Antonio y Conservador de Minas, con oficio en Avenida Barros Luco Nº 1749, certifica: Por escritura de fecha 01 de Agosto del año 2017 ante el Notario Suplente doña MARÍA DE LA LUZ TORRES AZOCAR, doña LOREDANA IRENE FERNÁNDEZ VERA, chilena, soltera, fisioterapeuta, C.I N° 7.329.394-4 y doña PIA ANDREA ROMERO FERNANDEZ, chilena, soltera, Ingeniero en Comercio Internacional, C.I N°11.738.243-5, ambas domiciliadas en calle Pescador Poniente N° 9, comuna de Algarrobo, provincia y ciudad de San Antonio; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada; Nombre: SOCIEDAD HOLISTICA FERNÁNDEZ ROMERO LIMITADA. Sin embargo la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de SALUD HOLISTICA CHILE LTDA. Objeto: El objeto de la sociedad será la construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena servicios de SPA para salud integral con masoterapia y medicina alternativa, tratamientos de ozonoterapia, reflexología, reiki, hipnosis terapéutica, exfoliación, drenaje linfático, tratamiento de celulitis y reducción, contracturas, manejo del dolor, kinesiología, podrá impartir junto con los tratamientos, los cursos de capacitación respectivos. Importación y exportación de maquinaria, implementos, materiales relacionados con medicina y tratamiento alternativa, cabinas de vapor de ozono con la correspondiente representación de Guangbo Health & Leisure Equipments, y asi cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con los fines señalados, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Algarrobo, provincia de San Antonio, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Duración: 5 años, renovable por períodos iguales y sucesivos, de 3 años. Administrador y uso de razon social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a todos los socios, quiénes podrán actuar en forma conjunta o separada, los cuales obrando de esta manera y anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario Capital: El capital social será la suma de $10.000.000.- pesos, que se aportan en relación al porcentaje de cada socio, de la siguiente manera: doña LOREDANA IRENE FERNÁNDEZ VERA, es socia en un cincuenta por ciento de la sociedad, que se aportan de la siguiente manera: a) con la suma de $1.000.000 de pesos, que enteran, en este acto, al contado, en dinero efectivo, que los socios dan por enterados a su completa satisfacción, b) con la suma de $4.000.000.- de pesos a enterarse y pagarse en la caja social en el plazo de un año a contar de esta fecha; doña PÍA ANDREA ROMERO FERNANDEZ, es socia en un cincuenta por ciento de la sociedad, que se aportan con la suma de $5.000.000.- de pesos, que entera, en este acto, al contado, en dinero efectivo, que los socios dan por enterados a su completa satisfacción.- Responsabilidad:La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada, San Antonio, 02 de Agosto del año 2017.

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Relaciones societarias

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