有限責任公司

Sociedad Gastronomica Visionare Limitada

CONSTITUCIÓN — 2017年3月15日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2017-03-15查看 PDF(CVE 1193227)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: La sociedad tendrá una duración de diez años a contar del 7 de marzo de 2017, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con una anticipación de, a lo menos, noventa días antes del fin del respectivo periodo.
管理方式: corresponderá en forma conjunta o separada a don ENRIQUE JOSE HUENTEMIL LERMA y/o a don ABELARDO ABRAHAN LOPEZ PEREZ

公司目的

la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los socios, y celebrar todos aquellos actos comerciales o no, que los socios de común acuerdo determinen que lo sea, sin que necesariamente estén relacionados, directa o indirectamente, con el giro específico nombrado. Del mismo modo la sociedad podrá invertir sus utilidades, recibir reinversiones de sus socios y efectuar toda clase de inversiones de capital con el fin de obtener de ellos una rentabilidad en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures y demás efectos de comercio.

資本

總資本

$10.000.000

實繳資本

$4.000.000

待繳資本

$6.000.000

股東(2)

姓名持股比例

ENRIQUE JOSE HUENTEMIL LERMA

Socio

50%

ABELARDO ABRAHAN LOPEZ PEREZ

Socio

50%

管理人(2)

摘要官方正文

CAMILO VALENZUELA RIVEROS, Notario Santiago, Titular 1 Notaría Providencia, Avda. Providencia 1777, certifica: por escritura pública otorgada el 07 de Marzo de 2017, ante él, Repertorio 975/2017: don ENRIQUE JOSE HUENTEMIL LERMA, y don ABELARDO ABRAHAN LOPEZ PEREZ, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Almirante Latorre número setecientos noventa y dos, Las Tichas, comuna de Casablanca, Quinta Región, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes; razón social: “SOCIEDAD GASTRONOMICA VISIONARE LIMITADA”, nombre fantasía: “VISIONARE LTDA.” o “VISIONARE”.- objeto: la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los socios, y celebrar todos aquellos actos comerciales o no, que los socios de común acuerdo determinen que lo sea, sin que necesariamente estén relacionados, directa o indirectamente, con el giro específico nombrado. Del mismo modo la sociedad podrá invertir sus utilidades, recibir reinversiones de sus socios y efectuar toda clase de inversiones de capital con el fin de obtener de ellos una rentabilidad en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures y demás efectos de comercio.- domicilio: Santiago.- duración: La sociedad tendrá una duración de diez años a contar del 7 de marzo de 2017, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con una anticipación de, a lo menos, noventa días antes del fin del respectivo periodo.- capital: El capital social es la suma de diez millones de pesos, que los socios aportan en la siguiente forma: a) Don ENRIQUE JOSE HUENTEMIL LERMA, aporta la suma de cinco millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, los cuales entera de la siguiente forma, dos millones de pesos, los cuales entera en este acto al patrimonio social, mientras que el saldo de tres millones de pesos lo enterará en un plazo de tres años a medida que lo requieran las necesidades sociales; y b) Don ABELARDO ABRAHAN LOPEZ PEREZ, aporta la suma de cinco millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, los cuales entera de la siguiente forma, dos millones de pesos, los cuales entera en este acto al patrimonio social, mientras que el saldo de tres millones de pesos lo enterará en un plazo de tres años a medida que lo requieran las necesidades sociales.- administración, y el uso de la razón social corresponderá en forma conjunta o separada a don ENRIQUE JOSE HUENTEMIL LERMA y/o a don ABELARDO ABRAHAN LOPEZ PEREZ.- Santiago, 7 de marzo de 2017.- lp

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  1. CONSTITUCIÓN

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