Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad Gastronómica Sin Tenedor Limitada

CONSTITUCIÓN — 5 de jun. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-06-05Ver PDF (CVE 1600524)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 5 años, y no termina con la muerte de algún socio.
Administração: La administración y uso de la razón social le corresponderá en forma exclusiva a los socios don JEAN CARLO BONILLA MALDONADO y don ALEXIS EDGARDO SILVA GARCÍA, quienes, actuando de manera conjunta o separada, indistintamente, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo obligarla en toda clase de actos o contratos.

Objeto social

La construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, carros de comida, establecimientos de comida al paso, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

JEAN CARLO BONILLA MALDONADO

Socio

21.xxx.xxx-3

50%

ALEXIS EDGARDO SILVA GARCÍA

Socio

24.xxx.xxx-8

50%

Administradores (2)

JEAN CARLO BONILLA MALDONADO

21.xxx.xxx-3Administrador

ALEXIS EDGARDO SILVA GARCÍA

24.xxx.xxx-8Administrador

Texto oficial do extrato

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: Que por escritura pública otorgada el 24 de mayo de 2019 ante mí, don JEAN CARLO BONILLA MALDONADO, domiciliado en calle Santa Isabel N° 489 departamento N° 1303, Santiago, Región Metropolitana, Rut 21.885.539-3 y don ALEXIS EDGARDO SILVA GARCÍA, domiciliado en Avenida Vicuña Mackenna Poniente N° 6837, departamento N° 1417, Torre C, La Florida, Región Metropolitana, Rut 24.399.605-8; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “Sociedad Gastronómica Sin Tenedor Limitada”. Objeto: La construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, carros de comida, establecimientos de comida al paso, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Capital: $1.000.000, que los socios enteran y pagan en las siguientes proporciones, y de la siguiente forma: /a/ don Jean Carlo Bonilla Maldonado, la suma de $500.000 esto es, 50% del total del capital social, que paga en este acto y en dinero en efectivo depositándolo en la caja social; /b/ don Alexis Edgardo Silva García, la suma de $500.000 esto es, 50% del total del capital social, que paga en este acto y en dinero en efectivo depositándolo en la caja social. Cada socio limita su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Administración y Uso Razón Social: La administración y uso de la razón social le corresponderá en forma exclusiva a los socios don JEAN CARLO BONILLA MALDONADO y don ALEXIS EDGARDO SILVA GARCÍA, quienes, actuando de manera conjunta o separada, indistintamente, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo obligarla en toda clase de actos o contratos. Duración: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 5 años, y no termina con la muerte de algún socio. - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de mayo de 2019.

Atuações recentes

  1. CONSTITUCIÓN

    Sociedad Gastronómica Sin Tenedor Limitada

    CVE 1600524

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