Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Gastronomica Ayar Uchu Limitada

CONSTITUCIÓN — 4 oct 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-10-04Ver PDF (CVE 1281762)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 10 años a contar de esta escritura y se renovará según escritura social
Administración: Corresponderá a dos socios cualesquiera, conjuntamente, quienes anteponiendo a su firma la razón social, en el ejercicio de sus atribuciones, contarán con las más amplias facultades.

Objeto social

Será la explotación por cuenta propia o ajena de negocios o establecimientos de expendio de alimentos, la fabricación, comercialización y distribución de comida especialmente peruana e internacional, ya sea en restaurantes y/o a domicilio, y afines; Crear, adquirir o arrendar, locales establecidos en funcionamiento o no, y crear, adquirir, arrendar o usufructuar la marca comercial o patente, de cualquier negocio del rubro gastronómico ya existente o en creación, por cuenta propia o ajena; Fabricar, importar, exportar, comercializar y distribuir, en cualquier forma, al por mayor y/o menor todo tipo de alimentos, cigarrillos, y bebidas, alcohólicas y analcohólicas; Contratar por sí o por un tercero, la prestación de servicios profesionales de todo tipo, que se vinculen con el rubro de alimentación y el espectáculo, por lo que podrá al mismo tiempo por sí o por otro, realizar espectáculos públicos o privados y eventos para la diversión y esparcimiento de los clientes y la realización de toda otra actividad o negocio que se relacione con el giro, en la actualidad o en el futuro; y En general, la realización de todos los actos, contratos y gestiones que lo socios acuerden.

Capital

Capital total

$9.000.000

Capital pagado

$9.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

ZHENQIU PAN

Socio

33.3333333333%

SONIA VERONICA VALERIO VEGA

Socio

33.3333333333%

YUANZHEN ZHANG

Socio

33.3333333333%

Texto oficial del extracto

Pablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la 9 Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 11 de Agosto de 2017, ante mí, don ZHENQIU PAN, domiciliado en calle Isabel La Católica 6225, comuna de Las Condes, doña SONIA VERONICA VALERIO VEGA, domiciliada en calle Príncipe de Gales 7218, comuna de La Reina, y doña YUANZHEN ZHANG, domiciliada en calle Salvador Izquierdo 1800, comuna de La Reina, constituyen sociedad responsabilidad limitada. Razón Social: “SOCIEDAD GASTRONOMICA AYAR UCHU LIMITADA”, sin perjuicio de poder utilizar ante bancos e instituciones financieras, entidades públicas o privadas, e incluso ante el Servicios de Impuestos Internos y Tesorería General de la República, el nombre de fantasía el de “AYAR UCHU LTDA.” Domicilio: Santiago. Duración: 10 años a contar de esta escritura y se renovará según escritura social. Objeto: Será la explotación por cuenta propia o ajena de negocios o establecimientos de expendio de alimentos, la fabricación, comercialización y distribución de comida especialmente peruana e internacional, ya sea en restaurantes y/o a domicilio, y afines; Crear, adquirir o arrendar, locales establecidos en funcionamiento o no, y crear, adquirir, arrendar o usufructuar la marca comercial o patente, de cualquier negocio del rubro gastronómico ya existente o en creación, por cuenta propia o ajena; Fabricar, importar, exportar, comercializar y distribuir, en cualquier forma, al por mayor y/o menor todo tipo de alimentos, cigarrillos, y bebidas, alcohólicas y analcohólicas; Contratar por sí o por un tercero, la prestación de servicios profesionales de todo tipo, que se vinculen con el rubro de alimentación y el espectáculo, por lo que podrá al mismo tiempo por sí o por otro, realizar espectáculos públicos o privados y eventos para la diversión y esparcimiento de los clientes y la realización de toda otra actividad o negocio que se relacione con el giro, en la actualidad o en el futuro; y En general, la realización de todos los actos, contratos y gestiones que lo socios acuerden.- Administración: Corresponderá a dos socios cualesquiera, conjuntamente, quienes anteponiendo a su firma la razón social, en el ejercicio de sus atribuciones, contarán con las más amplias facultades. Capital: $9.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: A) don ZHENQIU PAN, aporta la suma de $3.000.000, que ingresa en este acto, al contado y en dinero efectivo, a la caja social, B) El socio doña SONIA VERONICA VALERIO VEGA, aporta la suma de $3.000.000, que ingresa en este acto, al contado y en dinero efectivo, a la caja social; y C) La socia doña YUANZHEN ZHANG, aporta la suma de $3.000.000, que ingresa en este acto, al contado y en dinero efectivo, a la caja social.- Limitando responsabilidad monto aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.-

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  1. CONSTITUCIÓN

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Relaciones societarias

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