Sociedad por Acciones

Sociedad Energía Solar Del Maule SpA

CONSTITUCIÓN — 24 mar 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-03-24Ver PDF (CVE 1196953)

Información societaria

SpA
Temuco, Araucanía
Duración: indefinida
Administración: No existirá directorio; la administración y el uso de la razón social corresponderá a SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA MARIA LUISA LIMITADA y a PACIFICO ENERGIA & NEGOCIOS LIMITADA, quienes designarán cada una un apoderado para actuar solos e individualmente, o conjuntamente, según se contemple en la escritura pública de designación; además podrá designarse gerente general por escritura pública.

Objeto social

A) distribuir, transmitir, generar, transportar, transformar, adquirir, comprar, suministrar, y vender energía eléctrica o de cualquier naturaleza, en especial energía renovable, ya sea de fuente solar, eólica, hidráulica, biomasa u otras, o los elementos o instrumentos necesarios para producirla en forma directa o a través de otras empresas; B) Prestar servicios relacionados con su objeto social, incluidos servicios energéticos de todo tipo y la comercialización de dichos productos; C) Obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquier forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refiere la Ley General de Servicios eléctricos, y solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la sociedad; D) Prestar asesorías integrales; servicios de ingeniería general; servicios de ingeniería en energía eólica, solar, biomasa e hídrica.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$1.500.000

Capital pendiente

$8.500.000

Acciones

10.000

Socios (3)

NombreParticipación

SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA MARIA LUISA LIMITADA

Accionista

76.493.346-K

40%

PACIFICO ENERGIA & NEGOCIOS LIMITADA

Accionista

76.452.927-8

40%

ASESORIAS AMBIENTALES VICTOR ESTUBEN FUENZALIDA PONCE E.I.R.L.

Accionista

76.825.710-8

20%

Representación legal (3)

LUIS WOLFREDO ALEJANDRO HENRIQUEZ HENRIQUEZ

10.xxx.xxx-8En representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA MARIA LUISA LIMITADA76.493.346-K

JAIME ALBERTO MARDONES ALARCON

12.xxx.xxx-4En representación de PACÍFICO ENERGÍA & NEGOCIOS LIMITADA76.452.927-8

VICTOR ESTUBEN FUENZALIDA PONCE

13.xxx.xxx-6En representación de ASESORIAS AMBIENTALES VICTOR ESTUBEN FUENZALIDA PONCE E.I.R.L.76.825.710-8

Texto oficial del extracto

JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 22 de marzo de 2017, otorgada ante mí, Sociedades: a) SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA MARIA LUISA LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos noventa y tres mil trescientos cuarenta y seis guión K, representada en este acto por don LUIS WOLFREDO ALEJANDRO HENRIQUEZ HENRIQUEZ, chileno, casado, ingeniero civil industrial e ingeniero ambiental, cédula de identidad número diez millones setecientos noventa y siete mil ocho guión ocho, ambos domiciliados en Avenida Martín Lutero número cero dos mil ochocientos seis, casa treinta y dos, condominio Mirador de la Frontera, ciudad y comuna de Temuco; b)PACÍFICO ENERGÍA & NEGOCIOS LIMITADA , sociedad dedicada al giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cincuenta y dos mil novecientos veintisiete guión ocho, representada por don JAIME ALBERTO MARDONES ALARCON, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número doce millones quinientos setenta y tres mil setecientos noventa y nueve guión cuatro, ambos domiciliados en calle Quilpué número cero novecientos treinta y cinco, de la ciudad de Temuco; c) ASESORIAS AMBIENTALES VICTOR ESTUBEN FUENZALIDA PONCE E.I.R.L. empresa individual de responsabilidad limitada, del giro de su nombre, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos veinticinco mil setecientos diez guión ocho, representada por don VICTOR ESTUBEN FUENZALIDA PONCE, chileno, soltero, Biólogo en Gestión de Recursos Naturales, cédula de identidad número trece millones setecientos ochenta y cuatro mil doscientos veinticuatro guión seis, ambos con domicilio en calle Los Renos número cero dos mil ochenta, ciudad y comuna de Temuco. Que vienen en constituir una sociedad por acciones. NOMBRE de la Sociedad será “SOCIEDAD ENERGÍA SOLAR DEL MAULE SpA”., pudiendo actuar para todos los efectos legales, comerciales, tributarios, bancarios y otros, con el nombre de fantasía de “SOLAR DELMAULE SpA; DOMICILIO de “SOCIEDAD ENERGÍA SOLAR DEL MAULE SpA”, será la ciudad de Temuco, sin perjuicio de establecer oficinas, agencias y/o sucursales en otras ciudades o localidades, en el país o en el extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. DURACIÓN: La Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. .- OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) distribuir, transmitir, generar, transportar, transformar, adquirir, comprar, suministrar, y vender energía eléctrica o de cualquier naturaleza, en especial energía renovable, ya sea de fuente solar, eólica, hidráulica, biomasa u otras, o los elementos o instrumentos necesarios para producirla en forma directa o a través de otras empresas; B) Prestar servicios relacionados con su objeto social, incluidos servicios energéticos de todo tipo y la comercialización de dichos productos; C) Obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquier forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refiere la Ley General de Servicios eléctricos, y solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la sociedad; D) Prestar asesorías integrales; servicios de ingeniería general; servicios de ingeniería en energía eólica, solar, biomasa e hídrica. CAPITAL de la Sociedad es la suma de diez millones de pesos dividido en diez mil acciones, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente manera: A) SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA MARIA LUISA LIMITADA, suscribe en este acto cuatro mil acciones que corresponden al cuarenta por ciento del capital social y paga de la forma que pasa a señalarse; a) Con la suma de quinientos mil pesos al contado, en dinero efectivo en este acto en caja social y a entera satisfacción de la sociedad; y b) el saldo de tres millones quinientos mil pesos, se pagará en el plazo cinco años a contar de esta fecha o en la medida que las necesidades sociales lo requieran; y B)PACIFICO ENERGIA & NEGOCIOS LIMITADA, suscribe en este acto cuatro mil acciones que corresponden al cuarenta por ciento del capital social y paga de la siguiente manera: a) Con la suma de quinientos mil pesos al contado, en dinero efectivo en este acto en caja social, y a entera satisfacción de la sociedad; y b) El saldo de tres millones quinientos mil pesos, se pagará en el plazo de cinco años a contar de esta fecha o en la medida que las necesidades sociales lo requieran; C) ASESORIA AMBIENTALES VICTOR ESTUBEN FUENZALIDA PONCE E.I.R.L., suscribe en este acto dos mil acciones que corresponden al veinte por ciento del capital social y paga de la siguiente forma: a) Con la suma de quinientos mil pesos al contado en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la sociedad; b) El saldo de un millón quinientos mil pesos, se pagará en plazo de cinco años a contar de esta fecha o en la medida que las necesidades sociales lo requieran. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad se sujetará a las siguientes reglas: Uno) No existirá directorio de la Sociedad que ejerza la administración social; Dos) La administración y el uso de la razón social, corresponderá a SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA MARIA LUISA LIMITADA, y también a PACIFICO ENERGIA & NEGOCIOS LIMITADA, para lo cual estas designaran cada una un apoderado para que actúen solos e individualmente, o conjuntamente, según se contemple en la escritura pública en que se efectué dicha designación; Tres) Sin perjuicio de lo anterior, podrán el mandatario o los mandatarios delegar por escritura pública ciertas facultades específicas de administración de la Sociedad, en favor de terceros; Cuatro) En cuanto sea necesario y conveniente, podrá el accionista único o la unanimidad de los accionistas, según sea el caso, designar un gerente general de la Sociedad quien estará investido de las facultades que expresamente se le confieran y, a falta de mención, de las que se señalan seguidamente en el Artículo décimo segundo siguiente.- La designación respectiva se hará por escritura pública; Cinco) El cargo de administrador de la Sociedad y/o de gerente general podrán ser remunerados en la forma y cuantía que determinen la unanimidad de los accionistas. La designación de apoderados para fines especiales podrá hacerla directamente quien ejerza la administración de la Sociedad o su gerente general, de haberlo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 22 de marzo de 2017.-

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Relaciones societarias

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