Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad E Inversiones Morales & Muller Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 jul 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-07-06Ver PDF (CVE 1236704)

Información societaria

Ltda
Puerto Montt, Los Lagos
Duración: 5 años, renovable tácitamente, por períodos iguales y sucesivos
Administración: Administración conjunta o separadamente por Rodrigo Alejandro Morales Fuentealba y Alejandra Betzabeth Muller Espinoza, anteponiendo la razón social a su firma, con las más amplias facultades

Objeto social

Adquirir, enajenar, arrendar, permutar, explotar y ceder a cualquier título bienes raíces, bienes muebles y valores mobiliarios; el loteo y urbanización por cuenta propia o ajena de bienes urbanos o rurales; efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; el servicio y mantención de aseo tanto de bienes muebles e inmuebles junto con la compra, venta y comercialización de productos y maquinarias de limpieza y de todo otro producto necesario para llevar a cabo dicho servicio; la construcción de obras menores como por cuenta propio o por terceros, como también la preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierra para dicha obra o construcción o para la de un tercero; la cobranza, tanto extrajudicial como judicial de créditos; recibir pagos totales o parciales; gestionar prejudicialmente su cobro; enviar y recibir correspondencia a y de parte de los deudores; recibir proposiciones de reprogramaciones, de pagos parciales o diferidos en el tiempo, de condonaciones parciales de capital o intereses; en materia judicial podrá además, actuando por medio de los apoderados y mandatarios que dicha empresa designe por escrituras públicas, en representación de INMOBILIARIA 2M o aquel tercero que encargue la cobranza, demandar en todo tipo de juicios, a todas y cualquiera personas naturales o jurídicas para cobrar las acreencias de cualquiera especie que se adeuden, incluyendo la facultad de hacer efectivas las garantías constituidas por los deudores y/o por terceros para caucionarlas, sean estas últimas reales o personales; contestar demandas de tercerías relativas a los juicios de cobro propios de la cartera asignada en cobranza, verificar créditos, deducir reclamos y cualquier otro tipo de peticiones, como asimismo, deducir o interponer todo tipo de recursos ante los tribunales de justicia, sean estos de carácter jurisdiccional, disciplinario o de cualquier otra índole por asuntos judiciales encomendados por terceros o propios; en el ejercicio de su mandato, la sociedad de por sí estará facultada para designar abogados patrocinantes y apoderados otorgándoles las facultades ordinarias de todo mandato judicial que se indica en el inciso primero del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil; asimismo, los mandatarios o apoderados designados por INMOBILIARIA 2M, podrán desistirse de la acción deducida y suscribir avenimientos o transacciones judiciales; la producción de eventos, en recintos privados o públicos, en lugares propios o de terceros; el alquiler de cualquier bien, mueble o inmueble para llevar a cabo la actividad de la letra i; la realización de cualquier otro negocio que se estime conveniente emprender para todo lo cual podrá ejecutar los actos y celebrar los contratos conducentes a estos fines, sin que sea necesario acreditar esta circunstancia a terceros

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital pagado

$5.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Rodrigo Alejandro Morales Fuentealba

Socio

50%

Alejandra Betzabeth Muller Espinoza

Socio

50%

Texto oficial del extracto

ALVARO ANDRES GAJARDO CASAÑAS, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Puerto Montt, con domicilio en Urmeneta 542, certifica: Por escritura, hoy ante mí, RODRIGO ALEJANDRO MORALES FUENTEALBA, ingeniero comercial, y ALEJANDRA BETZABETH MÜLLER ESPINOZA, trabajadora dependiente, ambos domiciliados en Calle Nueva 10, Nº5056, Valle Volcanes, Puerto Montt; constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada, Razón social “SOCIEDAD E INVERSIONES MORALES & MULLER LIMITADA, nombre fantasía “INMOBILIARIA 2M”. Objeto: El objeto de la sociedad será a) Adquirir, enajenar, arrendar, permutar, explotar y ceder a cualquier título bienes raíces, bienes muebles y valores mobiliarios; b) El loteo y urbanización por cuenta propia o ajena de bienes urbanos o rurales; c) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; d) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros e) El servicio y mantención de aseo tanto de bienes muebles e inmuebles junto con la compra, venta y comercialización de productos y maquinarias de limpieza y de todo otro producto necesario para llevar a cabo dicho servicio f) La construcción de obras menores como por cuenta propio o por terceros, como también la preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierra para dicha obra o construcción o para la de un tercero g) La cobranza, tanto extrajudicial como judicial de créditos; recibir pagos totales o parciales; gestionar prejudicialmente su cobro; enviar y recibir correspondencia a y de parte de los deudores; recibir proposiciones de reprogramaciones, de pagos parciales o diferidos en el tiempo, de condonaciones parciales de capital o intereses. En materia judicial podrá además, actuando por medio de los apoderados y mandatarios que dicha empresa designe por escrituras públicas, en representación de INMOBILIARIA 2M o aquel tercero que encargue la cobranza, demandar en todo tipo de juicios, a todas y cualquiera personas naturales o jurídicas para cobrar las acreencias de cualquiera especie que se adeuden, incluyendo la facultad de hacer efectivas las garantías constituidas por los deudores y/o por terceros para caucionarlas, sean estas últimas reales o personales. Del mismo modo podrá contestar demandas de tercerías relativas a los juicios de cobro propios de la cartera asignada en cobranza, verificar créditos, deducir reclamos y cualquier otro tipo de peticiones, como asi mismo, deducir o interponer todo tipo de recursos ante los tribunales de justicia, sean estos de carácter jurisdiccional, disciplinario o de cualquier otra índole por asuntos judiciales encomendados por terceros o propios. En el ejercicio de su mandato, la sociedad de por si estará facultada para designar abogados patrocinantes y apoderados otorgándoles las facultades ordinarias de todo mandato judicial que se indica en el inciso primero del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. Así mismo, los mandatarios o apoderados designados por INMOBILIARIA 2M, podrán desistirse de la acción deducida y suscribir avenimientos o transacciones judiciales i) La producción de eventos, en recintos privados o públicos, en lugares propios o de terceros j) El alquiler de cualquier bien, mueble o inmueble para llevar a cabo la actividad de la letra i k) La realización de cualquier otro negocio que se estime conveniente emprender para todo lo cual podrá ejecutar los actos y celebrar los contratos conducentes a estos fines, sin que sea necesario acreditar esta circunstancia a terceros.- Administración: Rodrigo Alejandro Morales Fuentealba y Alejandra Betzabeth Muller Espinoza quienes anteponiendo la razón social a su firma, la representaran en forma conjunta o separadamente con las más amplias facultades. Capital: $5.000.000.- aportado siguiente forma: Rodrigo Alejandro Morales Fuentealba, $2.500.000, correspondiente al 50% por ciento del capital social, en dinero en efectivo el que se entera de contado; y Alejandra Betzabeth Muller Espinoza, $2.500.000, correspondiente al 50% por ciento del capital social, en dinero en efectivo el que se entera de contado, el capital de la sociedad se da por íntegramente aportado y enterado en arcas sociales.- Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus aportes.- Duración empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 5 años, renovable tácitamente, por períodos iguales y sucesivos. Domicilio: comuna de Puerto Montt, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezcan en el país o extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 29 de junio de 2017.

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