Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Dra. Erika Chacon Y Compañia Limitada

CONSTITUCIÓN — 3 ene 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-01-03Ver PDF (CVE 1162182)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: cinco años a contar del 27 de diciembre del 2016, y se entenderá renovada tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que algún socio manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, lo que deberá hacer, en todo caso, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del plazo de la sociedad o de sus respectivas prorrogas, en su caso
Administración: administración y uso de razón social corresponderá separadamente a uno cualquiera de los socios

Objeto social

la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina e investigación farmacológica y la administración de centros médicos, la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

ERIKA SABRINA CHACON DITTUS

Socio

50%

MARCO ANDRES VINICIO CHACON BARRERA

Socio

25%

ERIKA VERONICA CECILIA DITTUS TAPIA

Socio

25%

Texto oficial del extracto

ALBERTO HERMAN MONTAUBAN, Notario Santiago, Suplente titular 1ª Notaría Providencia, don Camilo Valenzuela Riveros, Avda. Providencia 1777, certifica: que por escritura pública otorgada el 27 de diciembre de 2016, ante él, Repertorio 5121/2016: ERIKA SABRINA CHACON DITTUS; MARCO ANDRES VINICIO CHACON BARRERA; y ERIKA VERONICA CECILIA DITTUS TAPIA, todos domiciliados para estos efectos en Montenegro número mil quinientos cuarenta y dos, comuna de Ñuñoa, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes; razón social: "SOCIEDAD DRA. ERIKA CHACON Y COMPAÑIA LIMITADA", pudiendo utilizar la palabra compañía limitada en forma abreviada; objeto: la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina e investigación farmacológica y la administración de centros médicos, la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado; capital: un millón de pesos, que se entera, aporta y paga por los socios ya individualizados, en la siguiente forma y condiciones: a) doña ERIKA SABRINA CHACON DITTUS, aporta la cantidad de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, que paga y entera en dinero efectivo en su totalidad en este acto en la caja social; b) don MARCO ANDRES VINICIO CHACON BARRERA, aporta la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento del capital social, que paga y entera en dinero efectivo en su totalidad en este acto en la caja social; y c) doña ERIKA VERONICA CECILIA DITTUS TAPIA, aporta la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento del capital social, que paga y entera en dinero efectivo en su totalidad en este acto en la caja social; domicilio: Santiago; duración: cinco años a contar del 27 de diciembre del 2016, y se entenderá renovada tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que algún socio manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, lo que deberá hacer, en todo caso, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del plazo de la sociedad o de sus respectivas prorrogas, en su caso; administración y uso de razón social corresponderá separadamente a uno cualquiera de los socios.- Santiago, 27 de diciembre de 2016.-cr

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