Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Diaz y Salas Limitada

CONSTITUCIÓN — 10 ago 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-08-10Ver PDF (CVE 1444963)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Cinco años, renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales
Administración: La administración de la sociedad, su representación y uso de la razón social corresponderá a cualquiera de ambos socios indistintamente, quienes actuando conjunta o separadamente, representaran a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición, quienes anteponiendo a sus firmas la razón social o el nombre de fantasía, la representaran con las más amplias facultades.

Objeto social

compraventa, permuta, distribución, consignación, importación, exportación y preparación de productos farmacéuticos y medicamentos para uso, ingestión o consumo humano; compraventa de alimentos propios de terceros; drogas, hierbas, homeopatía y de toda clase de remedios, artefactos, instrumentos y demás, que digan relación con la salud humana, con su tratamiento, cuidado y mejoramiento; lentes y despachos de recetas de éstos, otros de óptica, chocolates y otras golosinas; toda clase de productos cosméticos, perfumes y de aseo para vender en esta clase de establecimientos; y, todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho anteriormente, y demás actividades que los socios acuerden extender

Capital

Capital total

$60.000.000

Capital pagado

$60.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

EFRAIN MELQUIADES DIAZ TAPIA

Socio

7.xxx.xxx-k

50%

JUAN CARLOS SALAS OTAROLA

Socio

7.xxx.xxx-6

50%

Administradores (2)

EFRAIN MELQUIADES DIAZ TAPIA

7.xxx.xxx-kAdministrador

JUAN CARLOS SALAS OTAROLA

7.xxx.xxx-6Administrador

Texto oficial del extracto

OSVALDO PEREIRA GONZALEZ, Notario Público, Titular 14 Notaría de Santiago, Teatinos 449, piso 6, certifica: por escritura pública de hoy, ante mí, comparecen: don EFRAIN MELQUIADES DIAZ TAPIA, CNI Nº 7.140.563-K, domiciliado en El Barrancón Parcela veintiocho casa cuatro-A, de la comuna de San Bernardo; y, don JUAN CARLOS SALAS OTAROLA, CNI Nº 7.706739-6, domiciliado en Demóstenes Rivera doscientos sesenta y cinco, comuna de San Bernardo, ambos de paso en ésta, constituyen una sociedad comercial de Responsabilidad Limitada: OBJETO: compraventa, permuta, distribución, consignación, importación, exportación y preparación de productos farmacéuticos y medicamentos para uso, ingestión o consumo humano; compraventa de alimentos propios de terceros; drogas, hierbas, homeopatía y de toda clase de remedios, artefactos, instrumentos y demás, que digan relación con la salud humana, con su tratamiento, cuidado y mejoramiento; lentes y despachos de recetas de éstos, otros de óptica, chocolates y otras golosinas; toda clase de productos cosméticos, perfumes y de aseo para vender en esta clase de establecimientos; y, todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho anteriormente, y demás actividades que los socios acuerden extender. RAZON SOCIAL: SOCIEDAD DIAZ Y SALAS LIMITADA, pudiendo usarse para fines comerciales, publicitarios e incluso ante bancos y demás instituciones financieras el nombre de fantasía FARMACIAS EFRAÍN LTDA. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o negocios que los socios acuerden establecer en otros puntos del país o del extranjero. CAPITAL: $60.000.000 que los socios aportan y enteran de la manera siguiente: uno) Don Efraín Melquíades Díaz Tapia, aporta la suma de $30.000.000., que entera en este acto; dos) Don Juan Carlos Salas Otárola, aporta la suma de $30.000.000., que entera en este acto; USO DE RAZON SOCIAL Y ADMINISTRACION. La administración de la sociedad, su representación y uso de la razón social corresponderá a cualquiera de ambos socios indistintamente, quienes actuando conjunta o separadamente, representaran a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición, quienes anteponiendo a sus firmas la razón social o el nombre de fantasía, la representaran con las más amplias facultades. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Las ganancias y las pérdidas se distribuirán entre los socios en un cincuenta por ciento para cada uno. PLAZO. Cinco años, renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales según se indica en el pacto social. Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago, 02 de agosto de 2018.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

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Relaciones societarias

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