Sociedad De Ventas Y Comercializacion Sielcom Group Ii Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
El objeto de giro de la sociedad será la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial la compraventa de valores, la compraventa de bienes raíces y muebles, importación y exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras y demás relacionadas de artículos electrónicos y demás rubros que los socios acuerden; servicios computacionales, educacionales, de turismo, etc.; prestación de servicios de ingeniería, eléctricos, proyectos, construcciones, asesorías y comercialización de equipos, aparatos, productos, accesorios y repuestos destinados al área eléctrica, electromecánica, metalmecánica, electrónica de radio, telefonía, comunicaciones, refrigeración, aire acondicionado, computación; compraventa, instalación, reparación y asistencia técnica por cuenta propia o ajena, de equipos radiotelefónicos y/o telefónicos, equipos y aparatos de transmisión, detección, señalización, radio y televisión, en HF,VHF y UHF; equipo e instalación de radar y satelitales; equipos y aparatos de seguridad, alarmas alámbricas e inalámbricas; equipos de baja y media tensión, equipos computacionales y redes; equipos de refrigeración y aire acondicionado, equipos y materiales eléctricos en general; equipos y maquinarias para el área alimenticia en general; aparatos, accesorios, productos y repuestos; la tramitación por cuenta propia o de terceros de solicitudes de concesión de frecuencias y cualesquier otra forma de explotación de este giro de comercio o de sus actividades que digan relación con el ramo y en general ejecutar todos los actos comerciales de este giro o de cualesquier otro que los socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que atiendan a la consecución o que relacionen con los fines sociales y cualesquiera otras actividades relacionadas o no con el giro principal y cualesquiera otro que acuerden los socios en lo futuro o determinen y decidan los representantes legales de la misma, tenga o no relación con los anteriores.
資本
總資本
$20.000.000
實繳資本
$8.000.000
待繳資本
$12.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | 50% | $10.000.000 |
Socio 8.xxx.xxx-0 | 8.xxx.xxx-0 | 50% | $10.000.000 |
管理人(2)
法定代理(1)
摘要官方正文
OSCAR FERNÁNDEZ MORA, Abogado, Notario Público, Titular 2ª Notaria La Serena, Cordovez 588,local 108, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2018, otorgada ante el Notario Suplente don JOHN GALLARDO GÓMEZ, don ROBERTO JOEL PARRA REYES, chileno, comerciante, casado con separación total de bienes, domiciliado en la Serena, calle O’Higgins cuatrocientos treinta y nueve, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos veintiséis mil trescientos treinta y uno guión siete; doña MARIA ANGELICA ANDRADE LUNA, chilena, comerciante, casada con separación total de bienes, domiciliado en La Serena, calle O’Higgins cuatrocientos treinta y nueve, cédula nacional de identidad número ocho millones setecientos cuatro mil ciento veintidós guión cero; quienes constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD DE VENTAS Y COMERCIALIZACION SIELCOM GROUP II LIMITADA”, pudiendo actuar también con el nombre de fantasía “ SIELCOM LIMITADA”. OBJETO: : El objeto de giro de la sociedad será la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial la compraventa de valores, la compraventa de bienes raíces y muebles, importación y exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras y demás relacionadas de artículos electrónicos y demás rubros que los socios acuerden; servicios computacionales, educacionales, de turismo, etc.; prestación de servicios de ingeniería, eléctricos, proyectos, construcciones, asesorías y comercialización de equipos, aparatos, productos, accesorios y repuestos destinados al área eléctrica, electromecánica, metalmecánica, electrónica de radio, telefonía, comunicaciones, refrigeración, aire acondicionado, computación; compraventa, instalación, reparación y asistencia técnica por cuenta propia o ajena, de equipos radiotelefónicos y/o telefónicos, equipos y aparatos de transmisión, detección, señalización, radio y televisión, en HF,VHF y UHF; equipo e instalación de radar y satelitales; equipos y aparatos de seguridad, alarmas alámbricas e inalámbricas; equipos de baja y media tensión, equipos computacionales y redes; equipos de refrigeración y aire acondicionado, equipos y materiales eléctricos en general; equipos y maquinarias para el área alimenticia en general; aparatos, accesorios, productos y repuestos; la tramitación por cuenta propia o de terceros de solicitudes de concesión de frecuencias y cualesquier otra forma de explotación de este giro de comercio o de sus actividades que digan relación con el ramo y en general ejecutar todos los actos comerciales de este giro o de cualesquier otro que los socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que atiendan a la consecución o que relacionen con los fines sociales y cualesquiera otras actividades relacionadas o no con el giro principal y cualesquiera otro que acuerden los socios en lo futuro o determinen y decidan los representantes legales de la misma, tenga o no relación con los anteriores El objeto de giro de la sociedad será la actividad comercial en sus formas más amplias, importación y exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras y demás relacionadas que los socios acuerden; servicios computacionales, educacionales, de turismo; prestación de servicios de ingeniería, electrónicos, proyectos, construcciones, asesorías y comercialización de equipos, aparatos, productos, , accesorios y repuestos destinados al área eléctrica, electrodoméstica, metalmecánica. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que atiendan a la consecución o que relacionen con los fines sociales y cualesquiera otras actividades relacionadas o no con el giro principal y cualesquiera otro que acuerden los socios en lo futuro o determine y decidan los representantes legales de la misma, tenga o no relación con los anteriores. ADMINISTRACION: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá al ambos socios quienes podrán actuar en forma conjunta, de consuno o indistintamente en todos los actos concernientes a la sociedad, inclusive tratándose de asuntos bancarios y/o financieros, debiendo anteponer a sus firmas, la razón social que obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro y además en la celebración de todos los contratos, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social y la representarán con las amplias facultades; y sin que la enumeración sea taxativa, podrá abrir y cerrar cuentas bancarias de depósito de crédito o de ahorro y especiales, en moneda nacional o extranjera; girar y sobregirar en cuenta corriente y dar órdenes de cargos en cuenta corriente, mediante procedimientos cibernéticos y/o telegráficos, de fax, telefónicos, computacionales, multimedia u otro cualquiera; girar, depositar, endosar, cobrar, revalidar, cancelar, dar orden de no pago, hacer protestar cheques, y otros documentos a la vista, y retirarlos; retirar talonarios de cheques, solicitar, impugnar, reconocer y aprobar saldos; abrir y cerrar cuentas a la vista o a plazo y realizar depósitos y retiros o giros en las mismas; cancelar y endosar depósitos a plazo o la vista. Girar aceptar y reaceptar, suscribir, endosar en dominio, en garantía o en comisión de cobranza, renovar, revalidar, anular, cobrar, prorrogar, hacer protestar, descontar, cancelar letras de cambio, pagarés, cheques y cualquier clase de instrumentos negociables o efectos de comercio; y ejercer las acciones que a la sociedad corresponden respecto de tales documentos. Contratar toda clase de operaciones de crédito, especialmente, con bancos e instituciones financieras, banco del estado de chile, corporación de fomento de la producción u otras instituciones de crédito, nacionales o extranjeros, bajo cualquier modalidad y en especial a las que se refiere la Ley dieciocho mil diez, esto es, crédito bajo la forma de apertura de líneas de crédito, préstamos o mutuos, préstamos con letras o avances contra aceptación o contra valores, descuentos, créditos, o avances en cuenta corriente. Estos créditos pueden otorgarse o concederse, con o sin garantía, en moneda nacional o extranjera, reajustable o no; abrir en bancos, por cuenta propia o ajena, créditos simples y documentarios, revocables e irrevocables, divisibles e indivisibles, confirmados o inconfirmados; autorizar cargos en cuenta corriente, realizar toda clase de depósitos bancarios, simples o en cuenta corriente, para boletas bancarias de garantía o para cualquier otro fin; operar en forma amplia en el mercado de capitales y/o de inversiones; adquirir derechos en fondos mutuos de cualquier tipo. Cobrar y percibir, judicial y extrajudicialmente, cuanto se adeude a la sociedad y otorgar recibos, finiquitos y cancelaciones. Entregar y retirar bienes y documentos en custodia abierta o cerrada, cobranza o garantía. Arrendar cajas de seguridad, abrirlas, retirar lo que en ellas se encuentre y poner término a su arrendamiento. Realizar toda clase de operaciones de comercio exterior, exportaciones e importaciones de toda clase de bienes, abrir y modificar registros o informes de importación y anexas a los mismos y cartas explicativas, pudiendo hacer toda clase de representaciones, declaraciones y firmar todos los documentos necesarios. Retirar efectos y mercaderías de aduanas. Representar a la sociedad ante el banco central del Estado de Chile y demás bancos comerciales, en todo lo relativo a comercio exterior, con amplias e ilimitadas facultades. Firmar, entregar, negociar, retirar, cancelar y endosar conocimientos de embarque, cartas de porte o cartas guías relativas al transporte terrestre, aéreo o marítimo. Retirar toda clase de operaciones de cambios internacionales; en especial, comprar y vender, en general, enajenar divisas, al contado o a futuro, provengan del comercio exterior visible o invisible, hacer conversiones y pactar arbitrajes. Celebrar, modificar, dejar sin efecto, anular, resolver, revocar, resciliar, rescindir, prorrogar, terminar, disolver, renovar y poner término, otorgar y suscribir, por instrumento público o privado, toda clase de contratos o actos jurídicos.. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de veinte millones de pesos ($20.000.000) y que los socios lo aportan por partes iguales, es decir, la suma de diez millones cada uno, y que los aportan de la siguiente forma: A) con la suma de cuatro millones de pesos ( $4.000.000) que aporta en este acto el socio ROBERTO JOEL PARRA REYES, dinero que se ingresa en este acto a la caja social en dinero en efectivo y de contado A 1) El saldo de seis millones de pesos ($6.000.000) se pagarán en doce cuotas iguales de quinientos mil pesos ($500.000), que se ingresarán a la caja social en la medida que se generen las utilidades respectivas.- B) con la suma de cuatro millones de pesos ($4.000.000) que aporta en este acto la socia MARIA ANGELICA ANDRADE LUNA, dinero que se ingresa en este acto a la caja social en dinero en efectivo y de contado B 1) El saldo de seis millones de pesos ($6.000.000) se pagarán en doce cuotas iguales de quinientos mil pesos ($500.000), que se ingresarán a la caja social en la medida que se generen las utilidades . DURACION: 5 años contar esta fecha, prorrogables periodos iguales y sucesivos forma tácita según fórmula estipulada escritura. DOMICILIO: ciudad La Serena, calle O’Higgins cuatrocientos treinta y nueve, sin perjuicio sucursales otro lugar del país o extranjero. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- La Serena 27 de Diciembre de 2018.
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