Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad De Transportes R & P Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 abr 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-04-19Ver PDF (CVE 1384657)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: cinco años, renovable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años
Administración: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a socia PAOLA ANTONIA PINO ROCHA, con amplias facultades.

Objeto social

La ejecución de todo tipo de proyectos y negocios relacionados con el transporte, así como la ejecución misma de la actividad del transporte, tanto de carga como de personas, ya sea dentro o fuera del país, a través de vehículos propios o rentados, como asimismo la compra, venta y arriendo de todo tipo de vehículos; celebrar convenios, actos y desempeñar cualquier tipo de actividades relacionadas con el objeto social; la ejecución de toda clase de trabajos y actividades relacionadas con la manutención, reparación de vehículos y en general ejecutar los actos comerciales de su giro o de cualquier otro que los socios acuerden en el futuro, pudiendo ejecutar la totalidad de los actos y contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimientos de los fines sociales. La sociedad podrá abordar estos negocios por cuenta propia o ajena como también por intermedio de otras sociedades en las cuales participe, pudiendo tener y asumir en ellos la calidad jurídica que el socio estime conducente para el ejercicio y desarrollo de la misma.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital pagado

$3.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

REINALDO DEL CARMEN TORO TORO

Socio

50%

PAOLA ANTONIA PINO ROCHA

Socio

50%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41° Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, comuna de Santiago, certifico por escritura publica, hoy ante mi, REINALDO DEL CARMEN TORO TORO, Chileno, casado, chofer profesional, y PAOLA ANTONIA PINO ROCHA, chilena, casada, y para estos efectos separada totalmente de bienes, factor de comercio, ambos con domicilio en calle Cauquenes 6881, Comuna de Cerro Navia, Santiago, constituyen sociedad de responsabilidad limitada.- RAZON SOCIAL: "SOCIEDAD DE TRANSPORTES R & P LIMITADA", nombre de fantasía “TRANSPORTES R & P LTDA.” OBJETO; sociedad será la ejecución de todo tipo de proyectos y negocios relacionados con el transporte, así como la ejecución misma de la actividad del transporte, tanto de carga como de personas, ya sea dentro o fuera del país, a través de vehículos propios o rentados, como asimismo la compra, venta y arriendo de todo tipo de vehículos; celebrar convenios, actos y desempeñar cualquier tipo de actividades relacionadas con el objeto social; la ejecución de de toda clase de trabajos y actividades relacionadas con la manutención, reparación de vehículos y en general ejecutar los actos comerciales de su giro o de cualquier otro que los socios acuerden en el futuro, pudiendo ejecutar la totalidad de los actos y contratos mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimientos de los fines sociales, La sociedad podrá abordar estos negocios por cuenta propia o ajena como también por intermedio de otras sociedades en las cuales participe, pudiendo tener y asumir en ellos la calidad jurídica que el socio estime conducente para el ejercicio y desarrollo de la misma.- Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que puedan establecerse agencias o sucursales en otras ciudades del país.- Administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a socia PAOLA ANTONIA PINO ROCHA, amplias facultades.- CAPITAL: $3.000.000, socios aportan de la siguiente forma: a) REINALDO DEL CARMEN TORO TORO, aporta $1.500.000, al contado en dinero en efectivo, que ingresa en este acto en caja social, correspondiéndole el 50% de los haberes y derechos sociales: b) PAOLA ANTONIA PINO ROCHA, aporta $1.500.000, al contado en dinero en efectivo, ingresado en caja social, correspondiéndole el 50% de los haberes y derechos sociales. -Utilidades y pérdidas de la sociedad le corresponderán a los socios en partes iguales en conformidad a los aportes.- Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Sociedad comenzará a regir a contar de esta misma fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se entenderá renovado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, en la forma que en ella se señala.- Otras estipulaciones en escritura extractad.- Santiago, 22 de Marzo de 2018.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

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Relaciones societarias

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