Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad De Transportes Escobar Y Paredes Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 jul 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-07-06Ver PDF (CVE 1236446)

Información societaria

Ltda
Viña del Mar, Valparaíso
Duración: 3 años, contados fecha presente escritura, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se suscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará judicialmente, en forma personal o por avisos, o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediere, a los demás socios, todo con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período.
Administración: corresponderá a la socia MARGARITA DEL CARMEN ESCOBAR SALAS, facultades cláusula Quinta escritura extractada

Objeto social

El transporte en cualquiera de sus formas de todo tipo de carga y de pasajeros, mediante vehículos propios o ajenos; la compra, venta, importación y comercialización de toda clase de vehículos destinados al transporte de pasajeros y carga, sus repuestos, partes, piezas y accesorios, tanto en Chile como en el extranjero, incluyendo el leasing; la prestación de servicios a terceros y el desarrollo de todas aquellas operaciones, comerciales, industriales o financieras, que, directa o indirectamente, se relacionen con el transporte; y en general, desarrollar toda y cualquier actividad que los socios de común acuerdo determinen y que se relacionen con lo anterior. Las actividades precedentes las podrá desarrollar por cuenta propia o de terceros.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$300.000

Capital pendiente

$700.000

Socios (2)

NombreParticipación

MARGARITA DEL CARMEN ESCOBAR SALAS

Socio

95%

IGNACIA PAZ PAREDES ESCOBAR

Socio

5%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

FRANCISCO FUENZALIDA RODRIGUEZ, Notario Público de Viña del Mar, Arlegui 333, local 111. Certifica: por escritura hoy ante mí, doña MARGARITA DEL CARMEN ESCOBAR SALAS ; y doña IGNACIA PAZ PAREDES ESCOBAR, ambas domiciliadas en Nicanor Molinares número mil trescientos treinta, Belloto Norte, Quilpué; constituyen sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por las estipulaciones de este contrato, leyes número tres mil novecientos dieciocho y seis mil ciento cincuenta y seis y sus modificaciones y, supletoriamente, por las normas del Código de Comercio y Código Civil. OBJETO SOCIAL.- El objeto de la sociedad será el transporte en cualquiera de sus formas de todo tipo de carga y de pasajeros, mediante vehículos propios o ajenos; la compra, venta, importación y comercialización de toda clase de vehículos destinados al transporte de pasajeros y carga, sus repuestos, partes, piezas y accesorios, tanto en Chile como en el extranjero, incluyendo el leasing; la prestación de servicios a terceros y el desarrollo de todas aquellas operaciones, comerciales, industriales o financieras, que, directa o indirectamente, se relacionen con el transporte; y en general, desarrollar toda y cualquier actividad que los socios de común acuerdo determinen y que se relacionen con lo anterior. Las actividades precedentes las podrá desarrollar por cuenta propia o de terceros. NOMBRE o RAZON SOCIAL: será “SOCIEDAD DE TRANSPORTES ESCOBAR Y PAREDES LIMITADA” Podrá usar y funcionar indistintamente para fines comerciales y de propaganda con el nombre de fantasía de “TRANSPORTES INVICO LIMITADA”. DOMICILIO: El domicilio legal de la sociedad será la comuna de Viña del Mar. ADMINISTRACIÓN Y EL USO DE LA RAZÓN SOCIAL.- corresponderá a la socia MARGARITA DEL CARMEN ESCOBAR SALAS, facultades cláusula Quinta escritura extractada. CAPITAL: $1.000.000, aportados en la forma y proporción que a continuación se señala: a) La socia MARGARITA DEL CARMEN ESCOBAR SALAS, aporta la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, de la siguiente forma: i) con la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS al contado, en este acto y que ingresa a la caja social y ii) el saldo de SETECIENTOS MIL PESOS, los enterara a medida que las necesidades sociales lo requieran y en plazo máximo de tres años; y b) La socia IGNACIA PAZ PAREDES ESCOBAR, aporta la suma de CINCUENTA MIL PESOS, al contado en este acto y que ingresa a la caja social. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: Las socias limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. DURACION: 3 años, contados fecha presente escritura, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se suscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará judicialmente, en forma personal o por avisos, o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediere, a los demás socios, todo con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período. Otras estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, a 28 de junio de 2017.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD DE TRANSPORTES ESCOBAR Y PAREDES LIMITADA

    CVE 1236446

Relaciones societarias

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