Sociedad De Servicios Gastronomicos Obando Y Raygada Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
a) la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurantes, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimientos públicos en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o de terceros, y en general todo lo que esté relacionado con estas actividades; b) la producción, elaboración, facción por terceros, envasados al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales de alimentos y bebidas; c) la compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, farináceos y productos industriales no naturales; productos cárneos, leche, queso, huevos, yogurt, quesillos y otros lácteos, productos líquidos helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, jarabes o líquidos listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; d) importar, exportar, comprar, vender, distribuir toda clase de productos agrícolas, productos del mar, mercaderías, maquinarias, insumos y derivados, asi como todo tipo de alimentos; e) la representación de marcas y obtención de franquicias y su cesión correspondiente; f) en general, desarrollar toda y cualquier actividad que acuerden los socios, sea o no relacionada con lo anterior.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital pagado
$5.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 23.xxx.xxx-8 | 23.xxx.xxx-8 | 50% | $2.500.000 |
Socio 25.xxx.xxx-3 | 25.xxx.xxx-3 | 50% | $2.500.000 |
Administradores (2)
Texto oficial del extracto
FRANCISCO R. BRAIN BRAIN, Notario Público Interino de la Segunda Notaria Viña del Mar, Arlegui 333, local 111, Certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, JULIO CESAR OBANDO MORA, colombiano, soltero, Factor de Comercio, cédula de identidad para extranjeros número veintitrés millones quinientos sesenta mil quinientos setenta guion ocho, domiciliado en calle Ecuador numero doscientos ochenta, Viña del Mar y don ERICK RAYGADA BAILLY, peruano, soltero, factor de comercio, cédula de identidad para extranjeros numero veinticinco millones ciento diez mil treinta y siete guion tres, domiciliado en calle Ecuador numero doscientos ochenta, Viña del Mar, constituyen sociedad de responsabilidad limitada; OBJETO: a) la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurantes, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimientos públicos en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o de terceros, y en general todo lo que esté relacionado con estas actividades; b) la producción, elaboración, facción por terceros, envasados al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales de alimentos y bebidas; c) la compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, farináceos y productos industriales no naturales; productos cárneos, leche, queso, huevos, yogurt, quesillos y otros lácteos, productos líquidos helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, jarabes o líquidos listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; d) importar, exportar, comprar, vender, distribuir toda clase de productos agrícolas, productos del mar, mercaderías, maquinarias, insumos y derivados, asi como todo tipo de alimentos; e) la representación de marcas y obtención de franquicias y su cesión correspondiente; f) en general, desarrollar toda y cualquier actividad que acuerden los socios, sea o no relacionada con lo anterior. RAZÓN SOCIAL: La Sociedad girará bajo la razón social de “SOCIEDAD DE SERVICIOS GASTRONOMICOS OBANDO Y RAYGADA LIMITADA”. Podrá usar y funcionar indistintamente para fines comerciales y de propaganda con el nombre de fantasía de “LIMA 51 LTDA.”, el que servirá de suficiente individualización para toda clase de actos y contratos, para ante toda clase de autoridades, especialmente en materias tributarias, municipales, fiscales, sanitarias contractuales y, en general, para todos los efectos legales que sean del caso. DOMICILIO : La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Viña del Mar, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La Administración, representación y uso de la razón social corresponderá, indistintamente en forma conjunta o separada a los socios JULIO CESAR OBANDO MORA y ERICK RAYGADA BAILLY, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades señaladas en clausula Quinta escritura extractada CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que se aporta por los socios por iguales partes, esto es, DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS cada uno, al contado, en este acto, capital que ingresa a la caja social. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura, y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se suscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará judicialmente, en forma personal o por avisos, o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediere, a los demás socios, todo con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 9 de diciembre 2016.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE SERVICIOS GASTRONOMICOS OBANDO Y RAYGADA LIMITADA
CVE 1153657
