Sociedad De Servicios De Transportes Cruz Y Alvear Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
Transporte de carga por carretera y cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal
資本
總資本
$20.000.000
實繳資本
$4.000.000
待繳資本
$16.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 16.xxx.xxx-8 | 16.xxx.xxx-8 | 50% | $1.800.000 |
VALESKA NATALIA ALVEAR SANTELICES Socio 12.xxx.xxx-3 | 12.xxx.xxx-3 | 50% | $18.200.000 |
管理人(1)
VALESKA NATALIA ALVEAR SANTELICES
摘要官方正文
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO, NOTARIO PUBLICO TITULAR DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ANGELES, y su territorio jurisdiccional, con oficio ubicado en calle Caupolicán N° 355, de esta ciudad, certifica, Por escritura de fecha 30 de octubre de 2019 Rep. N° 5211-2019, don JAVIER ANDRES CRUZ FILLA, chileno, cédula de identidad número dieciséis millones seiscientos cincuenta mil ochocientos cuarenta y dos guion ocho, técnico agrícola a nivel superior y doña VALESKA NATALIA ALVEAR SANTELICES, chilena, cédula de identidad número doce millones novecientos sesenta y cinco mil ochocientos diecinueve guion tres, educadora de párvulos, los comparecientes casados entre sí y separados totalmente de bienes según se acreditará, domiciliados en calle Coblenza número dos mil quinientos treinta y ocho, parque El Encino, de la comuna de Los Ángeles; PRIMERO: Del nombre y razón social.- Será “Será “SOCIEDAD DE SERVICIOS DE TRANSPORTES CRUZ Y ALVEAR LIMITADA”. Sin embargo la sociedad y/o los socios podrá funcionar ante todo organismo o autoridad e incluso ante los Bancos y con capacidad para obligarla, bajo el nombre de Fantasía de “SOCIEDAD TRANSPORTES SANTA FLORENCIA LTDA”.- SEGUNDO: Del objeto social.- Será: A) Transporte de carga por carretera y; B) Cualquier otra que los socios acordaren y qué esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.-TERCERO: Del domicilio social.- Será la comuna de Los Ángeles, Región del Bio-Bìo, sin perjuicio de abrir sucursales en cualquier lugar del país o en el extranjero.- CUARTO: De la Administración y uso de la razón social: Corresponderá única y exclusivamente al socio doña VALESKA NATALIA ALVEAR SANTELICES, quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará y representará con las más amplias facultades de administración, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos.- QUINTO: Del capital.: Del capital: El Capital social asciende a la suma de veinte millones de pesos, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: UNO) El socio don JAVIER ANDRES CRUZ FILLA, con la suma de un millón ochocientos mil pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de un millón ochocientos mil pesos, que entera en este acto en aporte de su cincuenta por ciento que le corresponde en el CAMIÓN; inscripción: PN PUNTO UNO SEIS CINCO NUEVE GUION K, año: MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE; marca; FREIGHTLINER; modelo FL ochenta, número motor: Sin Número, número chasis: UNO FVXJLBB CINO V UNO SEIS DOS CUATRO CERO SIETE CUATRO, color: BLANCO, combustible no informado.- DOS) La socia doña VALESKA NATALIA ALVEAR SANTELICES con la suma de dieciocho millones doscientos mil pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de dos millones doscientos mil pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, en aporte de su cincuenta por ciento que le corresponde en el CAMIÓN; inscripción: PN PUNTO UNO SEIS CINCO NUEVE GUION K, año: MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE; marca; FREIGHTLINER; modelo FL ochenta, número motor: Sin Número, número chasis: UNO FVXJLBB CINO V UNO SEIS DOS CUATRO CERO SIETE CUATRO, color: BLANCO, combustible no informado; y b) con la suma de dieciséis millones de pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran dentro del plazo de cinco años.- El socio podrá cumplir su obligación de enterar el aporte a que se ha comprometido, mediante el pago de dinero o aporte en domino o usufructo de toda clase de bienes muebles o raíces corporales o incorporales como también capitalizando utilidades que le correspondan en la sociedad.- SEXTO: De las utilidades y pérdidas.- Se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes.- SÉPTIMO: Del plazo y renovación automática.- La sociedad se pacta por un plazo de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de diez años, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de un año al vencimiento del período respectivo o de la prórroga que estuviera vigente.- OCTAVO: De la responsabilidad.- Los socios declaran que su responsabilidad personal en las deudas sociales quedan limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. Los Angeles 05 de noviembre de 2019.
最近登記事項
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE SERVICIOS DE TRANSPORTES CRUZ Y ALVEAR LIMITADA
CVE 1678376
