Sociedad De Profesionales Torres Crispi Abogados Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
a) Prestar servicios profesionales de abogados por cuenta propia, ajena o de terceros; b) Prestar servicios profesionales en materia legal; c) Prestar servicios profesionales de asesoría jurídica o consultoría legal; d) Representar judicial o extrajudicialmente a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, organismos públicos o privados y todo tipo de entidades con o sin fines de lucro; e) Realizar docencia, asesoría, seminarios o capacitaciones profesionales en materias legales, judiciales, laborales, ambientales, civiles, comerciales o tributarias; h) Prestar o recibir servicios de capacitación o enseñanza en materia legal; i) Desarrollar de cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con los servicios profesionales en materia legal; j) Prestar servicios legales en materia de mediación laboral, familia, salud, educación y en todo tema legal; k) Prestar servicios de elaboración de actos, contratos e investigación legal, informe en derecho, y, en general el asesoramiento, orientación o consultoría en el campo del derecho.
Capital
Capital total
$100.000
Capital pagado
$100.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
LILIAN DEL PILAR NAVARRETE CRISPI Socio | - | 50% | $50.000 |
RODRIGO ALEJANDRO TORRES NEIRA Socio | - | 50% | $50.000 |
Administradores (1)
LILIAN DEL PILAR NAVARRETE CRISPI
Texto oficial del extracto
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy, otorgada ante mi, Repertorio N°3586/2023; LILIAN DEL PILAR NAVARRETE CRISPI, y RODRIGO ALEJANDRO TORRES NEIRA, ambos domiciliados en calle Curicó 160, comuna de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las normas contenidas en la ley 3918 y sus modificaciones, por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio y del Código Civil y, en especial, por las estipulaciones que se consignan en el estatuto. Nombre: Razón social SOCIEDAD DE PROFESIONALES TORRES CRISPI ABOGADOS LIMITADA, pudiendo actuar inclusive ante bancos e instituciones financieras con el nombre de fantasía de LEGALEX ABOGADOS LTDA. Capital: es la suma de $100.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: A.- LILIAN DEL PILAR NAVARRETE CRISPI, aporta y entera en este acto la suma de $50.000 al contado y en dinero efectivo y que han ingresado en arcas sociales, representa un 50% del capital social.-B.- RODRIGO ALEJANDRO TORRES NEIRA, aporta y entera en este acto la suma de $50.000 al contado y en dinero en efectivo, han ingresado en arcas sociales, lo cual representa un 50% del capital social. De este modo, el capital social se encuentra debidamente aportado y enterado.- Objeto: a) Prestar servicios profesionales de abogados por cuenta propia, ajena o de terceros; b) Prestar servicios profesionales en materia legal; c) Prestar servicios profesionales de asesoría jurídica o consultoría legal; d) Representar judicial o extrajudicialmente a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, organismos públicos o privados y todo tipo de entidades con o sin fines de lucro; e) Realizar docencia, asesoría, seminarios o capacitaciones profesionales en materias legales, judiciales, laborales, ambientales, civiles, comerciales o tributarias; h) Prestar o recibir servicios de capacitación o enseñanza en materia legal; i) Desarrollar de cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con los servicios profesionales en materia legal; j) Prestar servicios legales en materia de mediación laboral, familia, salud, educación y en todo tema legal; k) Prestar servicios de elaboración de actos, contratos e investigación legal, informe en derecho, y, en general el asesoramiento, orientación o consultoría en el campo del derecho.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas, representaciones o sucursales que pueda establecer en otras ciudades del territorio nacional o en el extranjero.- Duración: La duración de la sociedad será indefinida, si uno o más de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la sociedad, deberá comunicarlo a los otros socios por cualquier medio por al menos con noventa días de anticipación al cese efectivo. Administración, representación y uso de la razón social será ejercida por LILIAN DEL PILAR NAVARRETE CRISPI. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de Marzo de 2023.-
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE PROFESIONALES TORRES CRISPI ABOGADOS LIMITADA
CVE 2286697
