Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad De Profesionales Serrano Y Castillo Ltda.

CONSTITUCIÓN — 3 oct 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-10-03Ver PDF (CVE 1471947)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años
Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don JOSÉ IGNACIO SERRANO CRUZ y JAVIERA FERNANDA CASTILLO VIDELA indistintamente, quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública.

Objeto social

La prestación de todo tipo de servicios médicos y podrá además realizar cualquier otra actividad, principalmente, la adquisición de instrumental, equipos médicos y la prestación de todo tipo de servicios, asesorías y consultorías técnicas.

Capital

Capital total

$2.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

JOSÉ IGNACIO SERRANO CRUZ

Socio

16.xxx.xxx-4

50%

JAVIERA FERNANDA CASTILLO VIDELA

Socio

17.xxx.xxx-8

50%

Administradores (2)

JOSÉ IGNACIO SERRANO CRUZ

16.xxx.xxx-4Administrador

JAVIERA FERNANDA CASTILLO VIDELA

17.xxx.xxx-8Administrador

Texto oficial del extracto

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público Titular de la 19 Notaría de Santiago, con oficio en Bandera 341 oficina 352, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Agosto de 2018, bajo el Repertorio Nº 27.095, otorgada ante el Notario Suplente de este oficio don CESAR RICARDO SANCHEZ GARCIA, comparece: Don JOSÉ IGNACIO SERRANO CRUZ, chileno, casado bajo régimen de separación total de bienes, médico cirujano C.N.I 16.366.811-4 domiciliado calle José Domingo Cañas 2465, Depto. 411, comuna de Ñuñoa y doña JAVIERA FERNANDA CASTILLO VIDELA, cédula de identidad número 17.175.482-8, casada bajo régimen de separación total de bienes, de profesión Ingeniera Comercial, ambos domiciliados en calle José Domingo Cañas 2465, Depto. 411, comuna de Ñuñoa; ambos mayores de edad, quienes acredita sus identidad que vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada RAZON SOCIAL: La razón social será “SOCIEDAD DE PROFESIONALES SERRANO Y CASTILLO LTDA”, pudiendo utilizar para todos los efectos legales y comerciales el nombre de fantasía “PROSERCAS LTDA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: La sociedad tiene por objeto será la prestación de todo tipo de servicios médicos y podrá además realizar cualquier otra actividad, principalmente, la adquisición de instrumental, equipos médicos y la prestación de todo tipo de servicios, asesorías y consultorías técnicas. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos que las socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: Don José Ignacio Serrano Cruz aportará la suma de un millón de pesos equivalentes a un cincuenta por ciento del capital de la sociedad que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo , a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; Doña Javiera Fernanda Castillo Videla aportará la suma de un millón de pesos equivalente a un cincuenta por ciento del capital de la sociedad, el cual que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo , a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. ADMINISTRACION: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don JOSÉ IGNACIO SERRANO CRUZ y JAVIERA FERNADA CASTILLO VIDELA indistintamente quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. El socio administrador, actuando en forma individual y separada, ya sea por sí o por medio de los apoderados que designen al efecto de conformidad con la presente cláusula, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. DURACION: La duración de la sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales y oficinas que pueda abrir y operar en el resto del país y en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 27 de Septiembre de 2018. PEDRO R. REVECO H.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

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Relaciones societarias

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